Qué propone
La medida propone el Artículo 1198 del Código Civil de Puerto Rico para aclarar que la prescripción (el plazo para presentar una reclamación legal) se suspende automáticamente para las personas menores de edad no emancipadas y para aquellas declaradas judicialmente incapacitadas, sin importar si tienen o no representantes legales o la diligencia de estos. También un artículo obsoleto del Código de Enjuiciamiento Civil de 1933. Esto afecta directamente a menores de edad, personas incapacitadas y sus representantes legales, así como a posibles litigantes.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
La medida, Proyecto del Senado 1366, fue el 29 de junio de 2026 y apareció en Primera Lectura del Senado el 30 de junio de 2026, siendo referida a comisión(es) ese mismo día.
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Última acción · 30 de junio de 2026
Referido a Comisión(es)
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Para enmendar el Artículo 1198 de la Ley 55-2020, según enmendada, conocida como “Código Civil de Puerto Rico” de 2020; para aclarar su proposito y establecer indubitadamente que la prescripción quede suspendida respecto de las personas incapacitadas mientras dure su estado de incapacitación y respecto de las personas menores de edad no emancipadas; y para otros fines relacionados.
Esta medida enmienda el Artículo 1198 de la Ley 55-2020, el Código Civil de Puerto Rico. Su propósito es aclarar y establecer de forma inequívoca que el plazo para presentar acciones legales (la prescripción) se suspende automáticamente para personas que se encuentren incapacitadas legalmente mientras dure dicha condición. También se suspende para menores de edad no emancipados mientras sean menores.
Para enmendar el inciso (a) del Artículo 1198 de la Ley 55-2020, según enmendada, conocida como "Código Civil de Puerto Rico", a los fines de aclarar que la prescripción queda suspendida respecto de las personas incapacitadas mientras dure su estado de incapacitación y respecto de las personas menores de edad no emancipadas; y para otros fines relacionados.
Esta medida enmienda el Artículo 1198(a) del Código Civil de Puerto Rico (Ley 55-2020). Su propósito es aclarar que el plazo de prescripción para presentar reclamaciones legales se suspende automáticamente para personas menores de edad no emancipadas y para personas declaradas incapacitadas, mientras dure su estado de minoría o incapacidad. Esto asegura que no pierdan sus derechos por no poder actuar o por la inacción de sus representantes legales.
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