Qué propone
Esta medida los Artículos 2.097 y 2.098 de la Ley Núm. 107-2020 (Código Municipal de Puerto Rico) para establecer un proceso escalonado de evaluación presupuestaria municipal. Requiere la presentación de información presupuestaria preliminar a la Oficina de Gerencia Municipal (OGM) antes de la radicación formal del presupuesto, y armoniza los plazos para su examen y recomendación. Afecta directamente a los municipios, sus alcaldes, legislaturas municipales y a la Oficina de Gerencia Municipal adscrita a la Oficina de Gerencia y Presupuesto.
Pros
Contras
Intereses en juego
📜 Perspectiva histórica
. Esta medida se enmarca en la evolución del Código Municipal de Puerto Rico (Ley 107-2020), que buscó consolidar la autonomía de los municipios. La medida busca fortalecer la transparencia fiscal y la sana administración pública en los municipios, lo que se relaciona con los desafíos históricos de estabilidad financiera y la necesidad de una fiscalización efectiva, especialmente tras la eliminación del Fondo de Equiparación y los retos del .
En qué va
La medida, P. del S. 1377, fue el 30 de junio de 2026 por la senadora Soto Aguilú y se encuentra en trámite legislativo.
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Última acción · 30 de junio de 2026
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