Para crear la "Comisión Conjunta sobre Asuntos de Microempresas, Pequeños y Medianos Empresarios de Puerto Rico"; disponer sobre su organización y composición; proveer para su funcionamiento y el desempeño de sus poderes y deberes; y para otros fines relacionados.
Qué propone
La medida proponía crear una Comisión Conjunta permanente de la Asamblea Legislativa para estudiar y recomendar acciones sobre asuntos de microempresas, pequeños y medianos empresarios (PYMES). La Comisión estaría compuesta por doce legisladores (seis del Senado y seis de la Cámara), nombrados por sus respectivos presidentes, y tendría la facultad de celebrar audiencias, solicitar información de agencias públicas y emitir informes anuales con recomendaciones legislativas. Definía microempresa (ingreso < $500,000, <= 7 empleados), pequeño empresario (ingreso < $3M, <= 25 empleados) y mediano empresario (ingreso < $10M, <= 50 empleados).
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
Esta medida se inscribe en la larga historia de Puerto Rico de buscar desarrollo económico a través de incentivos y políticas dirigidas, desde "Manos a la Obra" y la Sección 936, hasta las Leyes 20/22 (ahora Ley 60). La creación de una comisión para PYMES refleja un esfuerzo continuo por estimular la economía, aunque enfocándose en el empresariado local en contraste con los modelos anteriores que priorizaron la atracción de capital externo.
En qué va
La medida, P. del S. 177, fue el 8 de enero de 2025 y pasó su primera lectura en el Senado el 16 de enero de 2025, siendo referida a comisión. Fue por su autor el 9 de junio de 2026.
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Última acción · 9 de junio de 2026
por su Autor
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“Para crear la “Ley de Incentivos para el Comercio Comunitario y de Proximidad de Puerto Rico”, a los fines de establecer mecanismos de apoyo económico, contributivo y técnico a microempresas y pequeños negocios ubicados en zonas residenciales o comunidades con baja densidad comercial; disponer sobre criterios de elegibilidad, modalidades de incentivos y fiscalización; y para otros fines relacionados.”
La medida PS 576 proponía crear la 'Ley de Incentivos para el Comercio Comunitario y de Proximidad de Puerto Rico'. Establecería un programa adscrito al Departamento de Desarrollo Económico y Comercio (DDEC) para ofrecer apoyo económico, contributivo y técnico a microempresas y pequeños negocios en zonas residenciales o de baja densidad comercial. Los incentivos incluían exención contributiva sobre ingreso neto, subsidio para renta/hipoteca, y asignaciones para acondicionamiento de estructuras, dirigidos a negocios locales con clientela mayormente comunitaria y que no fueran parte de cadenas.
Para enmendar inciso (r) del Articulo 3 de la Ley Nnm. 22 de 24 de julio de 1985, según enmendada, conocida como "Ley del Banco de Desarrollo Económico para Puerto Rico", a los fines de ampliar y fortalecer los servicios brindados por la antes mencionada institución financiera a los microempresarios, y a los pequeños y medianos comerciantes, mediante el denominado "Programa de Orientación y Capacitación"; derogar el Articulo 2, y reenumerar el Articulo 3, como 2, en la Ley 57 -2015; hacer correcciones tecnicas en la Ley 22, antes citada; y para otros fines relacionados.
Enmienda el inciso (r) del Artículo 3 de la Ley 22-1985 para ampliar el Programa de Orientación y Capacitación existente a microempresarios y a pequeños y medianos comerciantes que soliciten financiamiento, desde antes de radicar la solicitud hasta la evaluación y el cierre. Define las PYMES como negocios con un volumen promedio de $3 millones o menos durante los tres años contributivos anteriores, contando grupos controlados y entidades relacionadas; las microempresas serían PYMES con ingreso bruto anual menor de $500,000 y siete empleados o menos. Hace obligatorio que el Banco ofrezca cursos sobre estudios y planes de mercadeo, viabilidad, planes de negocio y propuestas de financiamiento; permite acuerdos con entidades públicas y contratar especialistas, y recuperar de los solicitantes los costos exactos incurridos. Suprime la autorización expresa para ayudar con licencias, permisos y certificaciones, y deroga el Artículo 2 de la Ley 57-2015, que fijaba un término de 60 días para reglamentar; la nueva disposición exige reglamentación, pero permite aplicar el programa de inmediato aunque todavía no exista.
Para ordenar a la Comisión de Pequeños y Medianos Negocios de la Cámara de Representantes de Puerto Rico a realizar una investigación sobre todo asunto relacionado con programas, planes y proyectos estratégicos afines con el desarrollo y promoción económica y financiera de los pequeños y medianos negocios; la promoción y progreso de los pequeños y medianos comercios, incluyendo procurar la asistencia técnica y adiestramiento; el intercambio comercial de los pequeños y medianos negocios; el mercadeo local y su competencia; los incentivos y financiamiento de los pequeños y medianos negocios; la prioridades comerciales e industriales, cónsonos con el desarrollo mercantil; el intercambio y competencia comercial local de los pequeños y medianos negocios, interestatal o con otras jurisdicciones fuera de Estados Unidos.
Esta Resolución de la Cámara (RC 96) ordena a la Comisión de Pequeños y Medianos Negocios de la Cámara de Representantes a realizar una investigación exhaustiva sobre diversos aspectos del desarrollo económico y financiero de estos negocios. Incluye la promoción, asistencia técnica, financiamiento, mercadeo y competencia, tanto a nivel local como interestatal y con otras jurisdicciones. La Comisión tiene facultades para citar personas y entidades, solicitar documentos e información, y debe presentar informes parciales y uno final antes de que concluya la Vigésima Asamblea Legislativa (2025-2028). Afecta directamente a la Comisión y a las entidades o personas que sean objeto de la investigación, con el fin último de beneficiar a los pequeños y medianos negocios.
Para crear la “Ley para Apoyar Pequeños y Medianos Empresarios en Industrias Artísticas y Creativas” para promover el empresarismo y el crecimiento de las pequeñas y medianas empresas (PYMES) en las industrias creativas en Puerto Rico, crear un programa de apoyo para su desarrollo, establecer incentivos contributivos y financieros; y para otros fines relacionados.
La medida propone crear la Ley para Apoyar Pequeños y Medianos Empresarios en Industrias Artísticas y Creativas, estableciendo el Programa Impulso Creativo adscrito al Departamento de Desarrollo Económico y Comercio (DDEC). Este programa busca fomentar el crecimiento de PYMES creativas mediante incentivos contributivos (exenciones parciales de IVU, créditos por empleo, reducción de tasas de exportación), financiamiento accesible a través de un Fondo de Desarrollo (microcréditos, subvenciones, préstamos para innovación), y asistencia técnica y de propiedad intelectual. Afecta directamente a pequeños y medianos empresarios en sectores como diseño, audiovisual, música, moda, arquitectura, software, entre otros.
“Para establecer la “Ley Habilitadora del Fondo de Inversión para el Empresarismo Comunitario y Cooperativo, establecer la composición de su junta, establecer los principios de su operación y sustentabilidad y para otros fines.”
Establecer la "Ley Habilitadora del Fondo de Inversión para el Empresarismo Comunitario y Cooperativo". Crearía un nuevo fondo, definiría su junta, principios de operación y sustentabilidad. Se financiaría mediante un ajuste en la distribución del reembolso del arbitrio federal sobre el ron, proponiendo destinar un 11% de dicho reembolso anual. Afectaría directamente a organizaciones comunitarias y cooperativas que buscan financiamiento, y potencialmente al programa de subsidios para la industria del ron.
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