Qué propone
El Proyecto del Senado 541 buscaba el Código de Incentivos de Puerto Rico (Ley 60-2019) para incluir explícitamente el turismo médico y la exportación de servicios de salud como actividades elegibles para recibir incentivos económicos. Esto permitiría que proveedores de salud accedieran a , créditos fiscales y otros beneficios, afectando a hospitales, clínicas, médicos y otros profesionales de la salud que busquen operar bajo este marco.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
Esta medida se inscribe en la larga historia de Puerto Rico de usar incentivos contributivos para atraer inversión y desarrollo económico, un modelo que se remonta a "Manos a la Obra" y la Sección 936, y que continúa con las Leyes 20/22, ahora consolidadas en la Ley 60. El debate histórico sobre estos incentivos, incluyendo si benefician a la población local o si exacerban la desigualdad, es relevante para entender la propuesta de expandir la Ley 60 al turismo médico.
En qué va
El Proyecto del Senado 541 fue presentado y referido a comisiones en el Senado de Puerto Rico en abril de 2025. En octubre de 2025, las Comisiones de Desarrollo Económico y de Salud emitieron un conjunto, no recomendando su aprobación.
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Última acción · 22 de octubre de 2025
Comisión no recomienda aprobación de la medida
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para crear la “Ley de Incentivos para Profesionales de la Salud en el Turismo Médico de Puerto Rico”; a los fines de establecer un programa de beneficios fiscales y económicos dirigidos a médicos, dentistas, especialistas y demás profesionales licenciados que presten servicios a pacientes internacionales en el marco del turismo médico; disponer los requisitos de elegibilidad; delegar funciones de fiscalización a la Compañía de Turismo, el Departamento de Salud y el Departamento de Hacienda; y para otros fines relacionados.
La medida PS 539 buscaba crear la Ley de Incentivos para Profesionales de la Salud en el Turismo Médico de Puerto Rico. Establecía un programa de beneficios fiscales y económicos (créditos, deducciones, exenciones de IVU) para médicos, dentistas y otros profesionales licenciados que presten servicios a pacientes internacionales. Delegaba la fiscalización y certificación a la Compañía de Turismo, el Departamento de Salud y el Departamento de Hacienda.
Para crear la “Ley para la Coordinación Interagencial del Turismo Médico en Puerto Rico”; a los fines de establecer un marco formal de colaboración entre la Compañía de Turismo, el Departamento de Salud, el Departamento de Desarrollo Económico y Comercio, y otras agencias pertinentes para la promoción, fiscalización, recopilación de datos y capacitación relacionada con el turismo médico; disponer la creación de un Consejo Interagencial de Turismo Médico; y para otros fines relacionados.
La medida propone crear la Ley para la Coordinación Interagencial del Turismo Médico en Puerto Rico. Establece un marco formal de colaboración entre la Compañía de Turismo, Departamento de Salud, Departamento de Desarrollo Económico y Comercio, y otras agencias. Crea un Consejo Interagencial de Turismo Médico adscrito a la Compañía de Turismo, con funciones de diseño de un Plan Estratégico, recopilación de estadísticas, promoción internacional, y recomendaciones legislativas. El Consejo estará compuesto por directores de agencias clave y representantes del sector privado y académico, y rendirá informes anuales a la Asamblea Legislativa.
Para enmendar la Sección 2032.01 del Capítulo 2 de la Ley Núm. 60-2019, conocida como el "Código de Incentivos de Puerto Rico", según enmendada, a los fines de añadir un nuevo inciso (f) que cree el Programa de Clusters Médicos como actividad elegible para incentivos; establecer exenciones de hasta el 100% en arbitrios de construcción para proyectos de clusters médicos que incluyan al menos tres consultorios especializados; condicionar dichas exenciones al intercambio estatutario de contratar al menos el 70% de mano de obra local por un término definido de cinco años; requerir fiscalización estricta por el Departamento de Desarrollo Económico y Comercio (DDEC); promover la descentralización de servicios médicos especializados alrededor de la isla; y para otros fines relacionados.
El Proyecto del Senado 940 buscaba enmendar la Sección 2032.01 del Código de Incentivos de Puerto Rico para crear el Programa de Clusters Médicos. Proponía exenciones de hasta el 100% en arbitrios de construcción para proyectos con al menos tres consultorios especializados, condicionadas a contratar un 70% de mano de obra local por cinco años. El objetivo era promover la descentralización de servicios médicos especializados y afectar principalmente a municipios y al sector de la construcción y salud.
Para enmendar la Sección 2032.01 del Capítulo 2 de la Ley Núm. 60 de 1 de julio de 2019, conocida como el "Código de Incentivos de Puerto Rico", según enmendada, a los fines de añadir un nuevo inciso (h) que permita exenciones en patentes municipales para consultorios o clusters médicos especializados; condicionar dichas exenciones al intercambio de ofrecer servicios comunitarios gratuitos o de bajo costo mensuales y contratar mano de obra local; promover la descentralización de servicios médicos alrededor de la isla; requerir coordinación con municipios y fiscalización por el Departamento de Desarrollo Económico y Comercio (DDEC); y para otros fines relacionados.
La medida propone enmendar el Código de Incentivos de Puerto Rico (Ley 60-2019) para crear una nueva exención en patentes municipales para consultorios o 'clusters' médicos especializados (con al menos tres especialidades). Esta exención, que podría durar hasta 10 años, estaría condicionada a que los establecimientos ofrezcan servicios comunitarios gratuitos o de bajo costo mensualmente y contraten al menos el 70% de mano de obra local. Busca promover la descentralización de servicios médicos, mejorar el acceso a la salud en áreas subdesarrolladas y fomentar la contratación local, requiriendo coordinación entre municipios y fiscalización por el Departamento de Desarrollo Económico y Comercio (DDEC).
“Para enmendar la Ley 60-2019, conocida como el “Código de Incentivos de Puerto Rico”, a los fines de reactivar y extender la elegibilidad del decreto contributivo aplicable a la clase médica ya practicante en Puerto Rico y para otros fines relacionados.”
El Proyecto del Senado 849 buscaba enmendar la Ley 60-2019 (Código de Incentivos de Puerto Rico) para reactivar y extender la elegibilidad de un decreto contributivo especial (tasa del 4%) a médicos que ya ejercen en Puerto Rico. La medida pretendía corregir una exclusión percibida en la ley actual, que se enfoca más en atraer médicos del extranjero, y así incentivar la retención del talento médico local y fortalecer el sistema de salud. El cambio afectaría directamente a los médicos practicantes en la isla y, de forma indirecta, al sistema de salud y a los pacientes.
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