Para crear la “Ley de Incentivos para Profesionales de la Salud en el Turismo Médico de Puerto Rico”; a los fines de establecer un programa de beneficios fiscales y económicos dirigidos a médicos, dentistas, especialistas y demás profesionales licenciados que presten servicios a pacientes internacionales en el marco del turismo médico; disponer los requisitos de elegibilidad; delegar funciones de fiscalización a la Compañía de Turismo, el Departamento de Salud y el Departamento de Hacienda; y para otros fines relacionados.
Qué propone
La medida PS 539 buscaba crear la Ley de Incentivos para Profesionales de la Salud en el Turismo Médico de Puerto Rico. Establecía un programa de beneficios fiscales y económicos (créditos, deducciones, de IVU) para médicos, dentistas y otros profesionales licenciados que presten servicios a pacientes internacionales. Delegaba la fiscalización y certificación a la Compañía de Turismo, el Departamento de Salud y el Departamento de Hacienda.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
La medida se enmarca en los esfuerzos históricos por diversificar la oferta turística de Puerto Rico, específicamente en el nicho del turismo médico. Este sector, aunque reconocido como una oportunidad, ha enfrentado el reto de la retención de profesionales de la salud, lo que la medida busca mitigar mediante incentivos fiscales.
En qué va
La medida P. del S. 539, titulada 'Ley de Incentivos para Profesionales de la Salud en el Turismo Médico de Puerto Rico', fue el 10 de abril de 2025 y referida a comisión en el Senado. Fue , ya que la comisión no recomendó su aprobación el 3 de octubre de 2025.
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Última acción · 3 de octubre de 2025
Comisión no recomienda aprobación de la medida
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para enmendar la Ley Núm. 60-2019, según enmendada, conocida como “Código de Incentivos de Puerto Rico”, a los fines de incluir el turismo médico y la exportación de servicios de salud como actividades elegibles bajo los programas de incentivos económicos; establecer definiciones aplicables; y para otros fines relacionados.
La medida propone enmendar la Ley 60-2019 (Código de Incentivos de Puerto Rico) para incluir el turismo médico y la exportación de servicios de salud como actividades elegibles para recibir incentivos económicos. Esto permitiría a proveedores de salud (hospitales, clínicas, telemedicina, etc.) acceder a exenciones contributivas y créditos fiscales, y establece definiciones para estos términos.
Para crear la “Ley para la Coordinación Interagencial del Turismo Médico en Puerto Rico”; a los fines de establecer un marco formal de colaboración entre la Compañía de Turismo, el Departamento de Salud, el Departamento de Desarrollo Económico y Comercio, y otras agencias pertinentes para la promoción, fiscalización, recopilación de datos y capacitación relacionada con el turismo médico; disponer la creación de un Consejo Interagencial de Turismo Médico; y para otros fines relacionados.
La medida propone crear la "Ley para la Coordinación Interagencial del Turismo Médico en Puerto Rico". Establece un marco formal de colaboración entre la Compañía de Turismo, Salud, Desarrollo Económico y Comercio, y otras agencias, para la promoción, fiscalización, recopilación de datos y capacitación del turismo médico. Crea un Consejo Interagencial de Turismo Médico adscrito a la Compañía de Turismo, con funciones de diseño de un Plan Estratégico, coordinación de estadísticas, protocolos de promoción, recomendaciones legislativas y de calidad, y fomento de alianzas académicas. El Consejo estará compuesto por directores de agencias clave, representantes de la UPR y tres del sector privado designados por el Gobernador.
Para crear la “Ley Para Incentivar a los Profesionales de Salud en Puerto Rico”; establecer definiciones; exenciones; adoptar reglamentación; y para otros fines.
Crear la Ley Para Incentivar a los Profesionales de Salud en Puerto Rico, estableciendo definiciones y otorgando exenciones contributivas para detener la fuga de talento y atraer profesionales de la salud a la isla. Busca también fomentar el turismo médico mediante estos incentivos.
“Para crear la “Ley de Incentivos para Profesionales de la Salud en Zonas de Escasez Crítica”, a los fines de establecer un programa especial de exención contributiva, subsidio de vivienda y reembolso de préstamos estudiantiles para médicos, psicólogos, enfermeros y otros profesionales de la salud que ejercen en municipios designados por el Departamento de Salud como zonas de escasez crítica de servicios médicos; y para otros fines relacionados.”
La medida PS 575 proponía crear la "Ley de Incentivos para Profesionales de la Salud en Zonas de Escasez Crítica" para establecer un programa de incentivos dirigido a médicos, psicólogos, enfermeros y otros profesionales de la salud que ejerzan en municipios designados como zonas de escasez crítica. Los incentivos incluían exención contributiva sobre ingresos netos hasta $85,000 anuales por 5 años, reembolso de préstamos estudiantiles hasta $100,000, subsidio mensual de vivienda de hasta $600 por 36 meses, y trámite expedito para permisos y licencias. El programa estaría adscrito al Departamento de Salud y requeriría un compromiso contractual de al menos 32 horas semanales de práctica clínica.
“Para establecer la “Ley para el Fomento del Turismo Científico y Académico en Puerto Rico”; crear el Programa de Promoción de Intercambios, Conferencias y Turismo de Investigación; disponer los deberes de la Compañía de Turismo y del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio; y para otros fines relacionados.”
La medida PS 555 propone establecer la 'Ley para el Fomento del Turismo Científico y Académico en Puerto Rico'. Crea el 'Programa de Promoción de Intercambios, Conferencias y Turismo de Investigación' adscrito a la Compañía de Turismo de Puerto Rico, en coordinación con otros departamentos y el sistema universitario. El programa coordinará con instituciones académicas, diseñará estrategias de promoción, creará una plataforma digital y facilitará la participación en redes académicas globales. La Compañía de Turismo podrá otorgar incentivos promocionales y logísticos a entidades organizadoras de eventos científicos o educativos internacionales.
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