Qué propone
La medida propone la Sección 1020.02(A)(9) de la Ley 60-2019, conocida como el Código de Incentivos de Puerto Rico, para elevar la edad límite para ser considerado 'Joven Empresario' de 35 a 40 años. Esto ampliaría el acceso a ciertos incentivos económicos para emprendedores en ese rango de edad adicional.
Pros
Contras
Intereses en juego
📜 Perspectiva histórica
Esta medida se inscribe en la historia de los incentivos económicos de Puerto Rico, que arranca con "Manos a la Obra" y la Sección 936, y continúa con la Ley 20/22 (ahora parte de la Ley 60). El debate histórico ha sido si estos incentivos atraen inversión y empleo o si benefician a corporaciones y foráneos sin generar un desarrollo sostenible para la población local.
En qué va
El Proyecto del Senado 743 fue el 25 de septiembre de 2025 y referido a comisión. Posteriormente, la Comisión de Hacienda, Presupuesto y PROMESA emitió un el 17 de diciembre de 2025, no recomendando su aprobación.
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Última acción · 17 de diciembre de 2025
Comisión no recomienda aprobación de la medida
Otras medidas sobre el mismo asunto, encontradas por significado (no solo por palabras).
Para enmendar el apartado (9) del inciso (a) de la sección 1020.02 de la Ley 60-2019, según enmendada, mejor conocida como “Código de Incentivos de Puerto Rico”, con el propósito de aumentar de treinta y cinco (35) a cuarenta (40) años la edad límite de la definición de “joven empresario”, cuando corresponda a una nueva empresa de servicios y práctica de la profesión médica.
La medida enmienda el apartado (9) del inciso (a) de la Sección 1020.02 de la Ley 60-2019 (Código de Incentivos de Puerto Rico). Aumenta de 35 a 40 años la edad límite para que un residente de Puerto Rico sea considerado un "joven empresario" cuando la nueva empresa se dedique a servicios y a la práctica de la profesión médica. Esto aplica a individuos que buscan establecer y operar a largo plazo una nueva empresa en la isla.
Para enmendar el párrafo (4) del apartado (b) de la Sección 2100.01 del Capítulo 10 y añadir un nuevo apartado (d) a la Sección 2100.01 del Capítulo 10 de la Ley 60-2019, según enmendada, conocida como “Código de Incentivos de Puerto Rico”, a los fines de ampliar a cinco (5) años el período de exención que disfrutarán los jóvenes empresarios y aclarar la vigencia de este período; crear como excepción que cuando el negocio nuevo tenga un periodo de creación de dos (2) años o menos se podrá beneficiar de esta Sección por un periodo de tres (3) años, siempre que pueda certificar mediante declaración jurada que advino en conocimiento de estos beneficios posterior al inicio de operaciones de su negocio o empresa; y para otros fines relacionados.
La medida PS 240 enmienda el Código de Incentivos de Puerto Rico (Ley 60-2019) para extender el período de exención contributiva para jóvenes empresarios de tres (3) a cinco (5) años desde el inicio de operaciones. También crea una excepción que permite a negocios iniciados hasta dos (2) años antes de solicitar el beneficio acogerse a una exención de tres (3) años, siempre que certifiquen por declaración jurada que conocieron los incentivos tardíamente. Afecta directamente a jóvenes que emprenden negocios en Puerto Rico.
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