Qué propone
Esta medida el Código Municipal de Puerto Rico (Ley 107-2020) para modificar la forma en que se calcula la contribución sobre inventario. Propone que la imposición contributiva se base en el valor del costo del inventario vendido, utilizando un promedio anual de dicho costo. Además, otorga al Centro de Recaudación de Ingresos Municipales () la facultad de solicitar información al Departamento de Hacienda sobre sus contribuyentes.
Pros
Contras
Última acción · 23 de octubre de 2025
Referido a Comisión(es)
Otras medidas sobre el mismo asunto, encontradas por significado (no solo por palabras).
Para enmendar los Artículos 7.138, 7.148 y 7.162 de la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como “Código Municipal de Puerto Rico”, a los fines de fijar para los años fiscales 2024 al 2028, la imposición contributiva sobre el valor del inventario a base de un promedio de valoración de inventarios y de la tasa de contribución vigente para el año 2024-2025, según publicada por el Centro de Recaudación de Ingresos Municipales; para otorgar al Centro de Recaudación de Ingresos Municipales la facultad de requerir al Departamento de Hacienda aquella información o datos pertenecientes a los contribuyentes del Centro de Recaudación de Ingresos Municipales, sin que esta se entienda como una renuncia a las obligaciones del Departamento o del Gobierno de Puerto Rico para con el Servicio de Rentas Internas de Estados Unidos, todo lo cual permitirá tener un mecanismo que resuelva finalmente la sustitución del impuesto al inventario; y para otros fines relacionados.
La medida propone enmendar el Código Municipal de Puerto Rico (Ley 107-2020) para fijar la imposición contributiva sobre el valor del inventario de los años fiscales 2024 al 2028. Se basará en un promedio de valoración de inventarios y la tasa de contribución vigente para el año fiscal 2024-2025, según publicada por el Centro de Recaudación de Ingresos Municipales (CRIM). Además, otorga al CRIM la facultad de requerir información al Departamento de Hacienda para resolver la sustitución del impuesto al inventario. Afecta directamente a comerciantes y municipios.
Para enmendar los Artículos 7.138, 7.148 y 7.162 de la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como “Código Municipal de Puerto Rico”, a los fines de fijar para los años fiscales 2024 al 2028, la imposición contributiva sobre el valor del inventario a base de un promedio de valoración de inventarios y de la tasa de contribución vigente para el año 2024-2025, según publicada por el Centro de Recaudación de Ingresos Municipales; para otorgar al Centro de Recaudación de Ingresos Municipales la facultad de requerir al Departamento de Hacienda aquella información o datos pertenecientes a los contribuyentes del Centro de Recaudación de Ingresos Municipales, sin que esta se entienda como una renuncia a las obligaciones del Departamento o del Gobierno de Puerto Rico para con el Servicio de Rentas Internas de Estados Unidos, todo lo cual permitirá tener un mecanismo que resuelva finalmente la sustitución del impuesto al inventario; y para otros fines relacionados.
Intereses en juego
En qué va
La medida, presentada el 20 de octubre de 2025, ha sido y referida a la Comisión de Innovación, Reforma y Nombramientos del Senado de Puerto Rico para su análisis.
Generado por IA · puede contener errores y los argumentos a favor/en contra son posibles puntos de debate, no una postura oficial. Verifica con el texto oficial.
Esta medida enmienda el Código Municipal de Puerto Rico (Ley 107-2020) para fijar la imposición contributiva sobre el valor del inventario de comerciantes y negocios para los años fiscales 2024 al 2028. Permite a los contribuyentes elegir entre la tasa vigente de 2024-2025 sobre el valor actual de inventario, o una base de cálculo promediada utilizando valores de inventario de años anteriores (2021-2023 para negocios existentes). También otorga al Centro de Recaudación de Ingresos Municipales (CRIM) la facultad de requerir información al Departamento de Hacienda para resolver la sustitución del impuesto al inventario.
Crea una cuenta gratis para opinar, comentar y seguir esta medida.
Aún no hay comentarios. Comparte tu opinión sobre esta medida.