Qué propone
El Proyecto del Senado 846 buscaba ordenar a la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE) y/o a LUMA Energy a establecer un programa de amnistía parcial del 25% en la factura mensual de energía eléctrica para personas de 60 años o más, o pensionadas, con ingresos mensuales no mayores de $1,000. El programa tendría una duración inicial de 12 meses, prorrogable, y requeriría la coordinación con el Negociado de Energía de Puerto Rico (NEPR) para su supervisión. La medida afectaría directamente a los consumidores elegibles y, potencialmente, a todos los abonados del sistema eléctrico.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
La medida se enmarca en la historia del servicio eléctrico en Puerto Rico, que ha estado marcado por la AEE como monopolio público y, más recientemente, por la privatización de la transmisión y distribución a LUMA Energy, así como la generación a Genera PR. La medida busca mitigar el impacto de las tarifas eléctricas, que históricamente han sido altas debido a la dependencia de combustibles fósiles y la falta de mantenimiento de la red, un problema que ha persistido tras la privatización.
En qué va
El Proyecto del Senado 846 fue en noviembre de 2025 y referido a comisión. En mayo de 2026, la Comisión de Gobierno del Senado emitió un , no recomendando su aprobación.
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Última acción · 1 de mayo de 2026
Comisión no recomienda aprobación de la medida
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
“Para expresar el más enérgico rechazo del Senado del Estado Libre Asociado de Puerto Rico al sorpresivo anuncio del cierre de las oficinas de atención al cliente que el consorcio LUMA Energy administra en siete (7) municipios de Puerto Rico; del mismo modo, instar al Gobierno de Puerto Rico a exigirle al mencionado consorcio, por conducto del zar de la energía y director ejecutivo de la Autoridad para las Alianzas Público-Privadas, que se identifiquen alternativas para evitar y detener el cierre de estas oficinas; y para otros fines relacionados.”
La Resolución del Senado 86 (RS 86) es una medida legislativa que expresa el rechazo del Senado al anuncio de LUMA Energy sobre el cierre de siete (7) oficinas de atención al cliente. Insta al Gobierno de Puerto Rico, a través del zar de la energía y el director ejecutivo de la Autoridad para las Alianzas Público-Privadas, a identificar alternativas para evitar o detener dichos cierres. No crea ley ni asigna fondos, sino que fija una postura y hace un llamado a la acción gubernamental.
Para establecer la “Ley para la Transparencia en la Facturación de Servicios Esenciales de Electricidad y Agua Potable en Puerto Rico”, a los fines de garantizar que las facturas de servicios eléctricos y de agua potable incluyan un desglose detallado de las interrupciones de servicio y los créditos aplicados; disponer las obligaciones de los proveedores de estos servicios; establecer los derechos de los abonados; y para otros fines relacionados.
El Proyecto del Senado 753 buscaba crear la Ley para la Transparencia en la Facturación de Servicios Esenciales de Electricidad y Agua Potable. Proponía que las facturas de LUMA Energy, AEE y AAA incluyeran un desglose detallado de interrupciones de servicio (fechas, horas, duración, causa, reclamaciones, créditos aplicados) y que los proveedores mantuvieran registros de estas interrupciones. También buscaba imponer la aplicación automática de créditos por interrupciones, según políticas del Negociado de Energía o la AAA.
“Para crear la “Ley para la Exención Energética de Cláusulas de Reconciliación para los Hospitales de Puerto Rico”; establecer como política pública del Gobierno de Puerto Rico la exención de los cargos relacionados a la Cláusula de Reconciliación establecida en la factura de energía eléctrica a las instituciones hospitalarias que operan en Puerto Rico, a los fines de que dichas instituciones puedan destinar los recursos económicos resultantes de dicha exención al fortalecimiento de sus operaciones; y para otros fines relacionados.”
Esta medida legislativa buscaba crear la "Ley para la Exención Energética de Cláusulas de Reconciliación para los Hospitales de Puerto Rico". Proponía eximir a las instituciones hospitalarias, tanto públicas como privadas, del pago de cargos adicionales en sus facturas de electricidad conocidos como 'Cláusulas de Reconciliación'. El objetivo era permitir que los ahorros generados se destinaran a mejoras de infraestructura y remuneración del personal asistencial y médico, con un mínimo del 30% de dichos ahorros.
“Para crear la “Ley para el Rescate Público del Sistema Eléctrico de Puerto Rico”, con el fin de establecer la nueva política sobre el control y manejo de los activos, facultades, operaciones y contrataciones de la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE); enmendar los artículos 1.3, 1.7, 1.8, 1.9 y 1.16 de la Ley Núm. 17-2019, según enmendada, conocida como la “Ley de Política Pública Energética de Puerto Rico” con el fin de que el Pueblo de Puerto Rico retome el control sobre la AEE; enmendar el artículo 6.6 y 6.35 de la Ley Núm. 57-2014, según enmendada, conocida como la “Ley de Transformación y ALIVIO Energético de Puerto Rico” con el fin de evitar monopolios de compañías privadas en la industria energética de Puerto Rico y evitar situaciones de conflicto de intereses en el Negociado de Energía; enmendar las Secciones 4, 4A, 5, 6, 7 y 19 y añadir las Secciones 7.1, 7.2, 7.3, 7.4, 7.5, 7.6 y 7.7 a la Ley Núm. 83 de 2 de mayo de 1941, según enmendada, conocida como “Ley de la Autoridad de Energía Eléctrica de Puerto Rico” con el fin de reestructurar y reorganizar el cuerpo rector de la Autoridad de Energía Eléctrica de Puerto Rico para asegurar una gobernanza participativa, transparente y totalmente independiente de la política partidista e intereses ajenos al bien común; establecer prohibiciones y obligaciones, la imposición de penas y, las reglas para la elección de los representantes de los consumidores en la Junta de Gobierno para que ésta sea efectiva, transparente, democrática y sobre todo, más representativa de la sociedad puertorriqueña e incluir el principio del mérito en el proceso de reclutamiento, selección y administración de recursos humanos; derogar la Ley Núm. 120-2018, según enmendada, conocida como la “Ley para Transformar el Sistema Eléctrico de Puerto Rico”; y para otros fines relacionados.”
Esta medida legislativa busca crear la "Ley para el Rescate Público del Sistema Eléctrico de Puerto Rico". Enmienda leyes clave como la Ley de Política Pública Energética (17-2019), la Ley de Transformación y Alivio Energético (57-2014) y la Ley de la Autoridad de Energía Eléctrica (83-1941). Su objetivo principal es revertir la privatización, devolver el control de la AEE al Estado, prohibir la concesión de transmisión y distribución a privados, y reestructurar la Junta de Gobierno de la AEE bajo principios de mérito y participación ciudadana.
“Para ordenar al Senado del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, que de conformidad con la Sección 21.5 del Reglamento del Senado de Puerto Rico, se reúna en Comisión Total para realizar una Sesión de Interpelación al director ejecutivo de la Autoridad de Alianzas Público Privadas, Josué Colón Ortiz; a la directora ejecutiva de la Autoridad de Energía Eléctrica, Mary Carmen Zapata Acosta; y al Presidente de LUMA Energy, Juan Saca, a los efectos de conocer todos los detalles relacionados al financiamiento por parte de la Autoridad de Energía Eléctrica al consorcio LUMA Energy; así como cualquier otra información requerida por los integrantes del Senado del Estado Libre Asociado de Puerto Rico; y para otros fines relacionados.”
La Resolución del Senado 348 ordena al Senado de Puerto Rico reunirse en Comisión Total para realizar una Sesión de Interpelación. El propósito es interrogar al director ejecutivo de la Autoridad de Alianzas Público Privadas, a la directora ejecutiva de la Autoridad de Energía Eléctrica, y al Presidente de LUMA Energy. Buscan conocer detalles sobre el financiamiento de la AEE al consorcio LUMA Energy y otra información que los senadores requieran.
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