Para ordenar a la Comisión de Seguridad Pública de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación sobre la magnitud, causas, rutas y métodos de entrada del tráfico ilegal de armas de fuego y municiones en Puerto Rico; evaluar la efectividad de las medidas de prevención, detección e intervención actualmente en ejecución por las agencias de seguridad pública, incluyendo aquellas relacionadas con el control del narcotráfico y el crimen organizado; y analizar el funcionamiento del Comité Interagencial para Combatir el Tráfico Ilegal de Armas de Fuego establecido en la Ley Núm. 168-2019, según enmendada, conocida como la “Ley de Armas de Puerto Rico de 2020”; con el propósito de formular recomendaciones de política pública y de acción legislativa y administrativa necesarias para atender de manera integral esta problemática de seguridad pública; y para otros fines relacionados.
Qué propone
La Resolución de la Cámara 293 ordena a la Comisión de Seguridad Pública de la Cámara de Representantes realizar una investigación exhaustiva sobre el tráfico ilegal de armas de fuego y municiones en Puerto Rico. La investigación debe abarcar la magnitud del problema, sus causas, rutas de entrada y métodos utilizados. Además, se evaluará la efectividad de las medidas de prevención e intervención actuales y el funcionamiento del Comité Interagencial para Combatir el Tráfico Ilegal de Armas de Fuego establecido por ley. El propósito final es formular recomendaciones de política pública y acción legislativa/administrativa para abordar esta problemática de seguridad pública.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
La medida sobre el tráfico ilegal de armas se relaciona con la historia de la criminalidad organizada en Puerto Rico, que ha estado impulsada por el contrabando transnacional de narcóticos y el flujo constante de armas ilegales. La investigación propuesta por la medida busca abordar las causas y rutas de este tráfico, que históricamente ha contribuido a los picos de violencia letal y a la corrupción dentro de las agencias de seguridad.
En qué va
La Resolución de la Cámara 293 fue el 2 de mayo de 2025, referida a comisión, y por unanimidad el 28 de agosto de 2025, con de informe. Posteriormente, fue referida a otra comisión el 10 de septiembre de 2025.
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Última acción · 10 de septiembre de 2025
Referido a Comisión(es)
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para ordenar a la Comisión de Seguridad Pública de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva sobre la operacionalidad y efectividad de los detectores de disparos (ShotSpotter) en zonas específicas de la Isla, evaluar datos oficiales de la Policía de Puerto Rico, funcionalidad, necesidad de expansión, y recomendación de mejoras; incluyendo, el estado actual de financiamiento del sistema, vigencia y status del contrato con la compañía operadora, renovaciones pendientes, costos operativos actuales y proyectados, fuentes de fondos utilizadas, y cualquier otro aspecto relacionado con su sostenibilidad económica y continuidad operativa; y para otros fines relacionados
La Resolución de la Cámara 568 ordena a la Comisión de Seguridad Pública de la Cámara de Representantes realizar una investigación exhaustiva sobre la operacionalidad, efectividad, financiamiento y sostenibilidad del sistema de detectores de disparos (ShotSpotter) en Puerto Rico. Afecta directamente a la Comisión de Seguridad Pública, quien debe realizar el estudio, y de forma indirecta a la Policía de Puerto Rico y a la compañía operadora del sistema, al requerir datos y evaluar su funcionamiento. La investigación busca informar posibles mejoras o decisiones futuras sobre el sistema.
Para ordenar a la Comisión de Seguridad Pública de la Cámara de Representantes de Puerto Rico a realizar una investigación sobre todo asunto relacionado con la seguridad y el orden público; el fortalecimiento de los esfuerzos gubernamentales de ley y orden contra la violencia, el crimen y el trasiego de drogas; el Departamento de Justicia, el Departamento de Seguridad Pública, el Departamento de Corrección y Rehabilitación, el Instituto de Ciencias Forenses y los componentes de esas entidades; lo concerniente a las Fuerzas Armadas de Estados Unidos de América, los cuerpos de seguridad federales, tales como el U.S. Department of Homeland Security, el Federal Bureau of Investigations y el National Security Administration, y estatales como los distintos cuerpos policiales de los distintos estados, entre otros; sobre todo asunto dirigido a controlar y disminuir la delincuencia y controlar y prevenir el crimen; las asignaciones de fondos y recursos para programas de seguridad pública y otros que puedan tener impacto directo en la prevención de la criminalidad; sobre la formulación de política pública que garantice la máxima seguridad física para los residentes urbanos y rurales; los planes, programación, obra pública, organización y prestación de los servicios ordenados por ley a la Guardia Nacional de Puerto Rico, al Negociado de la Policía de Puerto Rico, al Negociado del Cuerpo de Bomberos, al Negociado de Manejo de Emergencias y Administración de Desastres de Puerto Rico, y a aquellas otras agencias gubernamentales que promuevan la seguridad civil en casos de emergencia.
La Resolución de la Cámara 37 ordena a la Comisión de Seguridad Pública de la Cámara de Representantes a realizar una investigación exhaustiva sobre todos los aspectos relacionados con la seguridad y el orden público en Puerto Rico. Esto incluye el fortalecimiento de esfuerzos contra la violencia, el crimen y el trasiego de drogas, la evaluación de agencias clave como Justicia, Seguridad Pública, Corrección e Instituto de Ciencias Forenses, así como la coordinación con entidades federales y estatales. También abarca la revisión de asignaciones de fondos, políticas públicas para la seguridad física de residentes y la prestación de servicios de agencias como la Guardia Nacional y la Policía.
Para ordenar a las comisiones de Recursos Naturales; y de Seguridad Pública de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación sobre el tráfico ilegal de especies en Puerto Rico, a fin de desarrollar alternativas para poner fin a esta situación; y para otros fines relacionados.
Esta Resolución ordena a las comisiones de Recursos Naturales y de Seguridad Pública de la Cámara de Representantes de Puerto Rico a realizar una investigación exhaustiva sobre el tráfico ilegal de especies en la Isla. El objetivo es identificar y desarrollar alternativas concretas para erradicar esta problemática, que afecta tanto al ecosistema como a la salud pública y se vincula con otras actividades delictivas. La investigación deberá culminar en informes parciales y un informe final dirigido a la Cámara.
Para ordenar a la Comisión de Seguridad Pública de la Cámara de Representantes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, realizar una amplia investigación y análisis sobre el funcionamiento, la implantación y efectividad de la Ley 20-2017, según enmendada, conocida como la “Ley del Departamento de Seguridad Pública de Puerto Rico”; identificar necesidades de los negociados adscritos, evaluar cambios necesarios y hacer recomendaciones sobre la estructura administrativa de las agencias de seguridad y para otros fines relacionados.
La Resolución de la Cámara 157 ordena a la Comisión de Seguridad Pública de la Cámara de Representantes a realizar una investigación exhaustiva sobre el funcionamiento, implantación y efectividad de la Ley 20-2017, que creó el Departamento de Seguridad Pública (DSP). El objetivo es identificar necesidades de los negociados adscritos, evaluar cambios necesarios y proponer recomendaciones sobre la estructura administrativa de las agencias de seguridad pública. Afecta directamente a la estructura de gobernanza y operación de las agencias de seguridad del Estado Libre Asociado.
Para ordenar a la Comisión de Seguridad Pública de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva sobre los problemas de seguridad relacionados con las armas de fuego marca Sig Sauer que han sido asignadas a la Policía de Puerto Rico, incluyendo incidentes de disparos no intencionales y las demandas judiciales pendientes sobre alegaciones de que dichas armas son propensas a dispararse sin que se presione el gatillo; y para otros fines relacionados.
La R. de la C. 390 no enmienda leyes: ordena a la Comisión de Seguridad Pública de la Cámara investigar problemas de seguridad relacionados con armas Sig Sauer usadas por la Policía, incluidas alegaciones de disparos sin presionar el gatillo. Le pide recopilar datos de incidentes en Puerto Rico, revisar los criterios de adquisición y examinar si el fabricante emitió correcciones, retiros o actualizaciones de seguridad; también dispone vistas con participantes identificados, «de ser posible». La Comisión debe entregar un informe con hallazgos, conclusiones y recomendaciones dentro de 180 días de aprobada la resolución.
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