Para ordenar a la Comisión de Desarrollo Económico y a la Comisión de Asuntos del Consumidor de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva para auscultar la posibilidad de adoptar una “Ley de Competencia Desleal de Puerto Rico”; para enmendar la Ley Núm. 77 de 25 de junio de 1964, según enmendada, conocida como “Ley Antimonopolística de Puerto Rico”; y para otros fines relacionados.
Qué propone
La R. de la C. 479 ordena investigar si conviene adoptar una Ley de Competencia Desleal y recomendar posibles a la Ley 77-1964. No enmienda por sí misma esa ley ni crea derechos privados nuevos. La Sección 2 exige un informe con hallazgos, conclusiones y recomendaciones dentro de 180 días de la aprobación. Hay una discrepancia en quién recibe el encargo: el título y el nombran las comisiones de Desarrollo Económico y Asuntos del Consumidor, pero la Sección 1 nombra la Comisión de Vivienda y Desarrollo Urbano.
Pros
Contras
Intereses en juego
Qué cambió en comisiónsegún el entirillado del informe
El cambia la referencia a una comisión por las comisiones de Desarrollo Económico y Asuntos del Consumidor, aunque la Sección 1 todavía nombra Vivienda y Desarrollo Urbano.
En qué va
Fue referida a comisión el 16 de octubre de 2025. El primer informe, rendido con el 15 de diciembre de 2025, fue el 4 de junio de 2026 y la medida fue devuelta a comisión.
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Última acción · 4 de junio de 2026
Devuelto a la Comisión(es)
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para establecer la “Ley de Asuntos de la Competencia y Prácticas Comerciales”; establecer la política pública en cuanto todo acto, conducta o contrato relacionado a las prácticas que afecten la competencia comercial en la jurisdicción de Puerto Rico; derogar la Ley Núm. 77 de 25 de junio de 1964, según enmendada, conocida como “Ley Antimonopolística de Puerto Rico”; y para otros fines relacionados.
La medida establece la Ley de Asuntos de la Competencia y Prácticas Comerciales, derogando la Ley Antimonopolística de Puerto Rico de 1964. Crea la Oficina de Asuntos de la Competencia y Prácticas Comerciales adscrita al Departamento de Justicia, con facultades para investigar, regular y sancionar prácticas anticompetitivas. Define nuevos delitos y penalidades, y actualiza el marco legal para armonizarlo con la normativa federal, afectando a todas las personas y entidades que realicen actos que afecten la competencia en Puerto Rico.
Para enmendar el inciso (d) del Artículo 3 de la Ley Núm. 77 de 25 de junio de 1964, según enmendada, conocida como “Ley Antimonopolística de Puerto Rico”, para disponer que las revisiones judiciales bajo dicha ley se presentarán ante el Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico; y para otros fines relacionados.
La medida propone enmendar el inciso (d) del Artículo 3 de la Ley Núm. 77 de 25 de junio de 1964 (Ley Antimonopolística de Puerto Rico). El cambio principal es que las revisiones judiciales contra decisiones del Departamento de Asuntos del Consumidor, que antes se presentaban ante el Tribunal de Primera Instancia, ahora deberán presentarse ante el Tribunal de Apelaciones. Esto busca armonizar la ley con una interpretación reciente del Tribunal Supremo de Puerto Rico.
Para ordenar a la Comisión de Desarrollo Económico de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación sobre todo asunto relacionado con las prioridades económicas afín con el desarrollo económico; la planificación; las telecomunicaciones; el intercambio y competencia comercial local, interestatal o con otras jurisdicciones fuera de los Estados Unidos; el monopolio en sus diversas manifestaciones; la tecnología y biotecnología; la economía del conocimiento; los aspectos relacionados a la permisología gubernamental y como afecta a aquellos asuntos de la industria y el comercio en general; los proyectos estratégicos de infraestructura que propendan al desarrollo económico, estén en su fase de planificación o construcción; aquellos asuntos y situaciones de la industria, el comercio, las telecomunicaciones y la economía en general; la interacción de propósitos, recursos y esfuerzos de las agencias gubernamentales o entre el sector público y privado relacionados para impulsar el desarrollo económico; estudios e investigaciones relacionados con la promoción del desarrollo económico, el comercio, la industria, las telecomunicaciones; y para otros fines relacionados.
La Resolución de la Cámara 106 ordena a la Comisión de Desarrollo Económico de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre múltiples aspectos del desarrollo económico. Esto incluye prioridades económicas, planificación, telecomunicaciones, competencia comercial, monopolios, tecnología, economía del conocimiento, permisología gubernamental, proyectos de infraestructura estratégica, y la interacción entre el sector público y privado. La investigación busca identificar estrategias para promover el crecimiento económico sostenible y culminará en informes parciales y un informe final con hallazgos, conclusiones y recomendaciones dirigidas a las tres ramas de gobierno.
Para ordenar a la Comisión de Asuntos del Consumidor de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación abarcadora sobre las prácticas de comerciantes y vendedores de bienes muebles e inmuebles de no anunciar el precio de los mismos; y para otros fines relacionados.
Esta Resolución ordena a la Comisión de Asuntos del Consumidor de la Cámara de Representantes a realizar una investigación exhaustiva sobre la práctica de comerciantes y vendedores de bienes muebles e inmuebles de no anunciar sus precios. La investigación deberá completarse y presentarse en un informe dentro de 180 días desde su aprobación. Afecta directamente a consumidores que enfrentan esta falta de transparencia y a los comerciantes y vendedores sujetos a la investigación.
Para ordenar a la Comisión de Pequeños y Medianos Negocios de la Cámara de Representantes de Puerto Rico a realizar una investigación sobre todo asunto relacionado con programas, planes y proyectos estratégicos afines con el desarrollo y promoción económica y financiera de los pequeños y medianos negocios; la promoción y progreso de los pequeños y medianos comercios, incluyendo procurar la asistencia técnica y adiestramiento; el intercambio comercial de los pequeños y medianos negocios; el mercadeo local y su competencia; los incentivos y financiamiento de los pequeños y medianos negocios; la prioridades comerciales e industriales, cónsonos con el desarrollo mercantil; el intercambio y competencia comercial local de los pequeños y medianos negocios, interestatal o con otras jurisdicciones fuera de Estados Unidos.
Esta Resolución de la Cámara (RC 96) ordena a la Comisión de Pequeños y Medianos Negocios de la Cámara de Representantes a realizar una investigación exhaustiva sobre diversos aspectos del desarrollo económico y financiero de estos negocios. Incluye la promoción, asistencia técnica, financiamiento, mercadeo y competencia, tanto a nivel local como interestatal y con otras jurisdicciones. La Comisión tiene facultades para citar personas y entidades, solicitar documentos e información, y debe presentar informes parciales y uno final antes de que concluya la Vigésima Asamblea Legislativa (2025-2028). Afecta directamente a la Comisión y a las entidades o personas que sean objeto de la investigación, con el fin último de beneficiar a los pequeños y medianos negocios.
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