Qué propone
Esta medida propone la creación de la "Ley de Competencia Desleal de Puerto Rico" y la Ley Antimonopolística para prohibir actos específicos de competencia desleal y establecer mecanismos para que las personas afectadas puedan presentar sus reclamos. Busca dotar a Puerto Rico de un marco legal general para regular estas prácticas, similar a otras jurisdicciones, y clarificar los procedimientos para quienes sufren perjuicios comerciales.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
La medida (P. de la C. 664) fue el 8 de junio de 2026, con . Actualmente, ha sido enviada al Senado y se encuentra en su proceso legislativo, habiendo aparecido en Primera Lectura y sido referida a Comisiones.
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Última acción · 11 de junio de 2026
Referido a Comisión(es)
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A favor (46)
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Para establecer la “Ley de Asuntos de la Competencia y Prácticas Comerciales”; establecer la política pública en cuanto todo acto, conducta o contrato relacionado a las prácticas que afecten la competencia comercial en la jurisdicción de Puerto Rico; derogar la Ley Núm. 77 de 25 de junio de 1964, según enmendada, conocida como “Ley Antimonopolística de Puerto Rico”; y para otros fines relacionados.
La medida P. del S. 62 propone establecer la nueva Ley de Asuntos de la Competencia y Prácticas Comerciales, definiendo la política pública sobre actos y contratos que afecten la competencia comercial en Puerto Rico. Sustituye la actual Ley Antimonopolística de Puerto Rico (Ley Núm. 77 de 1964). El texto aprobado por el Senado no detalla mecanismos específicos, cifras, plazos o organismos encargados de su implementación, pero su objetivo es regular prácticas comerciales para fomentar la competencia. Afecta a todas las empresas y consumidores en la jurisdicción de Puerto Rico.
Para enmendar el inciso (d) del Artículo 3 de la Ley Núm. 77 de 25 de junio de 1964, según enmendada, conocida como “Ley Antimonopolística de Puerto Rico”, para disponer que las revisiones judiciales bajo dicha ley se presentarán ante el Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico; y para otros fines relacionados.
Esta medida enmienda el Artículo 3(d) de la Ley Antimonopolística de Puerto Rico (Ley Núm. 77 de 1964) para clarificar que las revisiones judiciales de decisiones del Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO) que afecten a la Oficina de Asuntos Monopolísticos o a una parte querellada, se presentarán ante el Tribunal de Apelaciones. Esto busca armonizar la ley con una interpretación reciente del Tribunal Supremo de Puerto Rico.
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