Para enmendar los artículos 2, 4, 5, 6, 9, 10, 12,13, 13A, 13B, 15, 16, 18 y 19 de la Ley Núm. 77 de 25 de junio de 1964, según enmendada, conocida como “Ley Antimonopolística de Puerto Rico”, a los fines de atemperar sus multas y penas con la Ley Núm. 146 de 30 de julio de 2012, según enmendada, conocida como “Código Penal de Puerto Rico”; aumentar la gravedad de ciertos delitos; actualizar ciertos términos; y para otros fines relacionados.
Qué propone
Esta medida legislativa, el P. de la C. 1231, la Ley Núm. 77 de 25 de junio de 1964, conocida como 'Ley Antimonopolística de Puerto Rico'. Su objetivo principal es actualizar las multas y penas para que se alineen con el Código Penal de Puerto Rico (Ley 146-2012), reclasificando algunos delitos de 'menos grave' a 'grave' y ajustando las cuantías de las multas. También actualiza referencias a leyes y administraciones o inexistentes, y modifica términos para reflejar la realidad actual. Afecta principalmente a personas naturales y jurídicas que incurran en prácticas anticompetitivas o monopolísticas bajo la Ley 77-1964, así como a la Oficina de Asuntos Monopolísticos del Departamento de Justicia en su rol de fiscalización.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
La medida fue el 23 de abril de 2026, pasó por primera lectura en la Cámara de Representantes el 27 de abril de 2026, y fue referida a comisión. Tras , la Comisión de lo Jurídico rindió un primer informe con el 11 de septiembre de 2026, siendo luego remitida a la Comisión de Calendarios y colocada en el de la Cámara el 17 de septiembre de 2026, donde quedó pendiente de acción posterior.
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Última acción · 17 de septiembre de 2026
Quedó Pendiente de Acción Posterior en la Cámara
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