Para ordenar a la Comisión de Asuntos de la Mujer y a la Comisión de Salud de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva en torno a la vigencia, implementación y ejecución de todos los programas de salud que reciben fondos, por ejemplo, del Negociado de Salud Materno Infantil (Título V), del Negociado Federal de Educación, de los Centros para el Control y Prevención de Enfermedades (CDC, por sus siglas en inglés) y de cualquier otro programa federal u local que atienda a la población de adolescentes, jóvenes y mujeres en edad reproductiva, así como los beneficios que estas obtienen, así como los beneficios a sus infantes y familiares de modo que podamos conocer la ejecución y participación actual de las mujeres y de su entorno familiar en estos programas; y para otros fines relacionados.
Qué propone
La Resolución de la Cámara 542 ordena a las Comisiones de Asuntos de la Mujer y de Salud de la Cámara de Representantes realizar una investigación exhaustiva sobre la vigencia, implementación y ejecución de todos los programas de salud federales y locales dirigidos a adolescentes, jóvenes y mujeres en edad reproductiva. El objetivo es conocer los beneficios que estas poblaciones y sus infantes y familias obtienen, así como su participación actual en dichos programas. Las comisiones deberán rendir un informe con hallazgos, conclusiones y recomendaciones en un plazo de 180 días.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
La medida busca investigar la implementación y ejecución de programas de salud para mujeres y adolescentes, muchos de los cuales se financian con fondos federales. Esto se relaciona con el tema de la sostenibilidad fiscal del Plan de Salud del Gobierno, que depende de las asignaciones federales de Medicaid y la constante lucha por la paridad, como se describe en los fragmentos. La investigación de la medida podría revelar cómo la falta de paridad o la inestabilidad en el financiamiento federal impactan directamente la disponibilidad y efectividad de estos programas específicos para la población femenina.
En qué va
Esta Resolución de la Cámara (RC 542) fue el 13 de enero de 2026 y referida a comisiones el 14 de enero de 2026, encontrándose actualmente en trámite en la Cámara de Representantes.
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Última acción · 14 de enero de 2026
Referido a Comisión(es)
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para ordenar a la Comisión de Salud de la Cámara de Representantes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico realizar una investigación abarcadora en torno al estado de situación económica y administrativa del Programa de Control del Cáncer del Departamento de Salud.
La Resolución de la Cámara 540 ordena a la Comisión de Salud de la Cámara de Representantes a realizar una investigación exhaustiva sobre la situación económica y administrativa del Programa de Control del Cáncer del Departamento de Salud. La Comisión tiene facultad para citar personas y entidades, solicitar documentos e información, y realizar estudios pertinentes. Se requiere la presentación de informes parciales y un informe final dentro de un plazo de ciento veinte (120) días a partir de su aprobación.
Para ordenar a la Comisión de Salud de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación sobre todo asunto relacionado con la implantación de la política pública de todos los servicios públicos y privados que inciden sobre la salud; la prevención, diagnóstico y tratamiento de enfermedades y la conservación de la salud; los servicios médico-hospitalarios y ambulatorios; las investigaciones y las estadísticas vitales; las facilidades físicas, médicas y paramédicas y el equipo; la administración, implantación y gerencia de cualquier modificación de carácter general en los sistemas de salud, tales como el plan de salud del gobierno; la salud mental; la reglamentación y supervisión de la fabricación, distribución y venta de productos médicos; los profesionales de la salud; los servicios que combaten el alcoholismo y la drogadicción; la salud en general; y para otros fines relacionados.
La Resolución de la Cámara 41 ordena a la Comisión de Salud de la Cámara de Representantes de Puerto Rico llevar a cabo una investigación exhaustiva sobre todos los aspectos relacionados con la política pública de salud, incluyendo prevención, diagnóstico, tratamiento, servicios médico-hospitalarios, salud mental, regulación de productos médicos, profesionales de la salud y servicios de adicciones. La Comisión tiene la facultad de citar personas y entidades, solicitar documentos y realizar estudios. Deberá rendir informes parciales y uno final a la Cámara de Representantes antes de que concluya la Vigésima Asamblea Legislativa (2025-2028).
Para ordenar a las comisiones de Asuntos de la Mujer; y de Salud de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva sobre los protocolos existentes en las facilidades de salud públicas y privadas para atender a las víctimas y sobrevivientes de violencia doméstica; la respuesta que proveen dichas facilidades ante estos casos; la efectividad de las medidas implantadas en dichos protocolos; la capacitación del personal y la orientación y los servicios ofrecidos a las víctimas; así como la deseabilidad de establecer medidas adicionales que fortalezcan la intervención médica y el seguimiento a las personas afectadas; y para otros fines relacionados.
La Resolución de la Cámara 253 ordena a las Comisiones de Asuntos de la Mujer y de Salud de la Cámara de Representantes de Puerto Rico a realizar una investigación exhaustiva sobre los protocolos de salud (públicos y privados) para atender a víctimas y sobrevivientes de violencia doméstica. La investigación debe evaluar la respuesta de las facilidades, la efectividad de las medidas implantadas, la capacitación del personal, la orientación y servicios ofrecidos, y la deseabilidad de medidas adicionales para fortalecer la intervención médica y el seguimiento. Las comisiones deberán rendir un informe con hallazgos, conclusiones y recomendaciones dentro de 180 días tras la aprobación de la resolución.
Para ordenar a la Comisión de Salud de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación sobre todo asunto relacionado con la implantación de la política pública de todos los servicios públicos y privados que inciden sobre la salud; la prevención, diagnóstico y tratamiento de enfermedades y la conservación de la salud; los servicios médico-hospitalarios y ambulatorios; las investigaciones y las estadísticas vitales; las facilidades físicas, médicas y paramédicas y el equipo; la administración, implantación y gerencia de cualquier modificación de carácter general en los sistemas de salud, tales como el plan de salud del gobierno; la salud mental; la reglamentación y supervisión de la fabricación, distribución y venta de productos médicos; los profesionales de la salud; los servicios que combaten el alcoholismo y la drogadicción; la salud en general
La R. de la C. 110 ordena a la Comisión de Salud investigar asuntos amplios relacionados con la salud pública y privada, desde la prevención y el tratamiento hasta los servicios médicos, la salud mental y la supervisión de productos médicos. La Comisión puede citar a personas, entidades y organizaciones relacionadas con esos asuntos, y solicitar información y documentos. Debe someter un informe final antes de que termine la Vigésima Asamblea Legislativa; la resolución no crea una ley ni asigna fondos.
Para ordenar a la Comisión de Salud de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una realizar una investigación exhaustiva en torno a la implementación, ejecución, fiscalización y cumplimiento de la Ley 63-2025, conocida como “Ley para la protección de la salud y el bienestar de los menores de edad en Puerto Rico”, a un año de su aprobación; así como evaluar las acciones realizadas por el Departamento de Salud y demás agencias, instrumentalidades y entidades concernidas para garantizar su cumplimiento; determinar si se han realizado prácticas, tratamientos, intervenciones o procedimientos prohibidos por dicha Ley; evaluar la implementación de programas de educación y sensibilización conforme establece la Ley y cualquier otro asunto relevante a protocolos, reglamentos, órdenes administrativas, mecanismos de supervisión, auditorías y procedimientos de fiscalización, si alguno, que se hayan adoptado; y para otros fines relacionados.
La Resolución de la Cámara 785 ordena a la Comisión de Salud de la Cámara de Representantes realizar una investigación exhaustiva sobre la implementación, ejecución, fiscalización y cumplimiento de la Ley 63-2025, conocida como “Ley para la protección de la salud y el bienestar de los menores de edad en Puerto Rico”. La investigación evaluará las acciones de agencias, determinará si se han realizado prácticas prohibidas por la Ley 63-2025, y examinará la implementación de programas de educación y sensibilización. La Comisión deberá rendir un informe con hallazgos, conclusiones y recomendaciones en un plazo de 180 días. Afecta directamente a la Comisión de Salud de la Cámara de Representantes y, por extensión, al Departamento de Salud y otras agencias concernidas, así como a la ciudadanía al buscar asegurar el cumplimiento de la ley protectora de menores.
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