Para ordenar a las comisiones de Asuntos de la Mujer; y de Salud de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva sobre los protocolos existentes en las facilidades de salud públicas y privadas para atender a las víctimas y sobrevivientes de violencia doméstica; la respuesta que proveen dichas facilidades ante estos casos; la efectividad de las medidas implantadas en dichos protocolos; la capacitación del personal y la orientación y los servicios ofrecidos a las víctimas; así como la deseabilidad de establecer medidas adicionales que fortalezcan la intervención médica y el seguimiento a las personas afectadas; y para otros fines relacionados.
Qué propone
La Resolución de la Cámara 253 ordena a las Comisiones de Asuntos de la Mujer y de Salud de la Cámara de Representantes de Puerto Rico a realizar una investigación exhaustiva sobre los protocolos de salud (públicos y privados) para atender a víctimas y sobrevivientes de violencia doméstica. La investigación debe evaluar la respuesta de las facilidades, la efectividad de las medidas implantadas, la capacitación del personal, la orientación y servicios ofrecidos, y la deseabilidad de medidas adicionales para fortalecer la intervención médica y el seguimiento. Las comisiones deberán rendir un informe con hallazgos, conclusiones y recomendaciones dentro de 180 días tras la aprobación de la resolución.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
Esta medida se inscribe en la historia de la fiscalización institucional de los derechos de la mujer y la respuesta gubernamental a la violencia de género, que ha estado marcada por la presión cívica y la acción ejecutiva, como la declaración de un estado de emergencia por violencia de género en 2021 y la creación del Comité PARE. La investigación propuesta por la medida busca fortalecer la intervención médica y el seguimiento a las víctimas, un aspecto crucial de la respuesta multisectorial que se ha buscado coordinar históricamente.
En qué va
La Resolución de la Cámara 253 fue el 7 de abril de 2025 y referida a comisión. Tras un primer informe con el 15 de octubre de 2025, fue por unanimidad el 28 de septiembre de 2026, con enmiendas del informe, y posteriormente referida a comisión.
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Última acción · 29 de septiembre de 2026
Referido a Comisión(es)
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para ordenar a la Comisión de Seguridad Pública de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una urgente investigación exhaustiva en torno a la implementación del protocolo uniforme creado por el Departamento de Salud para la evaluación e intervención de las instituciones médico-hospitalarias para examinar a las víctimas sobrevivientes de un episodio de estrangulamiento o asfixie no letal y conocer el proceso establecido para el monitoreo a corto, mediano y largo plazo en protección de la salud e integridad de la persona afectada; así como conocer las notificaciones a la Policía de Puerto Rico de toda institución médico-hospitalaria cuando exista sospecha razonable de que el paciente fue o pudo haber sido víctima de estrangulamiento o asfixie no letal. Al igual, se faculta a la Comisión citar a las agencias y organizaciones sin fines de lucro pertinente en aras de que sometan comentarios y recomendaciones para que la ejecución de esta modalidad de maltrato sea una efectiva para prevenir y procesar los casos de violencia doméstica; y para otros fines relacionados.
La Resolución de la Cámara 714 ordena a la Comisión de Seguridad Pública de la Cámara de Representantes a realizar una investigación exhaustiva sobre la implementación del protocolo del Departamento de Salud para evaluar y monitorear a sobrevivientes de estrangulamiento o asfixia no letal. Busca conocer el proceso de notificación a la Policía de Puerto Rico por parte de instituciones médico-hospitalarias ante sospechas de este tipo de maltrato, y faculta a la Comisión a citar agencias y organizaciones para obtener comentarios y recomendaciones que mejoren la prevención y procesamiento de casos de violencia doméstica relacionados. Afecta directamente a la Comisión de Seguridad Pública, al Departamento de Salud, a las instituciones médico-hospitalarias, a la Policía de Puerto Rico, y a organizaciones sin fines de lucro que trabajan en violencia doméstica.
Para ordenar a la Comisión de Asuntos de la Mujer de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva sobre los servicios, el funcionamiento y la efectividad de los programas de desvío dirigidos a acusados de violencia doméstica; y para otros fines relacionados.
La Resolución de la Cámara 796 ordena a la Comisión de Asuntos de la Mujer de la Cámara de Representantes de Puerto Rico a llevar a cabo una investigación exhaustiva. El propósito es examinar los servicios, el funcionamiento y la efectividad de los programas de desvío dirigidos a personas acusadas de violencia doméstica. Esta medida busca recopilar información detallada sobre estos programas para evaluar su desempeño y posibles mejoras.
Para ordenar a la Comisión de lo Jurídico de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva relacionada con los programas, iniciativas y mecanismos existentes en Puerto Rico dirigidos a la rehabilitación, reeducación y manejo conductual de personas convictas por delitos de violencia de género y/o violencia doméstica; evaluar su base legal, efectividad, alcance, coordinación con el sistema de justicia, cumplimiento con la política pública vigente y su impacto en la reducción de la reincidencia; y para otros fines relacionados.
La Resolución de la Cámara 619 ordena a la Comisión de lo Jurídico de la Cámara de Representantes realizar una investigación exhaustiva sobre los programas de rehabilitación, reeducación y manejo conductual para personas convictas por violencia de género y doméstica en Puerto Rico. La investigación evaluará su base legal, efectividad, alcance, coordinación con el sistema de justicia y su impacto en la reducción de la reincidencia. Afecta directamente a la Comisión de lo Jurídico, que deberá recopilar y analizar datos, y a las entidades y programas involucrados en la atención de estas personas.
Para ordenar a la Comisión de lo Jurídico de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre la utilización, efectividad, implantación y administración de las órdenes de protección expedidas al amparo de la Ley Núm. 54 de 15 de agosto de 1989, según enmendada, conocida como la “Ley para la Prevención e Intervención con la Violencia Doméstica”; la Ley Núm. 284 de 21 de agosto de 1999, según enmendada, conocida como la “Ley Contra el Acecho en Puerto Rico”; la Ley 148-2015, según enmendada, conocida como la “Ley para la Protección de las Víctimas de Violencia Sexual en Puerto Rico”; y la Ley 57-2023, según enmendada, conocida como la “Ley para la Prevención del Maltrato, Preservación de la Unidad Familiar y para la Seguridad, Bienestar y Protección de los Menores”, incluyendo el análisis de estadísticas relacionadas con solicitudes, concesiones, denegatorias, incumplimientos y procesamiento criminal por violaciones a órdenes de protección; la evaluación de los protocolos de análisis de riesgo y letalidad utilizados por las agencias concernidas; el impacto de la legislación vigente sobre la protección de víctimas; la uniformidad en la aplicación de los criterios utilizados por los tribunales en las distintas regiones judiciales de Puerto Rico; y para otros fines relacionados.
La Resolución de la Cámara 723 ordena a la Comisión de lo Jurídico de la Cámara de Representantes realizar una investigación exhaustiva sobre la utilización, efectividad, implantación y administración de las órdenes de protección expedidas bajo cuatro leyes clave: la Ley de Violencia Doméstica (54-1989), la Ley Contra el Acecho (284-1999), la Ley de Protección de Víctimas de Violencia Sexual (148-2015) y la Ley de Protección de Menores (57-2023). La investigación debe incluir análisis de estadísticas, evaluación de protocolos de riesgo y letalidad, impacto de la legislación vigente y uniformidad en la aplicación judicial. Afecta directamente a las víctimas de violencia doméstica, acecho y sexual, así como a las agencias involucradas en la expedición y cumplimiento de estas órdenes.
Para ordenar a la Comisión de Salud de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre nuestro actual sistema de cuidado de salud mental, particularmente si el mismo incorpora todos aquellos avances en el campo de la salud mental que fortalezcan los aspectos de recuperación y rehabilitación como parte integrante del tratamiento, así como la prevención, tanto en la población adulta, como en los menores de edad y si resulta necesaria la aprobación de un nuevo marco legal que responda a la necesidad imperiosa que tiene nuestra sociedad de mejorar la salud mental de sus ciudadanos; y para otros fines relacionados.
La Resolución de la Cámara 53 ordena a la Comisión de Salud de la Cámara de Representantes realizar una investigación exhaustiva sobre el sistema actual de cuidado de salud mental en Puerto Rico. La investigación debe determinar si el sistema incorpora los avances en recuperación, rehabilitación y prevención, tanto para adultos como para menores. Además, debe evaluar si es necesaria la aprobación de un nuevo marco legal para mejorar la salud mental de los ciudadanos. La Comisión deberá rendir un informe con sus hallazgos, conclusiones y recomendaciones antes de que finalice la Vigésima Asamblea Legislativa.
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