Qué propone
La Resolución de la Cámara 59 ordena a las Comisiones de Asuntos Municipales y de Hacienda de la Cámara de Representantes realizar una investigación exhaustiva sobre el Artículo 7.148 de la Ley 107-2020 (Código Municipal de Puerto Rico), que regula el impuesto sobre el inventario. El objetivo es analizar propuestas de , evaluar el impacto financiero en los municipios y considerar alternativas para equilibrar los ingresos municipales con el apoyo al sector comercial. Afecta directamente a las comisiones legislativas encargadas de la investigación y, de forma indirecta, a los municipios, comerciantes y consumidores.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
La medida aborda el impuesto al inventario, un componente clave de los ingresos municipales regulado por el Código Municipal (Ley 107-2020). Los fragmentos discuten la autonomía fiscal de los municipios, la creación del para la recaudación y la dependencia de los ayuntamientos de sus ingresos, lo que contextualiza la importancia de este impuesto para la estabilidad financiera local.
En qué va
La Resolución de la Cámara 59 fue el 15 de enero de 2025 y aprobada por unanimidad en la Cámara de Representantes el 3 de febrero de 2025, con de su informe. Fue referida a comisiones para su trámite posterior.
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Última acción · 3 de febrero de 2025
Referido a Comisión(es)
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para enmendar los Artículos 7.138, 7.148 y 7.162 de la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como “Código Municipal de Puerto Rico”, a los fines de fijar para los años fiscales 2024 al 2028, la imposición contributiva sobre el valor del inventario a base de un promedio de valoración de inventarios y de la tasa de contribución vigente para el año 2024-2025, según publicada por el Centro de Recaudación de Ingresos Municipales; para otorgar al Centro de Recaudación de Ingresos Municipales la facultad de requerir al Departamento de Hacienda aquella información o datos pertenecientes a los contribuyentes del Centro de Recaudación de Ingresos Municipales, sin que esta se entienda como una renuncia a las obligaciones del Departamento o del Gobierno de Puerto Rico para con el Servicio de Rentas Internas de Estados Unidos, todo lo cual permitirá tener un mecanismo que resuelva finalmente la sustitución del impuesto al inventario; y para otros fines relacionados.
La medida propone enmendar el Código Municipal de Puerto Rico (Ley 107-2020) para fijar la imposición contributiva sobre el valor del inventario de comerciantes y fabricantes para los años fiscales 2024 al 2028. Permite que estos contribuyentes elijan tributar el inventario basándose en la tasa de 2024-2025 y un promedio de valoración de inventarios de los tres años previos (2021-2023) para negocios existentes, o un método específico para negocios nuevos. También faculta al Centro de Recaudación de Ingresos Municipales (CRIM) a requerir información al Departamento de Hacienda para facilitar la recaudación.
Para enmendar los Artículos 7.138, 7.148 y 7.162 de la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como “Código Municipal de Puerto Rico”, a los fines de fijar para los años fiscales 2024 al 2028, la imposición contributiva sobre el valor del inventario a base de un promedio de valoración de inventarios y de la tasa de contribución vigente para el año 2024-2025, según publicada por el Centro de Recaudación de Ingresos Municipales; para otorgar al Centro de Recaudación de Ingresos Municipales la facultad de requerir al Departamento de Hacienda aquella información o datos pertenecientes a los contribuyentes del Centro de Recaudación de Ingresos Municipales, sin que esta se entienda como una renuncia a las obligaciones del Departamento o del Gobierno de Puerto Rico para con el Servicio de Rentas Internas de Estados Unidos, todo lo cual permitirá tener un mecanismo que resuelva finalmente la sustitución del impuesto al inventario; y para otros fines relacionados.
El Proyecto de la Cámara 420 (Conferencia) buscaba enmendar el Código Municipal de Puerto Rico para fijar la imposición contributiva sobre el valor del inventario de fabricantes y comerciantes. Proponía que para los años contributivos 2025 al 2027, los contribuyentes pudieran optar por valorar su inventario a base de un promedio de valoración y la tasa vigente para el año fiscal 2024-2025. También otorgaba al Centro de Recaudación de Ingresos Municipales (CRIM) facultad para requerir información al Departamento de Hacienda. La medida, sin embargo, establecía la derogación del impuesto al inventario a partir del año contributivo 2028 si no se aprobaba un mecanismo de sustitución antes del 30 de junio de 2027, afectando principalmente a los municipios.
Para enmendar los Artículos 7.138, 7.148 y 7.162 de la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como “Código Municipal de Puerto Rico”, a los fines de fijar para los años fiscales 2024 al 2028, la imposición contributiva sobre el valor del inventario a base de un promedio de valoración de inventarios y de la tasa de contribución vigente para el año 2024-2025, según publicada por el Centro de Recaudación de Ingresos Municipales; para otorgar al Centro de Recaudación de Ingresos Municipales la facultad de requerir al Departamento de Hacienda aquella información o datos pertenecientes a los contribuyentes del Centro de Recaudación de Ingresos Municipales, sin que esta se entienda como una renuncia a las obligaciones del Departamento o del Gobierno de Puerto Rico para con el Servicio de Rentas Internas de Estados Unidos, todo lo cual permitirá tener un mecanismo que resuelva finalmente la sustitución del impuesto al inventario; y para otros fines relacionados.
Esta medida enmienda el Código Municipal de Puerto Rico (Ley 107-2020) para fijar la imposición contributiva sobre el valor del inventario de comerciantes y manufactureros para los años fiscales 2024 al 2028. Permite a los negocios elegir calcular este impuesto basándose en un promedio de su valoración de inventarios de años anteriores (2021-2023) o la tasa vigente para el año fiscal 2024-2025. También otorga al Centro de Recaudación de Ingresos Municipales (CRIM) mayor facultad para obtener información del Departamento de Hacienda, facilitando la administración de este impuesto. Afecta directamente a los municipios, comerciantes, manufactureros y al CRIM.
Para ordenar a la Comisión de Hacienda de la Cámara de Representantes realizar una investigación exhaustiva sobre la nueva política fiscal federal del Presidente de Estados Unidos Donald Trump; profundizar en cuanto al impacto que tiene en la economía de Puerto Rico la imposición de los aranceles a diferentes países; indagar cómo afecta en los precios de la canasta básica de Puerto Rico; evaluar alternativas para la potencial congelación de subvenciones federales; y para otros fines relacionados.
La Resolución de la Cámara 119 ordena a la Comisión de Hacienda de la Cámara de Representantes realizar una investigación exhaustiva sobre la nueva política fiscal federal del Presidente de Estados Unidos Donald Trump. El encargo incluye analizar el impacto de los aranceles en la economía de Puerto Rico, los precios de la canasta básica, y evaluar alternativas ante una potencial congelación de subvenciones federales. Afecta directamente a la Comisión de Hacienda, que debe realizar el estudio, y de forma indirecta a la ciudadanía puertorriqueña al buscar información sobre políticas federales que impactan la economía local.
Para ordenar a la Comisión de Asuntos Municipales de la Cámara de Representantes de Puerto Rico a realizar una investigación exhaustiva sobre el cumplimiento del Centro de Recaudación de Ingresos Municipales (CRIM) con su responsabilidad de cobrar contribuciones morosas mediante embargo y venta de la propiedad de los deudores en mora, específicamente en cuanto a las propiedades inmuebles abandonadas y desocupadas sitas en los municipios de Aguadilla y Moca, con el propósito de identificar alternativas de cobro y ejecución de dichas contribuciones morosas; y para otros fines relacionados.
La Resolución de la Cámara 480 ordena a la Comisión de Asuntos Municipales de la Cámara de Representantes realizar una investigación exhaustiva. El objetivo es evaluar el cumplimiento del Centro de Recaudación de Ingresos Municipales (CRIM) en el cobro de contribuciones morosas, particularmente sobre propiedades inmuebles abandonadas en Aguadilla y Moca. Busca identificar alternativas para el cobro y ejecución de estas deudas.
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