Para ordenar a la Comisión de lo Jurídico de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre la adquisición, instalación, administración y utilización por parte de las agencias, instrumentalidades, corporaciones públicas y municipios del Gobierno de Puerto Rico de cámaras y sistemas de vigilancia que utilicen tecnologías de reconocimiento facial, reconocimiento biométrico, lectura o reconocimiento automatizado de tablillas de vehículos de motor, inteligencia artificial o cualquier otra tecnología capaz de identificar, clasificar, localizar, rastrear o crear perfiles de personas o vehículos; investigar la recopilación, almacenamiento, análisis, búsqueda, acceso, transferencia e intercambio de los datos obtenidos mediante dichos sistemas; determinar las entidades públicas y privadas, estatales, municipales o federales que tienen acceso a estos datos; examinar la utilización de estas tecnologías; evaluar las salvaguardas existentes para proteger los derechos a la intimidad, dignidad y libertades de la ciudadanía; y para otros fines relacionados.
Qué propone
La Resolución de la Cámara 787 ordena a la Comisión de lo Jurídico de la Cámara de Representantes realizar una investigación exhaustiva sobre el uso de tecnologías de vigilancia (reconocimiento facial, biométrico, de tablillas, IA) por agencias, instrumentalidades, y municipios. La investigación abarcará la recopilación, almacenamiento, análisis y acceso a los datos generados, así como las salvaguardas para la intimidad ciudadana. La Comisión deberá rendir un informe con sus hallazgos y conclusiones en un plazo de ciento ochenta (180) días.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
La Resolución de la Cámara 787 fue el 1 de septiembre de 2026, apareció en Primera Lectura de la Cámara el 3 de septiembre de 2026 y fue referida a Comisión(es) el 3 de septiembre de 2026. Actualmente se encuentra en trámite .
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Última acción · 3 de septiembre de 2026
Referido a Comisión(es)
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para ordenar a las comisiones de Transportación e Infraestructura y de Seguridad Pública de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva sobre el funcionamiento y estado de las cámaras de vigilancia o monitoreo de tránsito instaladas en los semáforos, así como del Sistema de Monitoreo de Semáforos; y para otros fines relacionados.
La Resolución de la Cámara 740 ordena a las Comisiones de Transportación e Infraestructura y de Seguridad Pública de la Cámara de Representantes realizar una investigación exhaustiva sobre el funcionamiento y estado de las cámaras de vigilancia de tránsito instaladas en semáforos y del Sistema de Monitoreo de Semáforos administrado por la Autoridad de Carreteras y Transportación (ACT). La investigación debe detallar cantidad, ubicación, estado operativo, tiempos de reparación, protocolos de mantenimiento, contratos, inversiones y planes de expansión de estos sistemas. Se espera un informe con hallazgos y recomendaciones en un plazo de 180 días tras su aprobación.
Para ordenar a la Comisión de Seguridad Pública de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva sobre la operacionalidad y efectividad de los detectores de disparos (ShotSpotter) en zonas específicas de la Isla, evaluar datos oficiales de la Policía de Puerto Rico, funcionalidad, necesidad de expansión, y recomendación de mejoras; incluyendo, el estado actual de financiamiento del sistema, vigencia y status del contrato con la compañía operadora, renovaciones pendientes, costos operativos actuales y proyectados, fuentes de fondos utilizadas, y cualquier otro aspecto relacionado con su sostenibilidad económica y continuidad operativa; y para otros fines relacionados
La Resolución de la Cámara 568 ordena a la Comisión de Seguridad Pública de la Cámara de Representantes realizar una investigación exhaustiva sobre la operacionalidad, efectividad, financiamiento y sostenibilidad del sistema de detectores de disparos (ShotSpotter) en Puerto Rico. Afecta directamente a la Comisión de Seguridad Pública, quien debe realizar el estudio, y de forma indirecta a la Policía de Puerto Rico y a la compañía operadora del sistema, al requerir datos y evaluar su funcionamiento. La investigación busca informar posibles mejoras o decisiones futuras sobre el sistema.
Para ordenar a la Comisión de Gobierno de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre el proceso de evaluación, adjudicación y contratación del sistema de vigilancia electrónica mediante video en los planteles escolares del Departamento de Educación de Puerto Rico, y para otros fines relacionados.
La Resolución de la Cámara 336 ordena a la Comisión de Gobierno de la Cámara de Representantes realizar una investigación exhaustiva sobre el proceso de evaluación, adjudicación y contratación del sistema de vigilancia electrónica mediante video en escuelas del Departamento de Educación. La investigación deberá examinar el cumplimiento de requisitos, la razonabilidad económica del contrato, el impacto fiscal, la legalidad de las actuaciones de las juntas de subastas y ASG, el historial de cumplimiento de las partes, y las implicaciones de la paralización del contrato. La Comisión tiene hasta el final de la Segunda Sesión Ordinaria de la Vigésima Asamblea Legislativa (junio de 2026) para rendir un informe final.
Para ordenar a la Comisión de Seguridad Pública de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación sobre la viabilidad de establecer en Puerto Rico un “Clúster de Seguridad”, como una alianza multisectorial destinada a promover la investigación, innovación, capacitación, colaboración interagencial, desarrollo económico y formulación de política pública en materia de seguridad pública, ciberseguridad, protección de infraestructura crítica, resiliencia comunitaria y manejo de emergencias.
La Resolución de la Cámara 758 ordena a la Comisión de Seguridad Pública de la Cámara de Representantes realizar una investigación sobre la viabilidad de establecer un "Clúster de Seguridad" en Puerto Rico. Este clúster sería una alianza multisectorial para promover investigación, innovación, capacitación, colaboración interagencial, desarrollo económico y formulación de política pública en áreas como seguridad pública, ciberseguridad, infraestructura crítica, resiliencia comunitaria y manejo de emergencias. La investigación debe completarse en 120 días y determinar la necesidad pública, modelos existentes, áreas de enfoque, participantes potenciales, fuentes de financiamiento, estructura administrativa, riesgos de duplicidad y métricas de rendición de cuentas.
Para ordenar a la Comisión de Gobierno de la Cámara de Representantes del Gobierno de Puerto Rico, a realizar una investigación sobre capacidad de generación de cada planta generatriz de energía eléctrica en la Isla y los estimados o proyecciones de la demanda de energía eléctrica que se espera en los próximos 5 años considerando el posible aumento en la demanda de energía eléctrica por centros de datos, que impulsan las aplicaciones de inteligencia artificial (IA), y para otros fines relacionados.
La Resolución de la Cámara 488 ordena a la Comisión de Gobierno de la Cámara de Representantes realizar una investigación exhaustiva sobre la capacidad actual de generación de cada planta eléctrica en Puerto Rico y las proyecciones de demanda energética para los próximos 5 años. El análisis debe considerar el impacto del crecimiento de centros de datos para inteligencia artificial (IA). La Comisión deberá solicitar información a AEE, LUMA Energy y Genera PR, y tiene facultad para citar y requerir documentos. Se establece un plazo de 120 días para rendir un informe con hallazgos y recomendaciones, afectando directamente a las entidades energéticas y a la planificación futura de la red eléctrica de la Isla.
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