Qué propone
Esta Resolución Conjunta ordena al Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO) y al Departamento de Agricultura a realizar un estudio en un plazo de 90 días. El estudio debe analizar el aumento de precios en la canasta básica de alimentos, su composición, el impacto en hogares vulnerables y proponer acciones de mitigación a corto, mediano y largo plazo. Podrán coordinar con otras agencias u organizaciones.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
La medida aborda el aumento de precios en la canasta básica, un tema directamente relacionado con la histórica dependencia de Puerto Rico de alimentos importados, como se describe en los fragmentos. Esta dependencia, cimentada por la transformación económica hacia la industrialización y la vulnerabilidad logística, hace que la isla sea susceptible a interrupciones en las cadenas de suministro globales y a fluctuaciones de precios externas, como las causadas por eventos en Medio Oriente.
En qué va
La Resolución Conjunta de la Cámara 342 fue el 27 de abril de 2026 y referida a la Comisión de Asuntos del Consumidor de la Cámara de Representantes el 30 de abril de 2026, tras su primera lectura.
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Última acción · 30 de abril de 2026
Referido a Comisión(es)
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para ordenar al Secretario del Departamento de Agricultura del Estado Libre Asociado de Puerto Rico a crear un plan decenal de acuerdo con su responsabilidad para establecer y aumentar la seguridad alimentaria de los puertorriqueños y puertorriqueñas mediante la disponibilidad de productos agrícolas; y para que lleve a cabo todos los acuerdos colaborativos que sean necesarios para lograr cumplir con los objetivos de esta pieza legislativa.
Esta Resolución Conjunta ordena al Secretario del Departamento de Agricultura de Puerto Rico a desarrollar un plan decenal (10 años) enfocado en aumentar la seguridad alimentaria mediante la disponibilidad de productos agrícolas locales. Para ello, se le faculta a establecer acuerdos colaborativos y a identificar fondos estatales y federales. El Departamento deberá presentar un plan de trabajo detallado en 180 días y un informe anual de progreso.
“Para ordenar al Departamento de Seguridad Pública a diseñar un Plan de Seguridad Nacional que facilite la distribución de alimentos y seguridad alimentaria ante cualquier evento o emergencia; y para otros fines relacionados.”
Esta Resolución Conjunta ordena al Departamento de Seguridad Pública (DSP) a diseñar un Plan de Seguridad Nacional enfocado en la distribución de alimentos y la seguridad alimentaria ante emergencias. El plan deberá considerar el funcionamiento de puertos, fincas agrícolas, vías públicas, sistemas de distribución comunitaria y comercios de alimentos. El DSP debe certificar el cumplimiento de esta orden ante la Legislatura dentro de 60 días naturales tras la aprobación de la medida.
Para ordenar a la Comisión de Asuntos del Consumidor de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre la estructura de precios, los criterios de fijación de precios, los márgenes de ganancia, los costos administrativos y de transportación, el proceso de selección de vendedores, y el grado de fiscalización ejercido por el Departamento de Agricultura sobre los Mercados Familiares auspiciados por dicho Departamento; todo ello con el fin de garantizar que dichos mercados cumplan con su misión social y económica de beneficiar al consumidor y al agricultor local, y de reducir el impacto económico en las familias puertorriqueñas; y para otros fines relacionados.
La Resolución de la Cámara 603 ordena a la Comisión de Asuntos del Consumidor de la Cámara de Representantes realizar una investigación exhaustiva sobre la estructura de precios, márgenes de ganancia, costos, proceso de selección de vendedores y fiscalización del Departamento de Agricultura en los Mercados Familiares. El objetivo es asegurar que cumplan su misión de beneficiar al consumidor y agricultor local, y reducir el impacto económico en las familias. La investigación debe completarse en 180 días.
Para prohibir a toda persona natural o jurídica que ofrezca bienes o servicios en Puerto Rico usar como excusa, razón o fundamento para aumentar los precios de sus productos o servicios, el alza de los costos provocados por aranceles federales que no han entrado en vigor, que fueron revocados o que no han sido aplicados todavía a los productos que tiene en inventario y que adquirió sin pagar arancel, o aumento en arancel alguno en su cadena de distribución en Puerto Rico; ordenar al Departamento de Asuntos del Consumidor a establecer todos los mecanismos pertinentes y necesarios para evitar un alza ficticia en los precios de los bienes y servicios de consumo que sean alegadamente justificados por los aranceles que Estados Unidos ha estado imponiendo a la importación de productos de distintos países; para establecer la obligación de someter informes periódicos ante la Asamblea Legislativa; y para otros fines relacionados.
Esta Resolución Conjunta prohíbe a personas naturales o jurídicas en Puerto Rico usar como excusa para aumentar precios el alza de costos por aranceles federales que no han entrado en vigor, han sido revocados, o no se aplican a inventario ya adquirido sin arancel. Ordena al Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO) a establecer mecanismos para prevenir alzas ficticias y exige informes periódicos a la Asamblea Legislativa. Afecta a comerciantes, suplidores y consumidores en Puerto Rico.
Para ordenar a la Comisión de Asuntos del Consumidor realizar una minuciosa y continua investigación sobre todo asunto relacionado con la fijación de precios, alquileres, tarifas y calidad de productos incluyendo todo lo relacionado a la venta de libros de texto escolares y el pago de matrícula y mensualidades de los colegios privados a todo los niveles escolares; aspectos relacionados a ventas a plazos, financiamiento y crédito que afecten al consumidor incluyendo ante agencias, corporaciones públicas e instrumentalidades del gobierno que brinden servicios directos ante la ciudadanía; las garantías sobre productos y servicios, pesas y medidas, prácticas engañosas, anuncios y publicidad, servicios y educación al consumidor; el análisis y revisión de toda legislación concerniente a los asuntos del consumidor; y para otros fines relacionados.
La Resolución de la Cámara 105 ordena a la Comisión de Asuntos del Consumidor de la Cámara de Representantes llevar a cabo una investigación exhaustiva y continua. Esta investigación abarcará la fijación de precios, alquileres, tarifas y calidad de productos, con énfasis en libros de texto escolares y colegiaturas de colegios privados. También incluirá aspectos de financiamiento y crédito al consumidor, garantías, prácticas engañosas, publicidad, servicios educativos al consumidor, y la revisión de legislación vigente. La Comisión podrá citar personas y entidades, solicitar documentos e información, y deberá rendir informes parciales y uno final antes de que concluya la Vigésima Asamblea Legislativa.
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