Para ordenar a la Autoridad de Carreteras y Transportación de Puerto Rico, conforme a los estatutos de la Ley Núm. 74 de 23 de junio de 1965, según enmendada, establecer e implantar los mecanismos necesarios para el funcionamiento eficiente de los sistemas de alumbrado eléctrico en las calles y carreteras que posibilitan y viabilizan el tránsito de vehículos y peatones en el Municipio de Isabela; igualmente, desarrollar planes de mantenimiento y provisión de servicios para garantizar la existencia y ejecución efectiva de la infraestructura que genere energía para iluminación precisa y adecuada en las vías de rodaje y caminos antes referidos.
Qué propone
La Resolución Conjunta de la Cámara 95 ordena a la Autoridad de Carreteras y Transportación (ACT) a establecer e implementar mecanismos para el funcionamiento eficiente de los sistemas de alumbrado eléctrico en las calles y carreteras del Municipio de Isabela. También le exige desarrollar planes de mantenimiento y provisión de servicios para garantizar la infraestructura de iluminación en dichas vías. La ACT deberá presentar un informe sobre los resultados en un plazo de 120 días tras la aprobación de la medida.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
La medida aborda el mantenimiento de la infraestructura vial, específicamente el alumbrado, lo cual se enmarca en el problema histórico de la red de carreteras secundarias y terciarias de Puerto Rico que padece de un problema crónico de mantenimiento diferido, como se describe en los fragmentos. Esto incluye la falta de inversión sostenida en repavimentación y mitigación de deslizamientos, lo que afecta la seguridad y los costos de operación vehicular de los ciudadanos.
En qué va
La Resolución Conjunta de la Cámara 95 fue el 31 de marzo de 2025 y referida a la Comisión de la Región Oeste de la Cámara de Representantes el 3 de abril de 2025, donde se encuentra actualmente.
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Última acción · 3 de abril de 2025
Referido a Comisión(es)
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Para ordenar a la Autoridad de Carreteras y Transportación de Puerto Rico, conforme a los estatutos de la Ley Núm. 74 de 23 de junio de 1965, según enmendada, establecer e implantar los mecanismos necesarios para el funcionamiento eficiente de los sistemas de alumbrado eléctrico en las calles y carreteras que posibilitan y viabilizan el tránsito de vehículos y peatones en el Municipio de San Sebastián; igualmente, desarrollar planes de mantenimiento y provisión de servicios para garantizar la existencia y ejecución efectiva de la infraestructura que genere energía para iluminación precisa y adecuada en las vías de rodaje y caminos antes referidos.
Esta Resolución Conjunta ordena a la Autoridad de Carreteras y Transportación (ACT) establecer e implementar mecanismos para el funcionamiento eficiente de los sistemas de alumbrado eléctrico en calles y carreteras del Municipio de San Sebastián. Igualmente, le ordena desarrollar planes de mantenimiento y provisión de servicios para garantizar la infraestructura de iluminación en dichas vías. La ACT deberá presentar un informe sobre los resultados de esta orden dentro de 120 días tras la aprobación de la medida.
Para ordenar a la Autoridad de Carreteras y Transportación de Puerto Rico y al Municipio de San Juan establecer e implantar los mecanismos necesarios para la instalación de sistemas de alumbrado eléctrico en las carreteras y aceras del Viejo San Juan que posibilitan y viabilizan el tránsito de vehículos y de peatones, de manera particular el paso de corredores y personas que utilizan la isleta para hacer ejercicios; igualmente, desarrollar el mantenimiento de servicios para garantizar la existencia y ejecución efectiva de la infraestructura que genere energía para la iluminación precisa y adecuada en la isleta del Viejo San Juan; y para otros fines relacionados.
La Resolución Conjunta de la Cámara 178 ordena a la Autoridad de Carreteras y Transportación (ATH) y al Municipio de San Juan a establecer e implementar sistemas de alumbrado eléctrico en las carreteras y aceras del Viejo San Juan. El objetivo es facilitar el tránsito vehicular y peatonal, especialmente para corredores y personas que hacen ejercicio, y asegurar el mantenimiento de dicha infraestructura. Ambas agencias deberán presentar un informe de resultados en un plazo de 120 días tras la aprobación de la medida.
Para ordenar al Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP) y la Autoridad de Carreteras y Transportación de Puerto Rico (ACPR) a identificar los fondos necesarios y realizar el proyecto de mejoras geométricas y reducción de congestión en la PR-153, entre la PR-542 y la entrada a Plaza Santa Isabel; garantizar la seguridad y el bienestar de todos los conductores que transitan por dicha vía; y para otros fines relacionados.
La Resolución Conjunta de la Cámara 71 ordena al Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP) y a la Autoridad de Carreteras y Transportación (ACT) identificar los fondos necesarios y ejecutar un proyecto de mejoras geométricas y reducción de congestión en la PR-153, entre la PR-542 y la entrada a Plaza Santa Isabel. Busca garantizar la seguridad y el bienestar de los conductores en esa vía. La medida establece plazos para la identificación de fondos y la adjudicación de subastas, y exige que se garantice la seguridad durante y después de la construcción.
Para ordenar al Departamento de Transportación y Obras Públicas y a la Autoridad de Carreteras y Transportación del Gobierno de Puerto Rico, a confeccionar y ejecutar, de manera prioritaria, un plan de obras y mejoras permanentes, en las carreteras estatales del Municipio de Loíza; y para otros fines relacionados.
Esta Resolución Conjunta ordena al Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP) y a la Autoridad de Carreteras y Transportación (ACT) a crear y llevar a cabo, con carácter de prioridad, un plan de obras y mejoras permanentes en las carreteras estatales del Municipio de Loíza. Además, establece que ambas agencias deben presentar un informe a la Asamblea Legislativa, detallando estos planes de expansión y mejoras, dentro de los 120 días posteriores a la aprobación de la medida.
Para ordenar a la Comisión de Transportación e Infraestructura de la Cámara de Representantes realizar una investigación exhaustiva sobre las deficiencias en la reparación y reemplazo de luminarias en las carreteras estatales y municipales de los Municipios de Toa Baja y Cataño; examinar el “Programa Iniciativa de Alumbrado Público Comunitario” de LUMA, su ejecución, alcance y cumplimiento con las necesidades de las comunidades; evaluar la respuesta de LUMA Energy a los reclamos ciudadanos; analizar los recursos económicos y tecnológicos utilizados para atender esta problemática; y para otros fines relacionados.
La Resolución de la Cámara 86 ordena a la Comisión de Transportación e Infraestructura de la Cámara de Representantes realizar una investigación exhaustiva sobre las deficiencias en la reparación y reemplazo de luminarias en Toa Baja y Cataño. La investigación debe examinar el Programa de Iniciativa de Alumbrado Público Comunitario de LUMA, su ejecución, alcance y cumplimiento; evaluar la respuesta de LUMA a reclamos ciudadanos; y analizar los recursos económicos y tecnológicos utilizados. El objetivo es atender la problemática del alumbrado público y sus implicaciones en la seguridad vial y calidad de vida.
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