Para ordenar al Departamento de Transportación y Obras Públicas y a la Autoridad de Carreteras y Transportación llevar a cabo todas las gestiones necesarias con LUMA Energy, la Autoridad de Energía Eléctrica, o cualquier otra entidad correspondiente, para la instalación de alumbrado en la Carretera PR-2 en la jurisdicción de los Municipios de San Juan, Guaynabo, Bayamón, Toa Baja, Dorado, Vega Alta, Vega Baja, Manatí, Barceloneta, Arecibo, Hatillo, Camuy, Quebradillas, Isabela, Moca, Aguadilla, Aguada, Añasco, Mayagüez, Hormigueros, San Germán, Sabana Grande, Guánica, Yauco, Guayanilla, Peñuelas, Ponce; disponer la procedencia de fondos para las obras ordenadas; y para otros fines relacionados.
Qué propone
La resolución ordena al DTOP y a la ACT coordinar con LUMA, la AEE u otras entidades para mejorar el alumbrado de la PR-2 en 27 municipios. También ordena evaluar las luminarias, identificar dónde repararlas o instalar nuevas, buscar fondos y preparar un plan con cronograma. El DTOP y la ACT deben informar a ambas cámaras dentro de 90 días y, después de cumplir con la Sección 2, presentar informes el primer día de cada . Autoriza solicitar fondos de la ley federal de infraestructura y usar fondos estatales o federales disponibles, cuya distribución certificará la OGP, pero no fija una cantidad.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
La Cámara la aprobó el 1 de mayo de 2025. El Senado recibió un informe de comisión que recomendó aprobarla, pero la derrotó a viva voz el 25 de junio de 2025, por lo que la resolución no fue aprobada.
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Última acción · 25 de junio de 2025
Derrotado a viva voz
La lectura de coincidencia compara solo a favor vs. en contra de cada lado.
A favor (51)
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