Qué propone
Esta Resolución Conjunta ordena al Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP) y a la Autoridad de Carreteras y Transportación (ACT) que, en coordinación con LUMA Energy, la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE) u otras entidades, establezcan e implanten mecanismos para el funcionamiento eficiente del sistema de alumbrado eléctrico en calles y carreteras del Municipio de Mayagüez. También les ordena desarrollar planes de mantenimiento y provisión de servicios para garantizar la infraestructura de iluminación en dichas vías. Adicionalmente, se les requiere presentar un informe detallado sobre el cumplimiento de estas órdenes dentro de 120 días tras su aprobación.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
La Resolución Conjunta de la Cámara 62 fue el 20 de febrero de 2025, el 13 de noviembre de 2025 y posteriormente con el 3 de septiembre de 2026. Actualmente se encuentra en etapa de conferencia.
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Última acción · 3 de septiembre de 2026
Aprobado por el Senado
La lectura de coincidencia compara solo a favor vs. en contra de cada lado.
A favor (47)
A favor (21)
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para ordenar a la Autoridad de Carreteras y Transportación de Puerto Rico, conforme a los estatutos de la Ley Núm. 74 de 23 de junio de 1965, según enmendada, establecer e implantar los mecanismos necesarios para el funcionamiento eficiente de los sistemas de alumbrado eléctrico en las calles y carreteras que posibilitan y viabilizan el tránsito de vehículos y peatones en los sectores propios de los barrios Duey Bajo, Rosario Bajo, Rosario Peñón, Rosario Alto, Caín Alto, Hoconuco Alto, Caín Bajo, Hoconuco Bajo y Duey Alto en el Municipio de San Germán; igualmente, desarrollar planes de mantenimiento y provisión de servicios para garantizar la existencia y ejecución efectiva de la infraestructura que genere energía para iluminación precisa y adecuada en las vías de rodaje y caminos antes referidos.
Esta Resolución Conjunta ordena al Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP) y a la Autoridad de Carreteras y Transportación (ACT), en coordinación con LUMA Energy y la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE), a establecer e implementar mecanismos para el funcionamiento eficiente del alumbrado eléctrico en calles y carreteras de barrios específicos de San Germán. También les ordena desarrollar planes de mantenimiento y provisión de servicios para garantizar la infraestructura de iluminación. Originalmente ordenaba a DTOP y ACT, pero fue enmendada para incluir explícitamente a LUMA Energy como responsable principal de la ejecución.
Para ordenar a la Autoridad de Carreteras y Transportación de Puerto Rico, conforme a los estatutos de la Ley Núm. 74 de 23 de junio de 1965, según enmendada, establecer e implantar los mecanismos necesarios para el funcionamiento eficiente de los sistemas de alumbrado eléctrico en las calles y carreteras que posibilitan y viabilizan el tránsito de vehículos y peatones en el Municipio de Isabela; igualmente, desarrollar planes de mantenimiento y provisión de servicios para garantizar la existencia y ejecución efectiva de la infraestructura que genere energía para iluminación precisa y adecuada en las vías de rodaje y caminos antes referidos.
La Resolución Conjunta de la Cámara 95 ordena a la Autoridad de Carreteras y Transportación (ACT) a establecer e implementar mecanismos para el funcionamiento eficiente de los sistemas de alumbrado eléctrico en las calles y carreteras del Municipio de Isabela. También le exige desarrollar planes de mantenimiento y provisión de servicios para garantizar la infraestructura de iluminación en dichas vías. La ACT deberá presentar un informe sobre los resultados en un plazo de 120 días tras la aprobación de la medida.
Para ordenar a la Autoridad de Carreteras y Transportación de Puerto Rico, conforme a los estatutos de la Ley Núm. 74 de 23 de junio de 1965, según enmendada, establecer e implantar los mecanismos necesarios para el funcionamiento eficiente de los sistemas de alumbrado eléctrico en las calles y carreteras que posibilitan y viabilizan el tránsito de vehículos y peatones en el Municipio de San Sebastián; igualmente, desarrollar planes de mantenimiento y provisión de servicios para garantizar la existencia y ejecución efectiva de la infraestructura que genere energía para iluminación precisa y adecuada en las vías de rodaje y caminos antes referidos.
Esta Resolución Conjunta ordena a la Autoridad de Carreteras y Transportación (ACT) establecer e implementar mecanismos para el funcionamiento eficiente de los sistemas de alumbrado eléctrico en calles y carreteras del Municipio de San Sebastián. Igualmente, le ordena desarrollar planes de mantenimiento y provisión de servicios para garantizar la infraestructura de iluminación en dichas vías. La ACT deberá presentar un informe sobre los resultados de esta orden dentro de 120 días tras la aprobación de la medida.
Para ordenar al Departamento de Transportación y Obras Públicas y a la Autoridad de Carreteras y Transportación llevar a cabo todas las gestiones necesarias con LUMA Energy, la Autoridad de Energía Eléctrica, o cualquier otra entidad correspondiente, para la instalación de alumbrado en la Carretera PR-2 en la jurisdicción de los Municipios de San Juan, Guaynabo, Bayamón, Toa Baja, Dorado, Vega Alta, Vega Baja, Manatí, Barceloneta, Arecibo, Hatillo, Camuy, Quebradillas, Isabela, Moca, Aguadilla, Aguada, Añasco, Mayagüez, Hormigueros, San Germán, Sabana Grande, Guánica, Yauco, Guayanilla, Peñuelas, Ponce; disponer la procedencia de fondos para las obras ordenadas; y para otros fines relacionados.
Esta Resolución Conjunta ordena al Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP) y a la Autoridad de Carreteras y Transportación (ACT) a gestionar con LUMA Energy y la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE) la mejora del alumbrado en la Carretera PR-2, abarcando 27 municipios. Se les instruye a evaluar, reparar o instalar nuevo alumbrado, coordinar recursos, buscar financiamiento (incluyendo fondos federales de la Infrastructure Investment and Jobs Act), y presentar informes de cumplimiento. La Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP) certificará la distribución de fondos.
Para ordenar al Departamento de Transportación y Obras Públicas y a la Autoridad de Carreteras y Transportación de Puerto Rico, conforme a los estatutos de la Ley Núm. 74 de 23 de junio de 1965, según enmendada, en coordinación con LUMA Energy, la Autoridad de Energía Eléctrica, o cualquier otra entidad correspondiente establecer e implementar los mecanismos necesarios para el funcionamiento eficiente de los sistemas de alumbrado eléctrico, así como de los semáforos o señales de control de tráfico, en las calles y carreteras que posibilitan y viabilizan el tránsito de vehículos y peatones en los municipios de Cidra y Cayey, los cuales comprenden en Distrito Representativo número 29; desarrollar planes de mantenimiento y provisión de servicios para garantizar la existencia y ejecución efectiva de la infraestructura que genere energía para iluminación precisa y adecuada en las vías de rodaje y caminos antes referidos; y para otros fines relacionados.
La Resolución Conjunta de la Cámara 246 ordena al Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP) y a la Autoridad de Carreteras y Transportación (ACT) que, en coordinación con LUMA Energy, la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE) u otras entidades, establezcan e implementen mecanismos para el funcionamiento eficiente de los sistemas de alumbrado eléctrico y semáforos en las calles y carreteras de Cidra y Cayey. También ordena el desarrollo de planes de mantenimiento y provisión de servicios para garantizar la infraestructura de iluminación y exige un informe a la Asamblea Legislativa sobre el cumplimiento.
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