Qué propone
Esta medida propone asignar la cantidad de ciento cincuenta millones de dólares ($150,000,000) del del Tesoro Estatal. Estos fondos se destinarán a cubrir necesidades de servicios esenciales de los gobiernos municipales de Puerto Rico. La distribución se basará en las necesidades económicas y específicas de cada municipio.
Pros
Contras
Intereses en juego
📜 Perspectiva histórica
. La medida aborda la necesidad de fondos para los municipios, un tema central en la historia reciente de Puerto Rico. La eliminación del Fondo de Equiparación por la crisis fiscal y la Junta de Supervisión ha dejado a muchos ayuntamientos vulnerables, haciendo que la estatales sea crucial para la provisión de servicios esenciales.
En qué va
La medida RCS 219 fue el 16 de enero de 2025. Al no contar con el texto completo, se desconoce su trámite posterior en comisiones legislativas.
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Última acción · 16 de enero de 2025
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Para asignar la cantidad de ciento cincuenta millones (150,000,000) de dólares, con cargo al Fondo General del Tesoro Estatal, para cubrir las necesidades de servicios esenciales de los gobiernos municipales para que puedan ser utilizados por los municipios de Puerto Rico de acuerdo con sus necesidades económicas y tomando en consideración las necesidades de cada municipio; disponer sobre la distribución de los fondos; y para otros fines.
La Resolución Conjunta del Senado 19 (RCS 19) propone asignar $150 millones del Fondo General del Tesoro Estatal para cubrir necesidades de servicios esenciales de los municipios. Estos fondos se distribuirían según las necesidades económicas y críticas de cada municipio, pudiendo ser utilizados para seguridad municipal, gestión de emergencias, entrega de medicamentos y alimentos, pavimentación de calles secundarias, equipos de salud, servicios a niños, jóvenes y ancianos, ornato, cuidado infantil, y mantenimiento de infraestructura y áreas verdes, entre otros.
Para asignar la cantidad de cuatro millones setecientos veintiocho mil doscientos sesenta y cinco con noventa centavos ($4,728,265.90) provenientes de los fondos correspondientes a la participación de los municipios en los ingresos generados por las Máquinas de Juegos de Azar en Ruta, en virtud de la Sección 29 de la Ley Núm. 11 de 22 de agosto de 1933, según enmendada, conocida como “Ley de Máquinas de Juegos de Azar”, certificados por la Comisión de Juegos del Gobierno de Puerto Rico al 15 de junio de 2026, para ser distribuidos entre los gobiernos municipales de Puerto Rico con el propósito de atender operaciones municipales; proveer los servicios esenciales; para sufragar obras y mejoras permanentes; mejoras de capital; proyectos de desarrollo económico; mantenimiento de infraestructura crítica; la salud y la seguridad pública de los municipios del Gobierno de Puerto Rico; autorizar el desembolso de dichos fondos; y para otros fines relacionados.
Esta Resolución Conjunta asigna $4,728,265.90 de los ingresos generados por máquinas de juegos de azar en ruta, específicamente de la porción destinada a los municipios, para ser distribuidos entre los gobiernos municipales. Los fondos se destinarán a operaciones municipales, servicios esenciales, obras permanentes, mejoras de capital, desarrollo económico, mantenimiento de infraestructura crítica, y salud y seguridad pública. La medida autoriza el desembolso de estos fondos, que provienen de un balance certificado por la Comisión de Juegos al 15 de junio de 2026.
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