Qué propone
La Resolución del Senado 100 ordena a la Comisión de Gobierno del Senado de Puerto Rico llevar a cabo una investigación exhaustiva sobre el cierre contemplado de Centros de Experiencia al Cliente de LUMA Energy en San Sebastián y San Germán. La investigación debe identificar las causas de esta acción, sus repercusiones sociales, económicas y operativas en el área oeste, y la falta de notificación o estudio previo por parte de LUMA Energy. La Comisión tiene un plazo de noventa (90) días para presentar un informe final con hallazgos, conclusiones y recomendaciones.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
Esta medida se inscribe en el debate sobre la privatización del sistema eléctrico de Puerto Rico, que comenzó con la quiebra de la AEE y la posterior entrada de LUMA Energy en 2021 para la transmisión y distribución. El cierre de los Centros de Experiencia al Cliente de LUMA Energy es un ejemplo de las repercusiones operativas y de servicio que han generado controversia y críticas sobre la gestión de la empresa y su rendición de cuentas.
En qué va
Esta Resolución del Senado (RS 100) fue el 12 de marzo de 2025, referida a Comisión el 13 de marzo de 2025, y por su autor el 12 de mayo de 2026.
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Última acción · 12 de mayo de 2026
por su Autor
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para ordenar a la Comisión de Gobierno del Senado de Puerto Rico a realizar una investigación exhaustiva sobre el posible cierre planificado de siete (7) Centros de Experiencia al Cliente de LUMA Energy; y para otros fines.
La Resolución del Senado 85 ordena a la Comisión de Gobierno del Senado de Puerto Rico a llevar a cabo una investigación exhaustiva sobre el posible cierre de siete (7) Centros de Experiencia al Cliente de LUMA Energy. La investigación debe concluir y presentar un informe con hallazgos, conclusiones y recomendaciones dentro de un plazo de ciento ochenta (180) días tras la aprobación de la medida. Esta orden legislativa busca esclarecer las razones detrás de la decisión de LUMA y sus implicaciones, afectando directamente a la empresa, sus clientes y la política pública de protección a poblaciones vulnerables.
“Para expresar el más enérgico rechazo del Senado del Estado Libre Asociado de Puerto Rico al sorpresivo anuncio del cierre de las oficinas de atención al cliente que el consorcio LUMA Energy administra en siete (7) municipios de Puerto Rico; del mismo modo, instar al Gobierno de Puerto Rico a exigirle al mencionado consorcio, por conducto del zar de la energía y director ejecutivo de la Autoridad para las Alianzas Público-Privadas, que se identifiquen alternativas para evitar y detener el cierre de estas oficinas; y para otros fines relacionados.”
La Resolución del Senado 86 (RS 86) es una medida legislativa que expresa el rechazo del Senado al anuncio de LUMA Energy sobre el cierre de siete (7) oficinas de atención al cliente. Insta al Gobierno de Puerto Rico, a través del zar de la energía y el director ejecutivo de la Autoridad para las Alianzas Público-Privadas, a identificar alternativas para evitar o detener dichos cierres. No crea ley ni asigna fondos, sino que fija una postura y hace un llamado a la acción gubernamental.
Para ordenar a la Comisión de Asuntos Municipales y a la Comisión de Gobierno del Senado de Puerto Rico a realizar una investigación exhaustiva sobre los procesos, protocolos y planes de respuesta de la empresa LUMA Energy ante interrupciones en el servicio eléctrico en los municipios de Puerto Rico; examinar la efectividad de las medidas adoptadas, los tiempos de respuesta, la coordinación con las agencias gubernamentales y municipios, así como las consecuencias para los abonados; y para otros fines relacionados.
La Resolución del Senado 281 ordena a las Comisiones de Asuntos Municipales y de Gobierno del Senado de Puerto Rico a realizar una investigación exhaustiva sobre los procesos, protocolos y planes de respuesta de LUMA Energy ante interrupciones del servicio eléctrico. La investigación examinará la efectividad de las medidas, tiempos de respuesta, coordinación intergubernamental y consecuencias para los abonados. Las comisiones deberán rendir un informe con hallazgos y recomendaciones en un plazo de 120 días tras la aprobación de la medida.
Para ordenar a la Comisión de Planificación, Permisos, Infraestructura y Urbanismo del Senado de Puerto Rico realizar una investigación sobre el impacto de los apagones y fluctuaciones de energía eléctrica en el funcionamiento del sistema de acueductos y alcantarillados de Puerto Rico; los daños ocasionados a bombas y otros equipos esenciales para su operación; la continuidad del servicio a la ciudadanía; y la coordinación y posible responsabilidad de LUMA Energy LLC; y para otros fines relacionados.
La Resolución del Senado (RS) 435 ordena a la Comisión de Planificación, Permisos, Infraestructura y Urbanismo del Senado de Puerto Rico a realizar una investigación sobre el impacto de los apagones y fluctuaciones de energía eléctrica en el sistema de acueductos y alcantarillados. La investigación debe cubrir daños a equipos, continuidad del servicio, coordinación entre agencias y la posible responsabilidad de LUMA Energy LLC. La Comisión tiene 180 días para rendir un informe parcial y deberá presentar informes adicionales y uno final antes de que concluya la actual Asamblea Legislativa.
Para ordenar a la Comisión de Transportación, Telecomunicaciones, Servicios Públicos y Asuntos del Consumidor del Senado de Puerto Rico llevar a cabo una investigación exhaustiva sobre la interpretación y aplicación de la Ley 36-2024 por parte de LUMA Energy, LLC, a los fines de garantizar el cumplimiento con la intención legislativa y supervisar la correcta implementación de dicha ley, asegurando la protección de los derechos de los consumidores comerciales, industriales e institucionales y comprobando si se han corregido errores de facturación y atrasos en las lecturas de consumo de energía.
La Resolución del Senado 78 ordena a la Comisión de Transportación, Telecomunicaciones, Servicios Públicos y Asuntos del Consumidor del Senado de Puerto Rico llevar a cabo una investigación exhaustiva. El objetivo es examinar cómo LUMA Energy, LLC interpreta y aplica la Ley 36-2024, para asegurar el cumplimiento de la intención legislativa, supervisar la implementación de dicha ley, proteger los derechos de consumidores comerciales, industriales e institucionales, y verificar la corrección de errores de facturación y atrasos en lecturas de consumo de energía.
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