“Para ordenar a la Comisión de Gobierno del Senado de Puerto Rico, realizar una investigación sobre el proceso de subasta, evaluación, adjudicación y contratación que se lleva a cabo por encomienda de la Autoridad de Energía Eléctrica de Puerto Rico y la Autoridad de Alianzas Público Privadas mediante la firma Regulatory Compliance Services con el propósito de seleccionar un proveedor para brindar energía de manera temporera en la temporada de alta demanda, incluyendo las denuncias públicas que ha realizado New Fortress Energy; y para otros fines relacionados.
Qué propone
La Resolución del Senado 205 (RS 205) ordenaba a la Comisión de Gobierno del Senado de Puerto Rico realizar una investigación sobre el proceso de subasta, evaluación, adjudicación y contratación para la selección de un proveedor de energía temporera, encomendado por la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE) y la Autoridad de Alianzas Público Privadas (APP) a través de la firma Regulatory Compliance Services. El propósito era incluir denuncias públicas de New Fortress Energy sobre este proceso.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
La medida se enmarca en la historia de la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE) y su privatización, especialmente la de la generación asumida por Genera PR, una subsidiaria de New Fortress Energy. La investigación sobre el proceso de subasta y contratación para energía temporera, incluyendo las denuncias de New Fortress Energy, refleja las complejidades y controversias que han caracterizado la transición del monopolio público de la AEE a un modelo de , un proceso que ha sido objeto de debate sobre la transparencia y la efectividad del servicio.
En qué va
La Resolución del Senado 205 fue el 22 de mayo de 2025 y referida a comisión. El 2 de junio de 2026, la Comisión de Asuntos Internos del Senado emitió un , no recomendando su aprobación, por considerar que el asunto ya estaba siendo atendido por otros foros.
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Última acción · 2 de junio de 2026
Comisión no recomienda aprobación de la medida
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para ordenar al Senado del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, que de conformidad con la Sección 21.5 del Reglamento del Senado de Puerto Rico, se reúna en Comisión Total para realizar una Sesión de Interpelación en torno al proceso de subasta, evaluación, adjudicación y contratación que se llevó a cabo por encomienda de la Autoridad de Energía Eléctrica de Puerto Rico y la Autoridad de Alianzas Público Privadas mediante la firma Regulatory Compliance Services ente independiente (3PPO) contratado por la Autoridad de Alianzas Público-Privadas (AAPP) con el propósito de seleccionar un proveedor para brindar energía de manera temporera en Puerto Rico, incluyendo las denuncias públicas que realizadas en el 2025 por el Wes Edens, CEO de New Fortress Energy, así como de todos los señalamientos que han surgido durante el presente año en torno a este proceso de adjudicación del contrato ascendente a $5,886,720,000.00 así como cualquier otra información requerida por los integrantes del Senado del Estado Libre Asociado de Puerto Rico; y para otros fines relacionados.
La Resolución del Senado 584 ordena al Senado de Puerto Rico reunirse en Comisión Total para realizar una Sesión de Interpelación. El propósito es investigar el proceso de subasta, evaluación, adjudicación y contratación de un proveedor de energía temporera, llevado a cabo por la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE) y la Autoridad de Alianzas Público Privadas (AAPP). La investigación debe incluir denuncias públicas de 2025 y señalamientos del presente año sobre un contrato de $5,886,720,000.00, y cualquier otra información que los senadores requieran.
Para ordenar a la Comisión de Gobierno del Senado de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre los procesos de contratación y subasta para el suministro de gas natural licuado (GNL) llevados a cabo por la Third-Party Procurement Office (3PPO) y Genera PR, incluyendo el manejo de propuestas de suplidores, los criterios de evaluación utilizados, la legalidad y transparencia de los procesos de adquisición, posibles limitaciones a la participación de empresas calificadas, la posible existencia de conflictos de interés, y para evaluar medidas que aseguren eficiencia, equidad y beneficio público en la política energética de Puerto Rico, y para otros fines relacionados.
La R. del S. 259 es una resolución de investigación: no enmienda leyes ni crea derechos u obligaciones generales. Ordenaría a la Comisión de Gobierno del Senado investigar los procesos de contratación de GNL de 3PPO y Genera PR, incluidos los procesos de urgencia y las subastas a corto y largo plazo. La investigación abarcaría propuestas, criterios de selección, costos, participación de suplidores y posibles conflictos de interés, con énfasis en las plantas de San Juan y Palo Seco. La Comisión tendría que entregar al Senado, dentro de 90 días de aprobarse la resolución, un informe con hallazgos, conclusiones y recomendaciones específicas.
Para ordenar a la Comisión de Asuntos Federales y Veteranos de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación sobre el proceso de adjudicación y las condiciones del contrato de arrendamiento, suscrito entre la Autoridad del Puerto de Ponce y Soluciones de Energía Limpia PR LLC, subsidiaria de New Fortress Energy, con respecto a un solar de cuatro cuerdas en el Puerto de Ponce y el acceso al Muelle 8; donde se proyecta la realización de operaciones de trasbordo industrial de gas natural licuado (GNL); a fin de verificar el cumplimiento de las disposiciones y procesos legales aplicables, tanto federales como estatales, incluyendo aspectos de seguridad nacional, comercio interestatal y regulaciones marítimas federales; y para otros fines relacionados.
La Resolución de la Cámara 255 ordena a la Comisión de Asuntos Federales y Veteranos de la Cámara de Representantes de Puerto Rico que investigue el proceso de adjudicación y las condiciones de un contrato de arrendamiento por 25 años entre la Autoridad del Puerto de Ponce y Soluciones de Energía Limpia PR LLC (subsidiaria de New Fortress Energy). El contrato involucra un solar de cuatro cuerdas y el acceso al Muelle 8 en el Puerto de Ponce para operaciones de trasbordo industrial de gas natural licuado (GNL). La investigación debe verificar el cumplimiento de las leyes y regulaciones federales y estatales aplicables, incluyendo aspectos de seguridad nacional, comercio interestatal y regulaciones marítimas. La Comisión tiene 180 días para rendir un informe con sus hallazgos, conclusiones y recomendaciones.
“Para ordenar a la Comisión de Gobierno, realizar una investigación sobre el proceso de subasta, evaluación, adjudicación y contratación para la distribución de combustible a las plantas generadoras de San Juan, Palo Seco, Aguirre y Costa Sur, otorgado por Genera PR LLC, en representación y actuando como agente de la Autoridad de Energía Eléctrica conforme al RFP Núm. 236096, incluyendo toda actuación de Genera PR LLC; para otros fines relacionados.”
La Resolución del Senado 391 ordena a la Comisión de Gobierno del Senado de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre el proceso de subasta, evaluación, adjudicación y contratación para la distribución de combustible a las plantas generadoras de San Juan, Palo Seco, Aguirre y Costa Sur. Dicho proceso fue llevado a cabo por Genera PR LLC, actuando como agente de la Autoridad de Energía Eléctrica, bajo el RFP Núm. 236096, y se enfoca en determinar la legalidad, razonabilidad económica y posibles irregularidades de la adjudicación de un contrato de un año por mil millones de dólares a Puerto Rico Energy LLC. La investigación debe completarse y presentarse un informe en un plazo de noventa (90) días desde la aprobación de la resolución.
Para ordenar a la Comisión de Gobierno del Senado de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre el proceso de emergencia que se diseñó por 3PPO bajo el RFP 3PPO-0314-20-TPG para atendar la crisis en su capacidad generatriz, cómo fue el proceso de evaluación adjudicación y contratación del proponente, y si la entidad escogida para suplir la energía de emergencia tiene la capacidad tanto financiera como operacional para suplir la energía necesaria en un plazo de treinta (30) días.
La Resolución del Senado 256 ordena a la Comisión de Gobierno del Senado de Puerto Rico llevar a cabo una investigación exhaustiva. Esta investigación se centrará en el proceso de emergencia para suplir energía, iniciado bajo el RFP 3PPO-0314-20-TPG, incluyendo la evaluación, adjudicación y contratación del proponente. Además, se debe determinar si la entidad seleccionada, Power Expectations, posee la capacidad financiera y operacional para suministrar la energía requerida en un plazo de treinta (30) días. La medida afecta directamente a la Comisión de Gobierno del Senado, a la Autoridad de Alianzas Público-Privadas (AAPP), a la Oficina de Compras de Terceros Independientes (3PPO), a Genera, a la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE) y a la empresa Power Expectations, así como a la ciudadanía en general por su impacto en el sistema eléctrico.
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