Para ordenar a las comisiones de Planificación, Permisos, Infraestructura y Urbanismo; y de Vivienda y Bienestar Social del Senado de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva, sobre la paralización del proyecto de segregación de solares residenciales en el sector Geraldo del barrio Machuchal, en el municipio de Sabana Grande, debido a la negativa de LUMA Energy de autorizar una conexión eléctrica razonable, a pesar de la existencia de puntos de infraestructura cercanos; y para otros fines relacionados.
Qué propone
La Resolución del Senado 212 (RS 212) proponía ordenar a las comisiones senatoriales de Planificación, Permisos, Infraestructura y Urbanismo; y de Vivienda y Bienestar Social a realizar una investigación exhaustiva. El objetivo era determinar las causas de la paralización de un proyecto de segregación de solares residenciales en Sabana Grande, específicamente la negativa de LUMA Energy a autorizar una conexión eléctrica razonable a pesar de la cercanía de infraestructura.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
La medida sobre la paralización de un proyecto de segregación de solares residenciales en Sabana Grande se relaciona con el tema de vivienda y permisos, que los fragmentos abordan desde la reestructuración del sistema de permisos (Ley 161-2009) y sus debates sobre fiscalización, hasta la escasez de inventario y el alza en los costos habitacionales. La negativa de LUMA Energy a autorizar una conexión eléctrica razonable es un obstáculo que se suma a la complejidad histórica del desarrollo de vivienda en Puerto Rico, donde la burocracia, la informalidad en la titularidad y los retrasos en fondos federales han sido desafíos constantes.
En qué va
La Resolución del Senado 212 fue el 27 de mayo de 2025 y referida a comisiones el 29 de mayo de 2025. Fue , con un emitido por la Comisión de Asuntos Internos el 30 de junio de 2026, que no recomendó su aprobación.
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Última acción · 30 de junio de 2026
Comisión no recomienda aprobación de la medida
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para ordenar a la Comisión de Asuntos Municipales y a la Comisión de Gobierno del Senado de Puerto Rico a realizar una investigación exhaustiva sobre los procesos, protocolos y planes de respuesta de la empresa LUMA Energy ante interrupciones en el servicio eléctrico en los municipios de Puerto Rico; examinar la efectividad de las medidas adoptadas, los tiempos de respuesta, la coordinación con las agencias gubernamentales y municipios, así como las consecuencias para los abonados; y para otros fines relacionados.
La Resolución del Senado 281 ordena a las Comisiones de Asuntos Municipales y de Gobierno del Senado de Puerto Rico a realizar una investigación exhaustiva sobre los procesos, protocolos y planes de respuesta de LUMA Energy ante interrupciones del servicio eléctrico. La investigación debe examinar la efectividad de las medidas adoptadas, los tiempos de respuesta, la coordinación con agencias y municipios, y las consecuencias para los abonados. Las Comisiones tienen 120 días desde la aprobación de la Resolución para rendir un informe con hallazgos y recomendaciones.
Para enmendar la Sección 4 de la R. del S. 435, según aprobada el 17 de febrero de 2026, a los fines de extender el término de tiempo de la Comisión de Planificación, Permisos, Infraestructura y Urbanismo del Senado de Puerto Rico, para rendir su informe final.
Esta Resolución del Senado (R. del S. 583) enmienda la Sección 4 de la Resolución del Senado 435, aprobada el 17 de febrero de 2026. Su propósito es extender el plazo para que la Comisión de Planificación, Permisos, Infraestructura y Urbanismo del Senado rinda su informe final sobre la investigación del impacto de los apagones en el sistema de acueductos y alcantarillados y la responsabilidad de LUMA Energy LLC. La enmienda modifica la fecha límite original, que era el 16 de agosto de 2026.
“Para ordenar a la Comisión de Gobierno del Senado de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre el cierre contemplado de los Centros de Experiencia al Cliente de LUMA Energy en los municipios de San Sebastián y San Germán del Distrito Senatorial MayagüezAguadilla y para otros fines.”
La Resolución del Senado 100 ordena a la Comisión de Gobierno del Senado de Puerto Rico llevar a cabo una investigación exhaustiva sobre el cierre contemplado de Centros de Experiencia al Cliente de LUMA Energy en San Sebastián y San Germán. La investigación debe identificar las causas de esta acción, sus repercusiones sociales, económicas y operativas en el área oeste, y la falta de notificación o estudio previo por parte de LUMA Energy. La Comisión tiene un plazo de noventa (90) días para presentar un informe final con hallazgos, conclusiones y recomendaciones.
Para ordenar a la Comisión de Gobierno del Senado de Puerto Rico a realizar una investigación exhaustiva sobre el posible cierre planificado de siete (7) Centros de Experiencia al Cliente de LUMA Energy; y para otros fines.
La Resolución del Senado 85 ordena a la Comisión de Gobierno del Senado de Puerto Rico a llevar a cabo una investigación exhaustiva sobre el posible cierre de siete (7) Centros de Experiencia al Cliente de LUMA Energy. La investigación debe concluir y presentar un informe con hallazgos, conclusiones y recomendaciones dentro de un plazo de ciento ochenta (180) días tras la aprobación de la medida. Esta orden legislativa busca esclarecer las razones detrás de la decisión de LUMA y sus implicaciones, afectando directamente a la empresa, sus clientes y la política pública de protección a poblaciones vulnerables.
“Para expresar el más enérgico rechazo del Senado del Estado Libre Asociado de Puerto Rico al sorpresivo anuncio del cierre de las oficinas de atención al cliente que el consorcio LUMA Energy administra en siete (7) municipios de Puerto Rico; del mismo modo, instar al Gobierno de Puerto Rico a exigirle al mencionado consorcio, por conducto del zar de la energía y director ejecutivo de la Autoridad para las Alianzas Público-Privadas, que se identifiquen alternativas para evitar y detener el cierre de estas oficinas; y para otros fines relacionados.”
Es una resolución de postura, no una ley ni una orden de investigación. La Sección 1 expresa el rechazo del Senado al cierre de oficinas de atención al cliente en siete municipios: Cayey, Utuado, San Germán, Naranjito, Manatí, Santa Isabel y San Sebastián. La Sección 2 insta al Gobierno, por conducto del zar de la energía y director ejecutivo de la Autoridad para las Alianzas Público-Privadas, a exigir a LUMA que identifique alternativas para evitar y detener esos cierres. La Sección 3 dispone enviar copias certificadas a LUMA, a la gobernadora, al funcionario indicado y a los medios; si se aprobara, regiría inmediatamente, pero no impondría por sí misma una obligación legal de mantener las oficinas.
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