Qué propone
Esta medida propone añadir la Sección 4030.29 a la Ley 1-2011, conocida como el Código de Rentas Internas de Puerto Rico. Establece una del impuesto sobre ventas y uso para la venta al detal de pañales para niños, y ropa y zapatos para bebés y niños pequeños (hasta 5 años). La exención aplicará durante el último fin de semana del mes de septiembre de cada año, con el Secretario de Hacienda facultado para definir el periodo exacto mediante carta circular, o por defecto, el último viernes, sábado y domingo de septiembre. Afecta directamente a los consumidores que compran estos artículos y a los comerciantes que los venden.
Pros
Contras
Intereses en juego
📜 Perspectiva histórica
Esta medida se enmarca en la discusión histórica sobre el impacto del IVU en el costo de vida, especialmente para las familias de bajos ingresos. Desde su implantación en 2006 y el alza a 11.5% en 2015, el IVU ha sido criticado por su carácter regresivo, lo que ha llevado a propuestas como esta para aliviar la carga en artículos esenciales.
En qué va
La medida, P. de la C. 1128, fue el 12 de febrero de 2026 y referida a la Comisión de Hacienda de la Cámara de Representantes el 17 de febrero de 2026, tras su primera lectura.
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Última acción · 17 de febrero de 2026
Referido a Comisión(es)
Otras medidas sobre el mismo asunto, encontradas por significado (no solo por palabras).
Para añadir una nueva Sección 4030.29 a la Ley 1-2011, según enmendada, conocida como “Código de Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico” a los fines de eximir del pago del impuesto sobre venta y uso estatal a los artículos destinados a ser utilizados o consumidos por infantes, durante un periodo de dos (2) días en el mes de julio y en el mes de enero, sobre la venta al detal de artículos destinados o consumidos por infantes según aquí se definen; y para otros fines relacionados.
La medida propone añadir una nueva sección (4030.29) al Código de Rentas Internas de Puerto Rico (Ley 1-2011) para eximir del impuesto sobre venta y uso estatal la compra de artículos destinados a infantes. Esta exención aplicaría durante dos días específicos en julio y dos días en enero de cada año. El Secretario de Hacienda emitirá una carta circular antes del 1 de junio para definir estos periodos, con fechas predeterminadas (12 y 13 de julio) si no se emite la circular. La medida busca aliviar la carga económica de las familias con menores.
Para añadir una nueva Sección 4030.29 a la Ley Núm. 1-2011, según enmendada, conocida como “Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011” con el fin de establecer una exención del pago del impuesto sobre ventas y uso sobre los pañales de adultos o los protectores absorbentes desechables para camas y superficies utilizados por adultos mayores; y para otros fines relacionados.
La medida propone añadir la Sección 4030.29 al Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011 para eximir del pago del Impuesto sobre Ventas y Uso (IVU) a los pañales de adultos y a los protectores absorbentes desechables para camas y superficies utilizados por adultos mayores. Esta exención busca aliviar la carga económica de este segmento poblacional y sus cuidadores.
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