Qué propone
La medida propone añadir una nueva sección (4030.29) al Código de Rentas Internas de Puerto Rico (Ley 1-2011) para eximir del impuesto sobre venta y uso estatal la compra de artículos destinados a infantes. Esta aplicaría durante dos días específicos en julio y dos días en enero de cada año. El Secretario de Hacienda emitirá una carta circular antes del 1 de junio para definir estos periodos, con fechas predeterminadas (12 y 13 de julio) si no se emite la circular. La medida busca aliviar la carga económica de las familias con menores.
Pros
Contras
Intereses en juego
📜 Perspectiva histórica
Esta medida se inscribe en el debate histórico sobre el costo de vida y el impacto de los impuestos al consumo en Puerto Rico, particularmente el IVU. Desde su implantación en 2006 y su posterior aumento a 11.5% en 2015, el IVU ha sido objeto de críticas por su carácter regresivo, afectando desproporcionadamente a las familias de bajos ingresos, un problema que esta medida busca mitigar para los artículos de infantes.
En qué va
La medida, identificada como P. de la C. 295, fue el 3 de febrero de 2025 y referida a la Comisión de Hacienda de la Cámara de Representantes el 6 de febrero de 2025, tras aparecer en Primera Lectura.
Generado por IA · puede contener errores y los argumentos a favor/en contra son posibles puntos de debate, no una postura oficial. Verifica con el texto oficial.
Última acción · 6 de febrero de 2025
Referido a Comisión(es)
Otras medidas sobre el mismo asunto, encontradas por significado (no solo por palabras).
Para añadir la Sección 4030.29 al Capítulo 3 de la Ley 1-2011, según enmendada, conocida como el “Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011” a los fines a los fines de establecer una exención del impuesto sobre ventas y uso para la venta al detal de pañales para niños, ropa y zapatos para bebés y niños pequeños; y para otros fines relacionados.
Esta medida propone añadir la Sección 4030.29 a la Ley 1-2011, conocida como el Código de Rentas Internas de Puerto Rico. Establece una exención del impuesto sobre ventas y uso para la venta al detal de pañales para niños, y ropa y zapatos para bebés y niños pequeños (hasta 5 años). La exención aplicará durante el último fin de semana del mes de septiembre de cada año, con el Secretario de Hacienda facultado para definir el periodo exacto mediante carta circular, o por defecto, el último viernes, sábado y domingo de septiembre. Afecta directamente a los consumidores que compran estos artículos y a los comerciantes que los venden.
Para enmendar los incisos (b) y (c) de la Sección 4030.20 de la Ley Núm. 1-2011, según enmendada, conocida como “Código de Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico” o “Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011” a fin de ampliar el período de exención del pago del impuesto sobre la venta y uso en la compra de uniformes y materiales escolares a dos semanas completas al año e incluir a las computadoras portátiles, tabletas y lápices o bolígrafos digitales en los artículos considerados materiales escolares; y para otros fines relacionados.
Esta medida enmienda la Sección 4030.20 del Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011 para ampliar el período de exención del Impuesto sobre Ventas y Uso (IVU) en la compra de uniformes y materiales escolares. La exención se aplicará durante un período de una semana en julio y otra en enero, y se amplía la definición de materiales escolares para incluir computadoras portátiles, tabletas y lápices o bolígrafos digitales. Principalmente afecta a familias de estudiantes, comercios minoristas y al Departamento de Hacienda por la potencial reducción de recaudos.
Crea una cuenta gratis para opinar, comentar y seguir esta medida.
Aún no hay comentarios. Comparte tu opinión sobre esta medida.