Qué propone
La medida P. de la C. 1210 propone crear el Programa de Incentivo de Sistemas de Batería Solar Residencial para el Personal del Negociado del Cuerpo de Bomberos de Puerto Rico. Establece que el Departamento de Seguridad Pública administrará un programa que ofrecerá incentivos (vales o subsidios por reembolso) para la adquisición e instalación de sistemas de almacenamiento de energía solar en las residencias principales de los bomberos activos. Los beneficiarios deberán mantener el sistema por al menos 24 meses.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
Esta medida se inscribe en el marco de la política pública energética de Puerto Rico, que busca fomentar la energía renovable y la resiliencia de la red. La proliferación de placas solares en techos residenciales, junto con el almacenamiento en baterías, es un componente clave de la transición energética y una respuesta a la fragilidad de la red tras la privatización de la AEE.
En qué va
La medida P. de la C. 1210 fue el 7 de abril de 2026 y referida a la Comisión de Hacienda de la Cámara de Representantes el 9 de abril de 2026, tras su primera lectura.
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Última acción · 9 de abril de 2026
Referido a Comisión(es)
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para añadir una nueva sección 1051.17 a la Ley 1-2011, según enmendada, conocida como “Código de Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico”, a los fines de otorgar un crédito contributivo no reembolsable por la compra del equipo y el costo de la mano de obra por la instalación de placas solares y sistemas de almacenamiento de energía en la residencia primaria del contribuyente; y para otros fines relacionados.
Esta medida legislativa añade una nueva sección 1051.17 al Código de Rentas Internas de Puerto Rico (Ley 1-2011). Otorga un crédito contributivo no reembolsable hasta un máximo de $5,000 por los primeros cinco años, dirigido a individuos que compren e instalen placas solares y sistemas de almacenamiento de energía en su residencia primaria. El crédito se aplica sobre los intereses pagados en préstamos para estos fines.
Para enmendar la Sección 1031.02 de la Ley 1-2011, según enmendada, conocida como el Código de Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico a los fines de otorgar una exención por el pago de intereses de préstamos para cubrir la compra del equipo y el costo de la mano de obra para la instalación de placas solares y sistemas de almacenamiento de energía en la residencia primaria del contribuyente; y para otros fines relacionados
La medida propone enmendar la Sección 1031.02 del Código de Rentas Internas de Puerto Rico (Ley 1-2011) para crear una exención contributiva sobre los intereses pagados por préstamos destinados a la compra de equipo y el costo de mano de obra para instalar placas solares y sistemas de almacenamiento de energía en la residencia principal del contribuyente. Esta exención aplicaría a partir del año contributivo que comenzó el 1 de enero de 2024.
Para crear la “Ley Especial de Participación, Inclusión Efectiva y Prioridad de los Municipios y del Modelo Cooperativo en los Procesos de Transformación del Sistema de Energía Eléctrica de Puerto Rico”; enmendar la Ley Núm. 120-2018, según enmendada, conocida como “Ley para Transformar el Sistema Eléctrico de Puerto Rico”; a los fines de establecer como política pública el proveer garantías específicas para que tanto los municipios del país y el movimiento cooperativista puedan asumir un rol activo en los procesos y estructuras para la implantación de la transformación señalada; así como para otros fines relacionados.
El Proyecto de la Cámara 130 (PC 130) buscaba crear la 'Ley Especial de Participación, Inclusión Efectiva y Prioridad de los Municipios y del Modelo Cooperativo en los Procesos de Transformación del Sistema de Energía Eléctrica de Puerto Rico'. La medida proponía establecer como política pública garantías específicas para que los municipios y el sector cooperativo tuvieran un rol activo y prioritario en la transformación del sistema eléctrico, incluyendo la posibilidad de que una Cooperativa Nacional de Energía (o regionales) asumiera servicios de generación, distribución y cobros. Enmienda la Ley 120-2018 para incorporar estos objetivos.
Para establecer el Programa C‑PACE en Puerto Rico; crear un marco regulatorio para la implementación de este programa innovador de financiamiento privado; autorizar la imposición especial voluntaria como mecanismo de repago para el financiamiento de mejoras permanentes cualificadas en propiedades elegibles; ordenar la creación de las Guías del Programa; y para otros fines relacionados.
La medida, Proyecto de Cámara 1377, establece el Programa C-PACE (Commercial Property Assessed Clean Energy) en Puerto Rico. Crea un marco regulatorio para que propietarios de propiedades comerciales, industriales, agrícolas y residenciales multifamiliares accedan a financiamiento privado para mejoras de eficiencia energética, energía renovable, conservación de agua y resiliencia. El repago se garantiza mediante una imposición especial voluntaria sobre la propiedad, administrada por la Autoridad de Alianzas Público-Privadas (P3) y un administrador privado contratado.
Para enmendar los Artículos 1, 2, 3, 4 y 6 de la Ley 3 de 2018, según enmendada, a los fines de aclarar las ocasiones en que un cliente podrá reclamar un ajuste a su factura cuando la energía eléctrica no haya sido generada por la Autoridad de Energía Eléctrica de Puerto Rico, o su sucesora; y para otros fines relacionados.
Esta medida legislativa, el Proyecto de la Cámara 613, propone enmendar la Ley 3 de 2018 para clarificar las circunstancias bajo las cuales un cliente puede reclamar un ajuste en su factura de energía eléctrica cuando esta no haya sido generada por la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE) o su sucesora. Busca prohibir el cobro por consumo de energía proveniente de generadores privados durante emergencias declaradas, como apagones o fenómenos atmosféricos, y establece procedimientos para reclamaciones y reconsideraciones, afectando directamente a clientes de la AEE, la AEE y el Negociado de Energía.
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