Qué propone
La medida propone la Ley de la Universidad de Puerto Rico (UPR) para otorgar facultades extraordinarias y centralizadas a la Junta de Gobierno por un periodo improrrogable de cinco (5) años. Esto se logrará ampliando su composición para incluir a la Presidenta/e de la UPR y a los Rectores/as de los once recintos, quienes tendrán voz y voto. Durante este tiempo, se suspenderán las facultades decisionales de los Senados Académicos, Juntas Administrativas y otros cuerpos internos, reduciéndolos a funciones consultivas. El objetivo es atender una crisis fiscal, operacional y de gobernanza declarada, buscando estabilizar la institución y asegurar la continuidad académica y el cumplimiento con la Junta de Supervisión Fiscal.
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Última acción · 7 de mayo de 2026
Referido a Comisión(es)
La lectura de coincidencia compara solo a favor vs. en contra de cada lado.
Otras medidas sobre el mismo asunto, encontradas por significado (no solo por palabras).
Para establecer la “Ley de la Universidad de Puerto Rico”, a los fines de dotar a la Universidad de Puerto Rico de herramientas imprescindibles para garantizar su autonomía, permitiéndole así contar con los recursos necesarios para garantizar el cabal cumplimiento de su misión; derogar la Ley Núm. 1 de 20 de enero de 1966, según enmendada; y para otros fines relacionados.
Esta medida propone establecer una nueva “Ley de la Universidad de Puerto Rico”, derogando la ley vigente desde 1966. Busca dotar a la UPR de mayor autonomía fiscal, administrativa y académica, mejorar su gobernanza, promover la meritocracia y la transparencia, y asegurar un financiamiento público "robusto y estable" mediante un porcentaje fijo de los recaudos del Estado. Afecta directamente al sistema de la UPR, sus unidades, personal docente y no docente, estudiantes y la ciudadanía en general, al redefinir el marco legal de la principal institución de educación superior del país.
Para enmendar el Artículo 105 de la Ley Núm. 53-2021, según enmendada, conocida como “Ley para Ponerle Fin a la Quiebra de Puerto Rico”, con el fin de aumentar escalonadamente la asignación de fondos para la Universidad de Puerto Rico; y para otros fines relacionados.
Este proyecto de ley enmienda el Artículo 105 de la Ley Núm. 53-2021 para aumentar escalonadamente la asignación presupuestaria a la Universidad de Puerto Rico (UPR). Propone un aumento gradual para alcanzar, para el año fiscal 2028-2029, el 9.6% del promedio de los ingresos del gobierno central de los dos años fiscales previos, volviendo a la fórmula establecida en la Ley 2 de 1966. Afecta directamente a la UPR, su estudiantado, personal y al presupuesto del gobierno central.
Contras
Intereses en juego
📜 Perspectiva histórica
. La medida se enmarca en la crisis de gobernanza y fiscal de la UPR, un tema recurrente en los fragmentos. La propuesta de centralizar facultades en la Junta de Gobierno y suspender otros cuerpos decisionales busca atender la crisis, similar a las reformas de gobernanza que se han propuesto históricamente para la UPR, especialmente tras la eliminación de la fórmula del 9.6% y las huelgas estudiantiles.
En qué va
La medida (PC 1256) fue la Cámara de Representantes el 5 de mayo de 2026 y referida a las Comisiones de Gobierno y de Educación para su análisis.
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