Qué propone
Esta medida la del Departamento de Recreación y Deportes (Ley Núm. 8-2004) para eximir del pago de costos y cargos por expedición o renovación de licencias a personas que se ofrezcan voluntariamente, sin remuneración, como instructores, líderes recreativos, entrenadores, árbitros, oficiales o jueces. La aplica a las licencias emitidas por el Instituto Puertorriqueño para el Desarrollo del Deporte y la Recreación (IPDSR).
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Última acción · 16 de junio de 2026
Referido a Comisión(es)
Otras medidas sobre el mismo asunto, encontradas por significado (no solo por palabras).
Para enmendar el Artículo 16, inciso (e) de la Ley Núm. 8 – 2004, según enmendada, conocida como “Ley Orgánica del Departamento de Recreación y Deportes”; a los fines de eximir del pago de cualquier tributo o contribución a toda persona que presente una solicitud de licencia para desempeñarse, de manera voluntaria y sin interés ni intención de obtener remuneración o compensación alguna por su trabajo y servicios prestados; ya sea como instructor, líder recreativo, entrenador deportivo, árbitro, oficial o juez.
La medida (PC 1310) propone enmendar el Artículo 16, inciso (e) de la Ley Núm. 8 de 2004, conocida como la Ley Orgánica del Departamento de Recreación y Deportes. Busca eximir del pago de tributos o contribuciones a personas que soliciten licencias para actuar voluntariamente como instructores, líderes recreativos, entrenadores, árbitros, oficiales o jueces, sin recibir remuneración alguna. Esto aplicaría a quienes presenten una solicitud para tales roles sin ánimo de lucro.
Para enmendar los Artículos 3, 6, 9 y 16 de la Ley Núm. 8-2004, según enmendada, conocida como “Ley Orgánica del Departamento de Recreación y Deportes”, a los fines de fortalecer el licenciamiento de entrenadores deportivos o recreacionales, incluyendo disciplinas como CrossFit, árbitros deportivos, y personas o entidades de academias deportivas, asociaciones, federaciones, gimnasios o wellness centers que ofrezcan orientación, servicios, ejercicios, eventos o dirijan/asistan en actividades deportivas/recreativas; explicitar requisitos para wellness centers y programas de alto riesgo; establecer aranceles escalados y asegurar que los fondos recaudados se dirijan exclusivamente al presupuesto del Departamento de Recreación y Deportes (DRD); reforzar sanciones y mecanismos de implementación; y para otros fines relacionados.
Intereses en juego
En qué va
La medida, P. de la C. 1313, fue el 15 de junio de 2026 y referida a la Comisión de Recreación y Deportes de la Cámara de Representantes el 16 de junio de 2026.
La medida buscaba enmendar la Ley Orgánica del Departamento de Recreación y Deportes (DRD) para fortalecer el licenciamiento de entrenadores deportivos y recreacionales (incluyendo CrossFit), árbitros, academias, gimnasios y centros de bienestar. Proponía explicitar requisitos para centros de bienestar y programas de alto riesgo, establecer aranceles escalados y destinar los fondos recaudados exclusivamente al presupuesto del DRD, además de reforzar sanciones.
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