Qué propone
El P. de la C. 1443 propone las secciones 6.3 y 6.4 de la Ley 8-2017 (Ley para la Administración y Transformación de los Recursos Humanos en el Gobierno de Puerto Rico). El cambio principal es que el tiempo de experiencia o servicio requerido para un puesto o ascenso se contará a partir de la fecha en que se ejercieron las labores, sin importar si el grado académico se obtuvo después. Se exceptúan las profesiones colegiadas o licenciadas, donde la experiencia contará desde la obtención de la licencia. Afecta a servidores públicos que buscan ascender o competir por puestos en el Gobierno de Puerto Rico.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
Esta medida legislativa, P. de la C. 1443, fue el 17 de septiembre de 2026 y referida a la Comisión del Trabajo y Asuntos Laborales el 21 de septiembre de 2026. Fue presentada por el representante Domingo J. Torres García (PPD).
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Última acción · 21 de septiembre de 2026
Referido a Comisión(es)
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