Qué propone
La medida crea la 'Ley CECILIANA' para exigir a los establecimientos de servicios de alimentos en Puerto Rico que divulguen los 10 principales alergenos alimentarios (incluyendo moluscos, que no son parte de los 9 principales de la FDA) y las opciones libres de gluten en sus menús. También impone capacitación obligatoria sobre alergias alimentarias a gerentes certificados de seguridad de alimentos y requiere la exhibición de carteles de alerta para el personal. La ley la Ley de Alimentos, Drogas y Cosméticos (Ley 72-1940) y la Ley de Divulgación de Información Nutricional (Ley 69-2022), y otorga al Departamento de Salud autoridad de fiscalización y .
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
La medida, presentada por la representante Elinette González Aguayo (PNP), se encuentra actualmente en la Comisión de Salud de la Cámara de Representantes. Fue el 21 de septiembre de 2026 y tuvo su primera lectura el 24 de septiembre de 2026.
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Última acción · 24 de septiembre de 2026
Referido a Comisión(es)
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para crear la "Ley de Consentimiento Informado en las Ferias de Salud de Puerto Rico” a los fines de establecer que los ciudadanos participantes brinden un consentimiento informado antes de suministrarle una vacuna gratuitamente en una feria de salud convocada o auspiciada por organismos gubernamentales, un municipio y/o legisladores; y para otros fines relacionados.
La medida propone la creación de la "Ley de Consentimiento Informado en las Ferias de Salud de Puerto Rico". Su objetivo es establecer que, antes de administrar gratuitamente una vacuna en ferias de salud convocadas o auspiciadas por organismos gubernamentales, municipios o legisladores, los ciudadanos participantes deben otorgar un consentimiento informado. El Departamento de Salud tendrá la facultad de elaborar protocolos y velar por el cumplimiento de esta política pública.
Para crear la “Ley de Rotulación Uniforme con la Fecha de Expiración en Productos de Consumo”, a los fines de garantizar la salud y seguridad del consumidor; establecer un formato claro para la fecha de expiración de productos; definir conceptos; imponer penalidades por incumplimiento; y para otros fines relacionados.
La medida propone crear la Ley de Rotulación Uniforme con la Fecha de Expiración en Productos de Consumo. Establece que todo producto de consumo comercializado en Puerto Rico debe tener una fecha de expiración clara, legible y permanente en su etiqueta o empaque, utilizando la abreviatura 'Exp.' y formatos específicos (DD/MM/AAAA o MM/AAAA). Impone multas administrativas de hasta $500 por infracción para fabricantes, importadores y distribuidores, y de hasta $250 para detallistas que alteren empaques o vendan productos vencidos, con duplicación en caso de reincidencia. El Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO) será el ente regulador y fiscalizador, y deberá desarrollar campañas educativas.
Para añadir un nuevo inciso (e), y reenumerar los actuales incisos (e), (f), (g), (h), (i), (j), (k), (l), (m), (n), (o) y (p) como incisos (f), (g), (h), (i), (j), (k), (l), (m), (n), (o), (p) y (q), respectivamente, enmendar el inciso (m) reenumerado del Artículo 5 de la Ley 10-1999, conocida como “Ley Orgánica de la Comisión de Alimentación y Nutrición del Estado Libre Asociado de Puerto Rico”, a fin de ampliar las facultades y deberes de la Comisión de Alimentación y Nutrición de Puerto Rico, con el propósito de mejorar la salud y la calidad de vida de la población puertorriqueña; y para otros fines relacionados.
La medida propone añadir una nueva facultad a la Comisión de Alimentación y Nutrición de Puerto Rico (CANPR) para asesorar a comercios sobre cómo añadir alimentos nutritivos en las zonas de pago (cajas registradoras) y promover el uso de material informativo sobre los riesgos de consumir alimentos de bajo valor nutricional. Busca mejorar la salud y calidad de vida de la población, especialmente combatiendo la obesidad infantil. Se enmienda el Artículo 5 de la Ley 10-1999 para incorporar esta nueva función y reenumerar los incisos existentes.
Para crear la “Ley de Transparencia de Precios en los Servicios Médicos de Puerto Rico”, a los fines de establecer la obligación de las instituciones médicas de divulgar pública y electrónicamente los cargos estándares de los artículos y servicios que ofrecen; establecer la política pública de acceso a información clara y oportuna sobre los costos de los servicios médicos; disponer limitaciones a las acciones de cobro cuando no se hayan divulgado los precios conforme a esta Ley; facultar al Departamento de Salud a fiscalizar su cumplimiento; y para otros fines relacionados.
La medida crea la Ley de Transparencia de Precios en los Servicios Médicos de Puerto Rico. Establece la obligación para todas las instituciones médicas de publicar de forma pública y electrónica sus cargos estándares, tarifas negociadas con aseguradoras, precios en efectivo y una lista de al menos 300 servicios programables. Afecta directamente a pacientes, quienes obtendrán información de costos antes de recibir servicios, y a las instituciones médicas, que deberán cumplir con los requisitos de divulgación y se enfrentarán a limitaciones en el cobro de deudas si incumplen.
Para crear la “Ley para la Protección de Personas con Alergias Alimentarias en Puerto Rico”, también conocida como “Ley Alejandro Benítez Ripoll”; declarar la política pública del Gobierno de Puerto Rico sobre esta materia; imponer obligaciones a establecimientos de alimentos, instituciones educativas públicas y privadas y entidades postsecundarias; establecer disposiciones sobre acceso con alimentos seguros; autorizar reglamentación; y para otros fines relacionados.
Esta medida, la Ley Alejandro Benítez Ripoll, crea un marco legal para proteger a personas con alergias alimentarias severas en Puerto Rico. Impone obligaciones a establecimientos de alimentos, escuelas públicas y privadas, y otras entidades recreativas o comerciales para prevenir reacciones alérgicas. Establece el derecho a ingresar con alimentos seguros a ciertos lugares y promueve programas de certificación voluntaria y campañas educativas, afectando directamente a personas con alergias, sus familias, y a los establecimientos y entidades cubiertos por la ley.
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