Qué propone
Esta medida propone el Artículo 1203 del Código Civil de Puerto Rico de 2020 para extender el plazo de prescripción de acciones personales que no tienen un término especial señalado, aumentándolo de cuatro (4) a cinco (5) años. Esto significa que los acreedores tendrán un año adicional para presentar reclamaciones legales en casos donde la ley no especifica un plazo distinto, afectando directamente a deudores y acreedores en diversas transacciones civiles y comerciales.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
La medida, Proyecto de Cámara 217, fue el 13 de enero de 2025 y referida a la Comisión de lo Jurídico de la Cámara de Representantes el 16 de enero de 2025, tras aparecer en Primera Lectura.
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Última acción · 16 de enero de 2025
Referido a Comisión(es)
Otras medidas sobre el mismo asunto, encontradas por significado (no solo por palabras).
Para enmendar el inciso (a) del Artículo 1198 de la Ley 55-2020, según enmendada, conocida como "Código Civil de Puerto Rico", a los fines de aclarar que la prescripción queda suspendida respecto de las personas incapacitadas mientras dure su estado de incapacitación y respecto de las personas menores de edad no emancipadas; y para otros fines relacionados.
Esta medida enmienda el Artículo 1198(a) del Código Civil de Puerto Rico (Ley 55-2020). Su propósito es aclarar que el plazo de prescripción para presentar reclamaciones legales se suspende automáticamente para personas menores de edad no emancipadas y para personas declaradas incapacitadas, mientras dure su estado de minoría o incapacidad. Esto asegura que no pierdan sus derechos por no poder actuar o por la inacción de sus representantes legales.
Para enmendar el Artículo 1198 de la Ley 55-2020, según enmendada, conocida como “Código Civil de Puerto Rico” de 2020; para aclarar su proposito y establecer indubitadamente que la prescripción quede suspendida respecto de las personas incapacitadas mientras dure su estado de incapacitación y respecto de las personas menores de edad no emancipadas; y para otros fines relacionados.
Esta medida enmienda el Artículo 1198 de la Ley 55-2020, el Código Civil de Puerto Rico. Su propósito es aclarar y establecer de forma inequívoca que el plazo para presentar acciones legales (la prescripción) se suspende automáticamente para personas que se encuentren incapacitadas legalmente mientras dure dicha condición. También se suspende para menores de edad no emancipados mientras sean menores.
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