Para enmendar el Artículo 87 (b) de la Ley 146-2012, según enmendada, conocida como “Código Penal de Puerto Rico” para que el término de prescripción de diez (10) años en los delitos de apropiación ilegal agravada, fraude y lavado de dinero aplique a cuantías a partir de cincuenta mil ($50,000) dólares.
Qué propone
Esta medida el Artículo 87(b) del Código Penal de Puerto Rico (Ley 146-2012) para modificar el término de prescripción de los delitos de apropiación ilegal agravada, fraude y lavado de dinero. Anteriormente, el término de prescripción de diez (10) años aplicaba a cuantías de quinientos mil dólares ($500,000) o más. La enmienda establece que este término de diez (10) años aplicará ahora a cuantías de cincuenta mil dólares ($50,000) o más. El resto del articulado del Código Penal y las disposiciones sobre prescripción para otros delitos no se ven alterados por esta medida.
Pros
Contras
Intereses en juego
Qué cambió en comisiónsegún el entirillado del informe
Para que el término de prescripción de diez (10) años en los delitos de apropiación ilegal agravada, fraude y lavado de dinero aplique a cuantías a partir de cincuenta mil ($50,000) dólares, en lugar de quinientos mil ($500,000) dólares.
En qué va
La medida fue el 19 de agosto de 2026, el 21 de septiembre de 2026, y enviada al Senado para su consideración.
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Última acción · 24 de septiembre de 2026
Referido a Comisión(es)
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