Qué propone
Esta medida el Código de Rentas Internas de Puerto Rico (Ley 1-2011) para aumentar la deducción máxima permitida por aportaciones anuales a una Cuenta de Aportación Educativa. Específicamente, eleva el límite de quinientos (500) dólares a mil doscientos (1,200) dólares por año contributivo, por cada beneficiario. La ley entrará en vigor 30 días después de su aprobación y afecta a contribuyentes individuales que realicen aportaciones a estas cuentas para gastos educativos.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
La medida, Proyecto de Cámara 400, fue el 13 de marzo de 2025 y apareció en Primera Lectura de la Cámara el 17 de marzo de 2025, siendo referida ese mismo día a la Comisión de Hacienda para su análisis.
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Última acción · 17 de marzo de 2025
Referido a Comisión(es)
Otras medidas sobre el mismo asunto, encontradas por significado (no solo por palabras).
Para enmendar la Sección 1033.15 de la Ley 1-2011, según enmendada, conocida como el “Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011” para permitir una deducción máxima de dos mil (2,000) dólares por fondos concedidos a una cuenta de aportación educativa por un contribuyente individual; y para otros fines relacionados.
Esta medida enmienda la Sección 1033.15 del Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011 para aumentar la deducción máxima por aportaciones a cuentas de ahorro educativo de quinientos (500) dólares a dos mil (2,000) dólares por beneficiario y año contributivo para contribuyentes individuales. El cambio busca incentivar el ahorro para la educación postsecundaria, permitiendo que más familias puedan prepararse financieramente para los costos de matrícula y otros gastos educativos de sus hijos.
Para enmendar la Secciones 1033.15 y 1081.05 de la Ley Núm. 1-2011, según enmendada, conocida como “Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011 para conceder un aumento en la deducción de aportaciones a Cuentas de Ahorro para Educación; y para otros fines relacionados
La medida, P. de la C. 499, propone enmendar las Secciones 1033.15 y 1081.05 de la Ley Núm. 1-2011, conocida como el Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011. El objetivo es aumentar la cantidad máxima que los contribuyentes pueden deducir de sus ingresos al aportar a Cuentas de Ahorro para Educación (Education Savings Accounts). Esto busca incentivar el ahorro para gastos educativos futuros.
Para añadir el inciso (e) de la Sección 1033.18 de la Ley Núm. 1-2011, según enmendada, conocida como “Código de Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico”, a fin de otorgar una deducción contributiva a toda persona responsable de pagar la educación de estudiantes en escuelas privadas, instituciones escolares privadas o colegios privados por la cantidad de quinientos (500) dólares.
Esta medida propone añadir un nuevo inciso (e) a la Sección 1033.18 del Código de Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico (Ley 1-2011, según enmendada). El objetivo es otorgar una deducción contributiva de $500 por año contributivo a padres, madres o tutores legales que paguen la educación privada de estudiantes. En casos de custodia compartida, la deducción se dividiría en $250 para cada uno. Afecta directamente a contribuyentes que incurren en gastos de matrícula en escuelas privadas y al Departamento de Hacienda, que deberá administrar esta nueva deducción.
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