Qué propone
La medida, P. de la C. 499, propone las Secciones 1033.15 y 1081.05 de la Ley Núm. 1-2011, conocida como el Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011. El objetivo es aumentar la cantidad máxima que los contribuyentes pueden deducir de sus ingresos al aportar a Cuentas de Ahorro para Educación (Education Savings Accounts). Esto busca incentivar el ahorro para gastos educativos futuros.
Pros
Contras
Intereses en juego
📜 Perspectiva histórica
La medida se enmarca en la discusión sobre el sistema contributivo de Puerto Rico, que ha evolucionado desde impuestos sobre ingresos hasta el IVU. Históricamente, el debate ha girado en torno a la regresividad de los impuestos al consumo y la necesidad de aliviar la carga sobre los ciudadanos, lo que esta medida busca hacer a través de incentivos para el ahorro educativo.
En qué va
La medida P. de la C. 499 fue el 4 de abril de 2025 y el 11 de septiembre de 2025, con 46 votos a favor, 0 en contra, 1 abstención y 5 ausentes. Posteriormente, fue enviada al Senado para su trámite.
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Última acción · 15 de septiembre de 2025
Referido a Comisión(es)
La lectura de coincidencia compara solo a favor vs. en contra de cada lado.
A favor (46)
Otras medidas sobre el mismo asunto, encontradas por significado (no solo por palabras).
Para enmendar el inciso 5(A) de la Sección 1081.5 (a) de la Ley 1-2011, según enmendada, conocida como “Código de Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico”, a los fines de aumentar la deducción permitida por aportaciones a una Cuenta de Aportación Educativa.
Esta medida enmienda el Código de Rentas Internas de Puerto Rico (Ley 1-2011) para aumentar la deducción máxima permitida por aportaciones anuales a una Cuenta de Aportación Educativa. Específicamente, eleva el límite de quinientos (500) dólares a mil doscientos (1,200) dólares por año contributivo, por cada beneficiario. La ley entrará en vigor 30 días después de su aprobación y afecta a contribuyentes individuales que realicen aportaciones a estas cuentas para gastos educativos.
Para enmendar la Sección 1033.15 de la Ley 1-2011, según enmendada, conocida como el “Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011” para permitir una deducción máxima de dos mil (2,000) dólares por fondos concedidos a una cuenta de aportación educativa por un contribuyente individual; y para otros fines relacionados.
Esta medida enmienda la Sección 1033.15 del Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011 para aumentar la deducción máxima por aportaciones a cuentas de ahorro educativo de quinientos (500) dólares a dos mil (2,000) dólares por beneficiario y año contributivo para contribuyentes individuales. El cambio busca incentivar el ahorro para la educación postsecundaria, permitiendo que más familias puedan prepararse financieramente para los costos de matrícula y otros gastos educativos de sus hijos.
Abstenido (1)
Para añadir el inciso (e) de la Sección 1033.18 de la Ley Núm. 1-2011, según enmendada, conocida como “Código de Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico”, a fin de otorgar una deducción contributiva a toda persona responsable de pagar la educación de estudiantes en escuelas privadas, instituciones escolares privadas o colegios privados por la cantidad de quinientos (500) dólares.
Esta medida propone añadir un nuevo inciso (e) a la Sección 1033.18 del Código de Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico (Ley 1-2011, según enmendada). El objetivo es otorgar una deducción contributiva de $500 por año contributivo a padres, madres o tutores legales que paguen la educación privada de estudiantes. En casos de custodia compartida, la deducción se dividiría en $250 para cada uno. Afecta directamente a contribuyentes que incurren en gastos de matrícula en escuelas privadas y al Departamento de Hacienda, que deberá administrar esta nueva deducción.
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