Para crear la “Ley para el aprovechamiento de fondos de recuperación destinados a la compra de viviendas y la repoblación de municipios”, a los fines de garantizar la adquisición de vivienda libre de discriminación para todas la personas participantes de los programas de recuperación tras desastres subsidiados con fondos federales, incluyendo la Subvención en bloque para desarrollo comunitario por desastre (CDBG); estabilizar la población de los municipios durante los procesos de reconstrucción tras desastre; establecer las prácticas discriminatorias en el acceso a una vivienda que se persiguen erradicar; los mecanismos procesales para alcanzar los propósitos de la medida; y para otros fines relacionados.
Qué propone
El Proyecto de la Cámara 402 buscaba crear la Ley para el aprovechamiento de fondos de recuperación destinados a la compra de viviendas y la repoblación de municipios. Pretendía definir y erradicar prácticas discriminatorias por parte de vendedores, corredores y otros actores del mercado inmobiliario contra beneficiarios de programas de recuperación de desastres que utilizan vales CDBG-DR/R3. Establecía un mecanismo local de querellas ante el Departamento de la Vivienda y autorizaba multas administrativas de hasta $5,000 por violación.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
Esta medida aborda la discriminación en el acceso a la vivienda para beneficiarios de fondos de recuperación como CDBG-DR/R3, un tema que se enmarca en la escasez de vivienda asequible y el alza de precios post-María (Fuente 3), así como en los retrasos y desafíos en la ejecución de estos programas (Fuentes 7 y 8). La medida busca mitigar las barreras que enfrentan las familias vulnerables para asegurar un techo seguro, un problema exacerbado por la informalidad en la titularidad de viviendas que históricamente ha frenado la asistencia económica en emergencias (Fuentes 5 y 6).
En qué va
El Proyecto de la Cámara 402 fue presentado en marzo de 2025 y referido a la Comisión de Vivienda y Desarrollo Urbano de la Cámara. Tras su análisis, la comisión emitió un en junio de 2026, recomendando no aprobar la medida.
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Última acción · 25 de junio de 2026
Comisión no recomienda aprobación de la medida
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para crear la “Ley de Rescate Municipal para tu Vivienda”, a los fines de desarrollar un programa que le otorgue financiamiento a los municipios en Puerto Rico para que puedan comprar propiedades abandonadas y deterioradas en sus respectivos cascos urbanos, rehabilitarlas y venderlas a un costo asequible para las y los jóvenes puertorriqueños pertenecientes a la clase trabajadora; establecer sus requisitos; separar doscientos cincuenta millones de dólares ($250,000,000) del Fondo de Reserva de Emergencia del Gobierno para viabilizar su implantación; y para otros fines relacionados.
La medida propone crear la Ley de Rescate Municipal para tu Vivienda, un programa que otorgaría préstamos de hasta $250,000,000 del Fondo de Reserva de Emergencia a los municipios para comprar, rehabilitar y vender propiedades abandonadas o deterioradas en sus cascos urbanos. El objetivo es facilitar la adquisición de estas propiedades a jóvenes trabajadores puertorriqueños (21-35 años) a un costo asequible, con la condición de que los municipios devuelvan los fondos prestados a la OGP y luego al Fondo de Reserva de Emergencia. La Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP) desarrollará la fórmula de distribución y un reglamento en 120 días.
Para ordenar a la Comisión de Vivienda y Desarrollo Urbano de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre la administración, el uso, la efectividad y la fiscalización de los fondos federales CDBG-DR, incluyendo el Programa R3 de Reparación, Reconstrucción o Reubicación de Viviendas, y CDBG-MIT sobre mitigación, asignados a Puerto Rico para la recuperación de desastres y la resiliencia ante futuros eventos catastróficos.
La Resolución de la Cámara 722 ordena a la Comisión de Vivienda y Desarrollo Urbano de la Cámara de Representantes realizar una investigación exhaustiva sobre la administración, uso, efectividad y fiscalización de fondos federales CDBG-DR y CDBG-MIT asignados a Puerto Rico para recuperación y resiliencia ante desastres. Afecta directamente a la Comisión de Vivienda, al Departamento de la Vivienda (como entidad fiscalizada) y, de forma indirecta, a las familias y comunidades que dependen de estos fondos para reparación, reconstrucción o mitigación de sus hogares e infraestructura.
Para crear la “Comisión Conjunta Permanente de la Asamblea Legislativa para el Estudio, Evaluación, Revisión y Redacción del Código de Viviendas Asequibles en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico”; disponer sobre su funcionamiento; determinar su composición, deberes, facultades y responsabilidades; la correspondiente asignación de fondos; y para otros fines relacionados.
Esta medida crea una Comisión Conjunta Permanente de la Asamblea Legislativa para estudiar, evaluar, revisar y redactar un Código de Viviendas Asequibles. La Comisión, compuesta por legisladores y con apoyo administrativo, tendrá hasta finales de la Cuarta Sesión Ordinaria de la 20ma. Asamblea Legislativa (noviembre de 2026) para presentar un informe con recomendaciones. Se le asignan $100,000 para su funcionamiento en los años fiscales 2026-2027 y 2027-2028.
Para crear la “Ley de Oportunidad de Compra Comunitaria de Puerto Rico” o “Ley COPA-PR”, a los fines de otorgar a organizaciones sin fines de lucro calificadas, incluyendo fideicomisos de tierras comunitarias, una oportunidad prioritaria para ofertar por propiedades multifamiliares en venta, con el propósito de expandir y preservar el inventario de viviendas asequibles, combatir el desplazamiento urbano y promover el desarrollo de vivienda social; establecer el proceso de notificación y plazos para ofertas; y para otros fines relacionados.
La medida PS 905, ahora rechazada, buscaba crear la Ley de Oportunidad de Compra Comunitaria de Puerto Rico (Ley COPA-PR). Esta ley otorgaría a organizaciones sin fines de lucro calificadas una oportunidad prioritaria para comprar propiedades multifamiliares en venta, con el fin de preservar viviendas asequibles y combatir el desplazamiento. Establecía un proceso de notificación a propietarios y plazos para que estas organizaciones presentaran ofertas antes de que la propiedad saliera al mercado abierto. El Departamento de la Vivienda tendría un rol central en la certificación de organizaciones y la publicación de intenciones de venta.
Para crear la “Ley de Reserva Habitacional para Jóvenes Profesionales y Trabajadores en Puerto Rico”, a fin de establecer que el treinta por ciento (30%) de todo proyecto o unidad de vivienda de interés social subsidiada o incentivada con fondos gubernamentales en Puerto Rico sea destinada para jóvenes profesionales residentes en la Isla.
La medida, rechazada, buscaba crear la Ley de Reserva Habitacional para Jóvenes Profesionales y Trabajadores en Puerto Rico. Proponía reservar el 30% de toda unidad de vivienda de interés social subsidiada o incentivada con fondos gubernamentales para jóvenes profesionales y trabajadores residentes en la Isla, definidos entre 21 y 40 años, con estudios universitarios y empleo a tiempo completo en Puerto Rico. Establecía requisitos de ocupación mínima y prohibiciones de uso comercial o reventa anticipada.
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