Qué propone
La medida busca crear la Ley para el Aprovechamiento de Fondos de Recuperación Destinados a la Compra de Viviendas y la Repoblación de Municipios. Su propósito es combatir la discriminación contra personas que utilizan fondos federales de recuperación (como CDBG-DR) para adquirir viviendas, asegurando que vendedores y corredores acepten estos vales. También pretende estabilizar la población municipal al facilitar que los beneficiarios compren casas en sus municipios de origen, evitando el despoblamiento y la pérdida de base contributiva.
Pros
Contras
Intereses en juego
📜 Perspectiva histórica
. Esta medida aborda la discriminación en el acceso a la vivienda con fondos de recuperación, un problema que se enmarca en el contexto de la escasez de vivienda asequible y el alza de precios post-María (Fuente 3), así como los retrasos en la ejecución de fondos CDBG-DR (Fuente 7 y 8). La medida busca asegurar que los fondos de recuperación cumplan su propósito de estabilizar la población y facilitar la adquisición de vivienda, mitigando las barreras que históricamente han afectado a las familias vulnerables.
En qué va
La medida, Proyecto de Cámara 402, fue el 13 de marzo de 2025 y referida a la Comisión de Vivienda y Desarrollo Urbano. Recientemente, el 25 de junio de 2026, la comisión no recomendó su aprobación.
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Última acción · 25 de junio de 2026
Comisión no recomienda aprobación de la medida
Otras medidas sobre el mismo asunto, encontradas por significado (no solo por palabras).
“Para crear la “Ley para el Gestión de Fondos de Recuperación Destinados a la Compra de Viviendas y la Repoblación de Municipios”, a los fines de garantizar la adquisición de vivienda libre de discriminación para todas la personas participantes de los programas de recuperación tras desastres subsidiados con fondos federales, incluyendo la subvención en bloque para desarrollo comunitario por desastre (CDBG); estabilizar la población de los municipios durante los procesos de reconstrucción tras desastre; establecer las prácticas discriminatorias en el acceso a una vivienda que se pretenden erradicar; los mecanismos procesales para alcanzar los propósitos de la medida; enmendar la Sección 1022.04 de la Ley 1-2011, según enmendada, conocida como “Código de Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico”, a los fines de establecer la contribución sobre la ganancia de capital producto de la venta de una propiedad inmueble a una persona, que sea beneficiario de algún programa de recuperación tras desastres subsidiados con fondos federales, incluyendo el programa de Subvención en Bloque para Desarrollo Comunitario por Desastre (CDBG, por sus siglas en inglés), y para otros fines relacionados.”
La medida crea la Ley para la Gestión de Fondos de Recuperación Destinados a la Compra de Viviendas y la Repoblación de Municipios. Busca garantizar la adquisición de vivienda libre de discriminación para beneficiarios de programas federales de recuperación post-desastre (como CDBG-DR), estabilizar poblaciones municipales y erradicar prácticas discriminatorias. Adicionalmente, enmienda el Código de Rentas Internas para imponer una contribución sobre la ganancia de capital en la venta de propiedades a beneficiarios de estos programas federales.
Para crear la “Comisión Conjunta Permanente de la Asamblea Legislativa para el Estudio, Evaluación, Revisión y Redacción del Código de Viviendas Asequibles en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico”; disponer sobre su funcionamiento; determinar su composición, deberes, facultades y responsabilidades; la correspondiente asignación de fondos; y para otros fines relacionados.
La medida propone la creación de la Comisión Conjunta Permanente de la Asamblea Legislativa para el Estudio, Evaluación, Revisión y Redacción del Código de Viviendas Asequibles. Esta comisión tendrá la responsabilidad de analizar, proponer y redactar un nuevo marco legal para la vivienda asequible en Puerto Rico, lo que podría afectar la política pública, los procesos de desarrollo y la disponibilidad de viviendas para diversos sectores de la ciudadanía.
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