Para crear la “Ley para la Gestión de Fondos de Recuperación Destinados a la Compra de Viviendas y la Repoblación de Municipios”, a los fines de garantizar la adquisición de vivienda libre de discriminación para las personas participantes de programas de recuperación o mitigación tras desastres subsidiados con fondos federales, incluyendo los financiados mediante la Subvención en Bloque para Desarrollo Comunitario por Desastre (CDBG-DR) y la Subvención en Bloque para Desarrollo Comunitario para Mitigación (CDBG-MIT); estabilizar la población de los municipios durante los procesos de recuperación y reconstrucción tras desastres; establecer las prácticas discriminatorias que se pretenden erradicar en el acceso a una vivienda; disponer los mecanismos procesales para la tramitación de querellas y las sanciones administrativas aplicables; establecer responsabilidades del Departamento de la Vivienda; facultar a dicho Departamento para adoptar la reglamentación necesaria; disponer que la implantación se realice con recursos existentes y sin asignaciones adicionales del Fondo General; y para otros fines relacionados.
Qué propone
La medida crea la Ley para la Gestión de Fondos de Recuperación Destinados a la Compra de Viviendas y la Repoblación de Municipios. Prohíbe que la procedencia de fondos federales de recuperación (como CDBG-DR, CDBG-MIT) sea motivo para rechazar la venta de una vivienda a un comprador elegible. Establece mecanismos para querellas y sanciones administrativas, y define responsabilidades del Departamento de la Vivienda. La implementación se realizará con recursos existentes, sin asignaciones adicionales del .
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
Esta medida se enmarca en la compleja gestión de fondos de recuperación tras desastres naturales como los huracanes Irma y María (2017) y los terremotos de 2020. La experiencia histórica de estos eventos, marcada por controversias en el conteo de muertes y la respuesta gubernamental, subraya la necesidad de una gestión transparente y equitativa de los fondos para la reconstrucción, especialmente en el acceso a la vivienda.
En qué va
La medida, P. de la C. 1376, fue el 19 de agosto de 2026. Fue con el 8 de octubre de 2026 y enviada al Senado, donde fue referida a comisión el 13 de octubre de 2026. Este resumen describe el texto radicado del 19 de agosto de 2026. El 8 de octubre de 2026 se aprobó con enmiendas, y el texto aprobado todavía no está disponible.
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Última acción · 13 de octubre de 2026
Referido a Comisión(es)
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