Qué propone
La medida crea una Comisión Especial permanente de la Asamblea Legislativa, integrada por siete (7) representantes y siete (7) senadores designados por sus respectivos presidentes, para gestionar y coordinar esfuerzos dirigidos a lograr la exclusión de Puerto Rico de la Ley de Cabotaje Federal de 1920. La Comisión podrá celebrar , requerir comparecencias y crear grupos de trabajo ciudadanos y académicos. Se le asignan $50,000 anuales para su funcionamiento.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
La medida, Proyecto de la Cámara 496, fue el 4 de abril de 2025 y referida a las Comisiones de Asuntos Internos y de Hacienda de la Cámara de Representantes para su consideración.
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Última acción · 7 de abril de 2025
Referido a Comisión(es)
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para crear la “Comisión Conjunta Permanente para el Diseño de Legislación contra la Violencia y la Criminalidad en Puerto Rico”; establecer su composición, deberes y funciones; y para otros fines relacionados.
La medida crea la Comisión Conjunta Permanente para el Diseño de Legislación contra la Violencia y la Criminalidad en Puerto Rico. Esta comisión estará compuesta por once (11) Senadores y once (11) Representantes, copresidida por los presidentes de las Comisiones de Gobierno de ambos cuerpos. Su objetivo es recopilar información, examinar estrategias exitosas a nivel nacional e internacional, y redactar recomendaciones y medidas legislativas para abordar la violencia y criminalidad, promoviendo enfoques preventivos y de justicia restaurativa.
Para crear la “Comisión Conjunta Permanente de la Asamblea Legislativa para el Estudio, Evaluación, Revisión y Redacción del Código de Viviendas Asequibles en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico”; disponer sobre su funcionamiento; determinar su composición, deberes, facultades y responsabilidades; la correspondiente asignación de fondos; y para otros fines relacionados.
Esta medida crea una Comisión Conjunta Permanente de la Asamblea Legislativa para estudiar, evaluar, revisar y redactar un Código de Viviendas Asequibles. La Comisión, compuesta por legisladores y con apoyo administrativo, tendrá hasta finales de la Cuarta Sesión Ordinaria de la 20ma. Asamblea Legislativa (noviembre de 2026) para presentar un informe con recomendaciones. Se le asignan $100,000 para su funcionamiento en los años fiscales 2026-2027 y 2027-2028.
Para crear la “Ley para Reforzar la Compra y Producción de Productos Agrícolas Puertorriqueños”, a los fines de alcanzar un desarrollo pleno y sostenible para la industria agrícola, con el propósito de que el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, sus agencias, instrumentalidades y municipios, adquieran la mayor cantidad posible de productos agrícolas puertorriqueños; y para otros fines relacionados.
La medida propone crear la Ley para Reforzar la Compra y Producción de Productos Agrícolas Puertorriqueños. Su objetivo es que el Gobierno de Puerto Rico, sus agencias, instrumentalidades y municipios adquieran la mayor cantidad posible de productos agrícolas locales. Busca impulsar el desarrollo sostenible de la industria agrícola, fomentar empleos y mejorar la seguridad alimentaria mediante la integración de producción, procesamiento y ventas.
Para crear la “Ley Temporera de Protección al Consumidor de la Industria Automotriz” con el propósito de proteger al consumidor que adquiera un auto contra prácticas de venta confusas y alzas en precio en vehículos a los cuales no les aplica la implementación de aranceles efectiva desde el 2 de abril de 2025, para fijarle responsabilidades al Departamento de Hacienda y el Departamento de Asuntos al Consumidor para que establezcan un inventario de los vehículos que han sido importados a Puerto Rico y se encuentran los concesionarios de autos o en la zona libre de impuestos, previo a la implementación de aranceles de la administración presidencial de Estados Unidos, imponerle multas y acciones correctivas a los concesionarios que se encuentren incursos en prácticas contrarias a las disposiciones de esta ley; y para otros fines relacionados.
La medida crea la Ley Temporera de Protección al Consumidor de la Industria Automotriz para proteger a los consumidores de prácticas de venta confusas y alzas de precio injustificadas en vehículos importados antes del 2 de abril de 2025. Asigna al Departamento de Hacienda y al Departamento de Asuntos al Consumidor (DACO) la responsabilidad de crear un inventario de vehículos pre-aranceles y fiscalizar a los concesionarios. Se imponen multas y acciones correctivas a los concesionarios que incurran en prácticas contrarias a la ley, la cual estará vigente hasta agotarse el inventario de vehículos afectados.
Para crear la Ley del(la) Comisionado(a) de la Acuicultura y la Pesca del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, crear la Oficina del(la) Comisionado(a) de la Acuicultura y la Pesca del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, establecer sus deberes y funciones, crear el cargo del(la) Comisionado(a) de la Acuicultura y la Pesca, establecer sus facultades, deberes y responsabilidades, crear el Consejo Consultivo sobre Asuntos de la Acuicultura y la Pesca, adscrito a la Oficina para asesorar a la Oficina del(la) Comisionado(a) de la Acuicultura y la Pesca del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, establecer sus funciones; enmendar los Artículos 3, 5, 6, 8, 9, 11 y eliminar los Artículos 4 y 10 de la Ley Núm. 61 de 23 de agosto de 1990, según enmendada, conocida como la “Ley para el fomento y Desarrollo de la Industria Pesquera y la Acuicultura”; enmendar los Artículos 3, 5, 7, 8, 10 y eliminar el Artículo 6 de la Ley Núm. 115-1997, según enmendada, conocida como la “Ley para la Promoción y el Desarrollo de la Pesca Deportiva y Recreacional de Puerto Rico”; enmendar los Artículos 2, 3, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 15, 16, 17 y 19 de la Ley Núm. 278-1998, según enmendada, conocida como la “Ley de Pesquerías de Puerto Rico”; y para otros fines relacionados.
Esta medida legislativa (P. de la C. 439) propone crear la Ley del Comisionado de la Acuicultura y la Pesca del Estado Libre Asociado de Puerto Rico. Crea una nueva Oficina del Comisionado con amplias funciones de fiscalización, investigación, reglamentación y cuasi-judiciales. Reorganiza y centraliza la administración de las industrias pesquera y de acuicultura, transfiriendo funciones y recursos de los Departamentos de Recursos Naturales y Ambientales y de Agricultura. Enmienda leyes existentes (Ley 61-1990, Ley 115-1997, Ley 278-1998) para alinear sus disposiciones con la nueva estructura y autoridad del Comisionado, afectando a pescadores comerciales y recreativos, acuicultores, y agencias gubernamentales relacionadas.
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