Qué propone
La medida la Ley 41-2009 y la Ley 416-2004 para establecer que al menos el 40% de los neumáticos desechados en Puerto Rico se destinen a procesamiento y reciclaje local. También otorga elegibilidad a los transportadores de neumáticos para cobrar tarifas por su servicio, ajustando los mecanismos de pago, y promueve el uso de productos reciclados localmente en proyectos de construcción y rehabilitación de carreteras financiados por el gobierno.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
Esta medida se inscribe en el desafío histórico de la disposición de residuos sólidos en Puerto Rico, como lo demuestra la Ley 70-1992 para la reducción y el reciclaje de desperdicios sólidos. La medida busca fortalecer el reciclaje local de neumáticos, un tipo de residuo que contribuye a la saturación de los rellenos sanitarios, un problema crítico que la Ley 70-1992 no ha logrado resolver completamente.
En qué va
La medida, P. de la C. 630, fue el 12 de mayo de 2025 y apareció en Primera Lectura de la Cámara el 15 de mayo de 2025, siendo referida a comisión. Se han celebrado y una inspección ocular en 2026.
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Última acción · 9 de abril de 2026
: Salón de Audiencias #6
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para enmendar el Artículo 4-G de la Ley Núm. 74 de 23 de junio de 1965, según enmendada, conocida “Ley de la Autoridad de Carreteras y Transportación de Puerto Rico”, con el propósito de disponer que todo licitador que interese la adjudicación de un contrato que incluya la construcción o reparación de vías, caminos, u obras públicas, tales como, aceras, encintados y canales, superficies para el manejo de escorrentías y barreras de sonido prefabricadas, entre otros, a partir del 2 de enero de 2025, quede notificado de que tiene que utilizar asfalto o lozas asfálticas, según aplique, con contenido de neumáticos desechados (asphalt rubber) como parte esencial de la materia prima a emplearse en la construcción de la obra o en la reparación de la obra ya existente; hacer correcciones técnicas en la Ley; y para otros fines relacionados.
Esta medida enmienda el Artículo 4-G de la Ley 74 de 1965 (Ley de la Autoridad de Carreteras y Transportación) para exigir que, a partir del 2 de enero de 2025, todo licitador que obtenga contratos para construcción o reparación de vías y obras públicas (aceras, canales, barreras de sonido, etc.) utilice asfalto o losas asfálticas con contenido de neumáticos desechados (asphalt rubber) como materia prima esencial. Esto aplica a la Autoridad de Carreteras y Transportación y otras agencias o departamentos a quienes se les delegue.
Para crear la "Ley de Estándares de Seguridad de Gomas y Neumáticos", a los fines de reglamentar la venta y utilización de neumáticos en Puerto Rico; establecer unos estándares mínimos de calidad para los neumáticos puestos a la venta; imponer al Secretario del Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP), en consulta con el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (ORNA), la responsabilidad de promulgar aquella reglamentación que entienda necesaria para asegurar su efectiva consecución; enmendar el Artículo 19 de la Ley 41-2009, según enmendada, conocida como "Ley para el Manejo Adecuado de Neumáticos Desechados de Puerto Rico", con el propósito de atemperarla a ésta; e imponer penalidades.
La Ley 103-2025 crea la 'Ley de Estándares de Seguridad de Gomas y Neumáticos' para reglamentar la venta y uso de neumáticos en Puerto Rico. Establece estándares mínimos de calidad para neumáticos usados puestos a la venta, prohibiendo aquellos con banda de rodamiento inferior a 2/32 de pulgada, daños estructurales, reparaciones inadecuadas, o más de seis años de fabricados. Impone al Secretario del DTOP, en consulta con el DRNA, la responsabilidad de promulgar reglamentación y coordina con DACO para fiscalización. Enmienda la Ley 41-2009 para fomentar el uso de neumático pulverizado en obras públicas. Afecta a vendedores de neumáticos, consumidores y las agencias públicas encargadas de su fiscalización y reglamentación.
Para ordenar a la Comisión de Recursos Naturales de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación sobre el reciclaje de neumáticos en Puerto Rico con el propósito de evaluar alternativas para fomentarlo; y para otros fines relacionados.
La Resolución de la Cámara 292 ordena a la Comisión de Recursos Naturales de la Cámara de Representantes de Puerto Rico llevar a cabo una investigación sobre el reciclaje de neumáticos en la isla. El objetivo principal es evaluar y proponer alternativas concretas para fomentar un mayor reciclaje de estos materiales, en lugar de su exportación. La medida afecta a la Comisión de Recursos Naturales, que deberá realizar el estudio, y de forma indirecta a la ciudadanía y al medio ambiente al buscar soluciones al problema de la acumulación de neumáticos.
Para enmendar los Artículos 3.045 y 3.047 de la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como "Código Municipal de Puerto Rico" a los fines de ampliar las facultades de los municipios en cuanto al recogido, manejo y transportación de neumáticos desechados, en particular, cuando un municipio decida ejercer funciones como transportista de neumáticos desechados, para una ejecución más efectiva de los deberes, funciones municipales y la consecución de mayor autonomía; y otros fines relacionados
La medida PS 779 enmienda los Artículos 3.045 y 3.047 de la Ley 107-2020 (Código Municipal) para facultar explícitamente a los municipios a recoger, manejar y transportar neumáticos desechados. Esto incluye la posibilidad de que los municipios actúen como transportistas directos de estos materiales, facturando por el servicio al Departamento de Hacienda o al DRNA con cargo al Fondo para el Manejo de Neumáticos Desechados.
Para crear la "Ley de Incentivos para el Desarrollo de la Industria del Reciclaje como Materia Prima en Puerto Rico"; establecer un marco de incentivos dirigidos a fomentar la adquisición de equipo, maquinaria y tecnología para empresas que utilicen materiales reciclados como materia prima en sus procesos productivos; otorgar créditos contributivos por la compra e instalación de maquinaria y equipo de reciclaje; conceder exenciones contributivas sobre la propiedad, patentes municipales y arbitrios de importación; crear el Fondo Especial para el Desarrollo de la Industria del Reciclaje adscrito al DDEC ; y para otros fines relacionados.
Esta medida crea la 'Ley de Incentivos para el Desarrollo de la Industria del Reciclaje como Materia Prima en Puerto Rico'. Establece un marco de incentivos contributivos y financieros, incluyendo créditos fiscales (hasta 60-75% de inversión en equipo, 30% en compra de materia prima reciclada), exenciones contributivas (propiedad, patentes, arbitrios de importación), una tasa fija del 2% sobre ingresos netos por 15 años, y garantías de préstamos. Estos beneficios están dirigidos a empresas que transformen materiales reciclados en materia prima para procesos industriales, afectando directamente a dichas empresas y a quienes les compren materia prima reciclada.
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