Qué propone
La medida la Ley para el Manejo Adecuado de Neumáticos Desechados (Ley 41-2009) y la Ley de Política Pública Ambiental (Ley 416-2004). Establece que la Junta de Calidad Ambiental garantizará que al menos el 40% de los neumáticos desechados sean destinados a procesamiento o reciclaje local. Otorga elegibilidad a los transportadores de neumáticos para cobrar tarifas por su servicio, las cuales serán recuperadas por las instalaciones receptoras, y promueve el uso de productos reciclados de neumáticos en proyectos de construcción y rehabilitación de carreteras financiados por el gobierno y municipios. Afecta a la Autoridad de Desperdicios Sólidos, el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA), la Junta de Calidad Ambiental, transportadores, recicladores y exportadores de neumáticos, así como a contratistas de obras públicas.
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Última acción · 9 de abril de 2026
: Salón de Audiencias #6
Otras medidas sobre el mismo asunto, encontradas por significado (no solo por palabras).
Para enmendar el Artículo 4-G de la Ley Núm. 74 de 23 de junio de 1965, según enmendada, conocida “Ley de la Autoridad de Carreteras y Transportación de Puerto Rico”, con el propósito de disponer que todo licitador que interese la adjudicación de un contrato que incluya la construcción o reparación de vías, caminos, u obras públicas, tales como, aceras, encintados y canales, superficies para el manejo de escorrentías y barreras de sonido prefabricadas, entre otros, a partir del 2 de enero de 2025, quede notificado de que tiene que utilizar asfalto o lozas asfálticas, según aplique, con contenido de neumáticos desechados (asphalt rubber) como parte esencial de la materia prima a emplearse en la construcción de la obra o en la reparación de la obra ya existente; hacer correcciones técnicas en la Ley; y para otros fines relacionados.
La medida, P. de la C. 154, enmienda la Ley de la Autoridad de Carreteras y Transportación de Puerto Rico (Ley 74 de 1965) para exigir que, a partir del 2 de enero de 2025, todo licitador en contratos de construcción o reparación de vías y obras públicas utilice asfalto o lozas asfálticas con contenido de neumáticos desechados (asphalt rubber) como materia prima esencial. Afecta directamente a contratistas que liciten por obras de la Autoridad de Carreteras y Transportación y a la propia Autoridad en la especificación de materiales.
Para crear la "Ley de Estándares de Seguridad de Gomas y Neumáticos", a los fines de reglamentar la venta y utilización de neumáticos en Puerto Rico; establecer unos estándares mínimos de calidad para los neumáticos puestos a la venta; imponer al Secretario del Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP), en consulta con el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (ORNA), la responsabilidad de promulgar aquella reglamentación que entienda necesaria para asegurar su efectiva consecución; enmendar el Artículo 19 de la Ley 41-2009, según enmendada, conocida como "Ley para el Manejo Adecuado de Neumáticos Desechados de Puerto Rico", con el propósito de atemperarla a ésta; e imponer penalidades.
Contras
Intereses en juego
📜 Perspectiva histórica
Esta medida se inscribe en el desafío histórico de la disposición de residuos sólidos, particularmente los neumáticos, que ha llevado a la saturación de los rellenos sanitarios y a la búsqueda de alternativas de reciclaje. La medida busca fortalecer el reciclaje local de neumáticos, un esfuerzo que se alinea con la Ley 70-1992 para la reducción y el reciclaje de desperdicios sólidos, que históricamente ha tenido dificultades para alcanzar sus metas.
En qué va
La medida, P. de la C. 630, fue el 12 de mayo de 2025 y referida a la Comisión de Recursos Naturales en la Cámara de Representantes. Ha tenido varias y una inspección ocular en Yabucoa.
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La Ley 103-2025 crea la 'Ley de Estándares de Seguridad de Gomas y Neumáticos' para reglamentar la venta y uso de neumáticos en Puerto Rico. Establece estándares mínimos de calidad, como una banda de rodamiento de al menos 4/32 de pulgada y prohibiciones contra daños específicos. El Secretario del Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP), en consulta con el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA), es responsable de promulgar la reglamentación necesaria. La ley también enmienda la Ley 41-2009 sobre manejo de neumáticos desechados e impone penalidades.
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