Qué propone
Esta medida busca crear la 'Ley de Incentivos para el Desarrollo de la Industria del Reciclaje como Materia Prima en Puerto Rico'. Su propósito es establecer un marco de incentivos para fomentar la adquisición de equipo y tecnología por parte de empresas que utilicen materiales reciclados. Los incentivos propuestos incluyen créditos contributivos por la compra e instalación de maquinaria, sobre propiedad, patentes municipales y arbitrios de importación. Adicionalmente, propone la creación de un Fondo Especial para el Desarrollo de la Industria del Reciclaje adscrito al Departamento de Desarrollo Económico y Comercio (DDEC).
Pros
Contras
Intereses en juego
📜 Perspectiva histórica
Esta medida se enmarca en el desafío histórico de la disposición de residuos sólidos en Puerto Rico, un tema crítico que la Ley 70-1992 intentó abordar sin éxito. La propuesta de incentivos para el reciclaje busca revitalizar una industria que, a pesar de los esfuerzos legislativos previos, sigue rezagada en la recuperación de materiales, lo que ha llevado a que los rellenos sanitarios estén al límite de su capacidad.
En qué va
La medida, identificada como PC 1323, fue el 23 de junio de 2026 y apareció en Primera Lectura de la Cámara el mismo día. Posteriormente, fue referida a comisión(es) para su análisis.
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Última acción · 23 de junio de 2026
Referido a Comisión(es)
Otras medidas sobre el mismo asunto, encontradas por significado (no solo por palabras).
Para crear la Ley para Fortalecer la Industria del Reciclaje en Puerto Rico, enmendar la Sección 3010.01, crear una nueva Sección 3020.12 y reenumerar las actuales secciones 3020.12, 3020.13, 3020.14 y 3020.15 como las nuevas secciones 3020.11, 3020.13, 3020.14, 3020.15 y 3020.16 de la Ley 1-2011, según enmenada, conocida como Código de Rentas Internas de Puerto Rico, a los fines de implementar mecanismos contributivos y administrativos que incentiven la recuperación de la chatarra de aluminio para su transformación en nuevos productos dentro de la Isla; y para otros fines relacionados.
La medida crea la Ley para Fortalecer la Industria del Reciclaje en Puerto Rico y enmienda el Código de Rentas Internas (Ley 1-2011). Implementa un arbitrio de 30 centavos por libra sobre la exportación de chatarra de aluminio extruida, buscando incentivar su procesamiento local. Establece exenciones para usos estratégicos, mudanzas domésticas y componentes minoritarios en exportaciones de equipo usado, y otorga al Secretario de Hacienda la facultad de conceder otras exenciones por política pública. Afecta directamente a exportadores de chatarra de aluminio y a la industria local de transformación de aluminio.
Para establecer la “Ley para la Revitalización de Viviendas Abandonadas a través de Créditos y Exenciones Contributivas en Puerto Rico”, a fin de proveer incentivos contributivos a las personas naturales, jurídicas, entidades u organizaciones sin fines lucrativos, cooperativas y corporaciones, que rehabiliten propiedades inmuebles abandonadas, así certificadas por el Departamento de la Vivienda y los municipios correspondientes, una vez realizado el debido proceso de ley, en áreas deterioradas para promover las viviendas asequibles; disponer objetivos; definiciones; criterios; designaciones; facultades y deberes; requisitos de elegibilidad de la propiedad inmueble y del propietario; administración y certificación; criterios de solicitud; incentivos; condiciones para el incentivo y exención; controles, fiscalización, penalidades y reversión; reglamentación; e informe de impacto fiscal.
Esta medida propone la creación de la "Ley para la Revitalización de Viviendas Abandonadas a través de Créditos y Exenciones Contributivas en Puerto Rico". Busca incentivar la rehabilitación de propiedades residenciales y comerciales abandonadas (desocupadas por más de 12 meses y en deterioro evidente) mediante créditos y exenciones contributivas. Los beneficiarios son personas naturales, jurídicas, cooperativas y organizaciones sin fines de lucro que adquieran y rehabiliten estas propiedades, destinándolas a uso residencial principal o alquiler a largo plazo por un mínimo de 10 años.
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