Qué propone
Esta medida establece la "Ley para la Revitalización de Viviendas Abandonadas a través de Créditos y en Puerto Rico". Crea un programa para otorgar incentivos contributivos (exenciones y créditos fiscales) a personas naturales, jurídicas, cooperativas y organizaciones sin fines de lucro que rehabiliten propiedades inmuebles declaradas abandonadas y en estado de deterioro. El objetivo es promover la vivienda asequible, revitalizar áreas urbanas deterioradas y aumentar el inventario de viviendas, afectando a propietarios, desarrolladores y municipios.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
Esta medida se inscribe en el contexto histórico de la escasez de vivienda asequible y el deterioro urbano, exacerbado por fenómenos como el huracán María y el aumento de precios por la Ley 60-2019. Busca mitigar estos problemas incentivando la rehabilitación de propiedades abandonadas, un esfuerzo que complementa los programas de recuperación como el R3 y aborda la necesidad de revitalizar comunidades.
En qué va
La medida, P. de la C. 1123, fue el 12 de febrero de 2026 y referida a la Comisión de Vivienda y Desarrollo Urbano. Tuvo una el 18 de mayo de 2026.
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Última acción · 18 de mayo de 2026
: Salón de Audiencias #2
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para adoptar la “Ley de Incentivo Contributivo para la Venta de Bienes Inmuebles Inertes” a los fines de establecer un crédito contributivo hasta un máximo equivalente al setenta y cinco por ciento (75%) del valor total de compraventa del bien inmueble, exonerar del pago de aranceles y comprobantes de inscripción del Registro de la Propiedad y otros fines relacionados.
Esta medida legislativa, la "Ley de Incentivo Contributivo para la Venta de Bienes Inmuebles Inertes", establece un crédito contributivo para compradores de propiedades que lleven tiempo sin venderse. Otorga un crédito de hasta el 75% del precio de compraventa para inmuebles sin venderse por más de 10 años, y del 50% para los que lleven más de 5 años. También exonera del pago de aranceles y comprobantes del Registro de la Propiedad por 2 a 5 años, y de contribuciones municipales (CRIM) por 2 a 5 años, dependiendo del tiempo que la propiedad lleve en el mercado. Afecta a compradores de bienes inmuebles, especialmente aquellos que buscan adquirir propiedades de inventario antiguo o abandonado, y a los vendedores de estas propiedades.
Para enmendar la Sección 6060.05 del Subcapítulo A, Capítulo 1, Subtítulo F de la Ley Núm. 60 - 2019, según enmendada, conocida como “Código de Incentivos de Puerto Rico”, a fin de extender los beneficios de exención del pago de la contribución sobre la propiedad inmueble hasta el 2030; y para otros fines relacionados
Esta medida legislativa enmienda la Sección 6060.05 del Código de Incentivos de Puerto Rico (Ley 60-2019) para extender la vigencia de los beneficios de exención de la contribución sobre la propiedad inmueble, originalmente establecidos por la Ley 216-2011 (Programa Impulso a la Vivienda), hasta el 31 de diciembre de 2030. Afecta principalmente a compradores de vivienda nueva que cumplan con ciertos criterios de precio y que no sean beneficiarios de otros incentivos específicos.
Para enmendar la Sección 1, inciso (d); y la Sección 9 de la Ley Núm. 132 de 1 de julio de 1975, según enmendada, la cual establece las disposiciones sobre las viviendas enclavadas en terrenos ajenos, a los fines de actualizar el porciento que le corresponde a la familia según sus ingresos y autorizar planes de pago; y para otros fines relacionados.
La medida propone enmendar la Ley Núm. 132 de 1975 para actualizar la definición de 'familia de escasos recursos económicos' y los créditos aplicables a los ingresos brutos ajustados. También modifica la fórmula de cálculo del precio de venta de solares en terrenos ajenos, estableciendo un sistema de pago a plazos para familias que no califican como de escasos recursos pero ocupan una vivienda principal en dichos terrenos. Afecta directamente a familias que ocupan viviendas en terrenos gubernamentales y buscan adquirir la propiedad del solar.
Para enmendar las Secciones 1020.07, 2071.01, 2073.06, 3040.01 y 6020.10 de la Ley Núm. 60-2019, según enmendada, conocida como el Código de Incentivos de Puerto Rico; a los fines de clarificar aspectos, establecer prioridades, disponer topes de venta y arrendamiento, hacer exclusiones, entre otras cosas, relacionadas al incentivo que fomenta el desarrollo de viviendas en los centros urbanos de los municipios; y para otros fines relacionados.
Esta medida legislativa enmienda varias secciones (1020.07, 2071.01, 2073.06, 3040.01, 6020.10) de la Ley 60-2019, conocida como el Código de Incentivos de Puerto Rico. Su objetivo es clarificar, establecer prioridades, fijar topes de venta y arrendamiento, y hacer exclusiones para el incentivo que promueve el desarrollo de viviendas en centros urbanos. Afecta principalmente a desarrolladores de proyectos de vivienda y a potenciales compradores o inquilinos de estas unidades.
Para crear la "Ley de Incentivos para el Desarrollo de la Industria del Reciclaje como Materia Prima en Puerto Rico"; establecer un marco de incentivos dirigidos a fomentar la adquisición de equipo, maquinaria y tecnología para empresas que utilicen materiales reciclados como materia prima en sus procesos productivos; otorgar créditos contributivos por la compra e instalación de maquinaria y equipo de reciclaje; conceder exenciones contributivas sobre la propiedad, patentes municipales y arbitrios de importación; crear el Fondo Especial para el Desarrollo de la Industria del Reciclaje adscrito al DDEC ; y para otros fines relacionados.
Esta medida crea la 'Ley de Incentivos para el Desarrollo de la Industria del Reciclaje como Materia Prima en Puerto Rico'. Establece un marco de incentivos contributivos y financieros, incluyendo créditos fiscales (hasta 60-75% de inversión en equipo, 30% en compra de materia prima reciclada), exenciones contributivas (propiedad, patentes, arbitrios de importación), una tasa fija del 2% sobre ingresos netos por 15 años, y garantías de préstamos. Estos beneficios están dirigidos a empresas que transformen materiales reciclados en materia prima para procesos industriales, afectando directamente a dichas empresas y a quienes les compren materia prima reciclada.
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