Qué propone
El Proyecto de la Cámara 645 propone crear la Ley para Fortalecer la Industria del Reciclaje en Puerto Rico. el Código de Rentas Internas de Puerto Rico (Ley 1-2011) para añadir un arbitrio de 30 centavos por libra a la exportación de chatarra de aluminio extruida. Afecta principalmente a quienes exportan este material, buscando incentivar su procesamiento y transformación local.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
Esta medida se inscribe en el desafío histórico de la disposición de residuos sólidos, un tema crítico en Puerto Rico. La Ley 70-1992 ya buscaba desviar materiales reciclables para prolongar la vida útil de los vertederos, pero las tasas de recuperación han sido bajas; esta medida busca incentivar el reciclaje de aluminio de manera más específica.
En qué va
La medida, el 12 de mayo de 2025, se encuentra en la Cámara de Representantes, habiendo pasado por primera lectura y referida a la Comisión de Hacienda. Se realizó una inspección ocular en la Fábrica de Aluminio de Puerto Rico en Humacao el 2 de junio de 2026.
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Última acción · 2 de junio de 2026
Inspección Ocular: Fábrica de Aluminio de Puerto Rico, Humacao
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para crear la "Ley de Incentivos para el Desarrollo de la Industria del Reciclaje como Materia Prima en Puerto Rico"; establecer un marco de incentivos dirigidos a fomentar la adquisición de equipo, maquinaria y tecnología para empresas que utilicen materiales reciclados como materia prima en sus procesos productivos; otorgar créditos contributivos por la compra e instalación de maquinaria y equipo de reciclaje; conceder exenciones contributivas sobre la propiedad, patentes municipales y arbitrios de importación; crear el Fondo Especial para el Desarrollo de la Industria del Reciclaje adscrito al DDEC ; y para otros fines relacionados.
Esta medida crea la 'Ley de Incentivos para el Desarrollo de la Industria del Reciclaje como Materia Prima en Puerto Rico'. Establece un marco de incentivos contributivos y financieros, incluyendo créditos fiscales (hasta 60-75% de inversión en equipo, 30% en compra de materia prima reciclada), exenciones contributivas (propiedad, patentes, arbitrios de importación), una tasa fija del 2% sobre ingresos netos por 15 años, y garantías de préstamos. Estos beneficios están dirigidos a empresas que transformen materiales reciclados en materia prima para procesos industriales, afectando directamente a dichas empresas y a quienes les compren materia prima reciclada.
Para ordenar a la Comisión de Recursos Naturales y Ambientales de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre la implementación de la Ley Núm. 70-1992, según enmendada, mejor conocida como la “Ley para la Reducción y el Reciclaje de Desperdicios Sólidos en Puerto Rico” y la actualización de los datos relacionados al reciclaje en Puerto Rico.
La Resolución de la Cámara 268 ordena a la Comisión de Recursos Naturales y Ambientales de la Cámara de Representantes realizar una investigación exhaustiva sobre la implementación de la Ley 70-1992 (Ley para la Reducción y el Reciclaje de Desperdicios Sólidos) y la actualización de datos de reciclaje en Puerto Rico. La investigación debe determinar cuántas agencias y municipios tienen planes de reciclaje vigentes, cuántos municipios tienen programas activos, y solicitar cifras recientes y detalles sobre campañas educativas al Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA). La Comisión deberá rendir un informe en un plazo de 120 días.
Para enmendar los Artículos 4 y 9 de la Ley Núm. 41-2009, según enmendada, conocida como “Ley para el Manejo Adecuado de Neumáticos Desechados del Estado Libre Asociado de Puerto Rico” y el Artículo 52 de la Ley Núm. 416-2004, según enmendada, conocida como “Ley Sobre Política Pública Ambiental”, a los fines de establecer un mínimo de neumáticos desechado recolectados que deban ser destinados a procesamiento y reciclaje local; otorgar elegibilidad a los transportadores de neumáticos desechados para el cobro de tarifas por los servicios de transportación de neumáticos desechados, así como establecer el mecanismo de la transacción; promover el uso de productos reciclados localmente en proyectos de construcción y rehabilitación de carreteras financiados por el Gobierno de Puerto Rico y los municipios; entre otros fines relacionados.
La medida enmienda la Ley 41-2009 y la Ley 416-2004 para establecer que al menos el 40% de los neumáticos desechados en Puerto Rico se destinen a procesamiento y reciclaje local. También otorga elegibilidad a los transportadores de neumáticos para cobrar tarifas por su servicio, ajustando los mecanismos de pago, y promueve el uso de productos reciclados localmente en proyectos de construcción y rehabilitación de carreteras financiados por el gobierno.
Para enmendar la Sección 1033.15 de la Ley 1-2011, según enmendada, conocida como “Código de Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico”, a los fines de conceder, una deducción especial a individuos por la adquisición de sistemas de energía renovable, eficientes y amigables al ambiente para su residencia; y para otros fines relacionados.
La medida propone enmendar el Código de Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico (Ley 1-2011) para añadir una deducción especial a individuos por la adquisición de sistemas de energía renovable, eficientes y amigables al ambiente para su residencia principal. Esta deducción, reclamable una sola vez, tiene un límite máximo de $20,000 y aplica a sistemas que generen energía de fuentes como solar, eólica, geotérmica, océano-térmica, hidroeléctrica o combustibles renovables (excluyendo fósiles).
“Para ordenar al Departamento de Desarrollo Económico y Comercio priorizar la promoción y el desarrollo de las industrias de reciclaje; identificar terrenos pertenecientes al gobierno donde se puedan establecer empresas dedicadas al reciclaje; incentivar empresas cuyos bienes de producción, en más del 50%, provengan de material reciclado; identificar aquellos programas y fondos, estatales o federales, necesarios para dar cumplimiento a las disposiciones de esta Resolución Conjunta; y para otros fines relacionados.”
Esta Resolución Conjunta ordena al Departamento de Desarrollo Económico y Comercio (DDEC) a priorizar la promoción y el desarrollo de las industrias de reciclaje. También le instruye a identificar terrenos gubernamentales disponibles para establecer dichas empresas, incentivar a compañías que utilicen más del 50% de material reciclado en su producción, y localizar programas y fondos (estatales y federales) para cumplir estos objetivos. Afecta principalmente al DDEC, a otras agencias con terrenos gubernamentales, y a las empresas del sector de reciclaje y manufactura.
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