Qué propone
El Proyecto de la Cámara 947 la Ley 25-2018 para extender la designación de la 'Ruta de la Tradición Loiceña' a lo largo de la Carretera PR-187. Originalmente declarada entre los Barrios Piñones y Torrecilla Baja, la ruta se extenderá ahora desde el Puente de Boca de Cangrejos (colindancia con Carolina) hasta el Puente Herrera (colindancia con Río Grande). Esta extensión busca ampliar el alcance geográfico y el potencial de desarrollo turístico y económico de la ruta gastronómica en el Municipio de Loíza. La medida afecta principalmente a los negocios y residentes a lo largo del tramo ampliado de la PR-187 y a la Compañía de Turismo de Puerto Rico, que es la agencia principal encargada de su implementación.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
Esta medida se inscribe en la estrategia de desarrollo turístico de Puerto Rico, que ha evolucionado desde la creación de la Compañía de Turismo en 1970 hacia la diversificación y promoción de destinos específicos. La ampliación de la "Ruta de la Tradición Loiceña" busca potenciar el turismo local y gastronómico, complementando los esfuerzos históricos por atraer visitantes y generar actividad económica, como se ha visto con el Centro de Convenciones y los incentivos fiscales.
En qué va
El Proyecto de la Cámara 947 fue aprobado por la Cámara de Representantes el 25 de junio de 2026, tras recibir un con de la Comisión de Turismo. Posteriormente, fue enviado al Senado para su trámite.
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Última acción · 29 de junio de 2026
Referido a Comisión(es)
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para ordenar a la Comisión de la Región Este de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación sobre la implementación de las disposiciones de la Ley 25-2018, que declaró el tramo de la Carretera Estatal Núm. PR-187, que discurre entre los Barrios Piñones y Torrecilla Baja del Municipio de Loíza, como Ruta de Turismo Gastronómico que será conocida como: “Ruta de la Tradición Loiceña”; investigar en qué etapa se encuentra la Compañía de Turismo de Puerto Rico y otras agencias gubernamentales para cumplir con los Artículos 2, 3, 4, 5, 6 y 7 de dicha Ley; y para otros fines relacionados.
La Resolución de la Cámara 4 ordena a la Comisión de la Región Este de la Cámara de Representantes de Puerto Rico a investigar la implementación de la Ley 25-2018. Esta ley declaró un tramo de la Carretera PR-187 en Loíza como la Ruta de la Tradición Loiceña. La investigación se centrará en la etapa de cumplimiento de la Compañía de Turismo de Puerto Rico y otras agencias gubernamentales respecto a los artículos clave de dicha ley. La Comisión deberá presentar un informe con sus hallazgos y recomendaciones dentro de los 120 días posteriores a la aprobación de la resolución.
Para ordenar a la Compañía de Turismo de Puerto Rico, realizar los trámites administrativos necesarios y pertinentes para cumplir con las disposiciones de la Ley 25-2018, que declaró un tramo de la Carretera Estatal Núm. PR-187, del Municipio de Loíza, como la Ruta de Turismo Gastronómico que será conocida como: “Ruta de la Tradición Loiceña”; y para otros fines relacionados.
Esta Resolución Conjunta (RCC 230) ordena a la Oficina de Turismo del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio, o a su sucesor legal, que tome las medidas administrativas necesarias para cumplir con la Ley 25-2018. Dicha ley, aprobada en 2018, declaró un tramo de la Carretera PR-187 en Loíza como la 'Ruta de la Tradición Loiceña' y le encomendó a la Compañía de Turismo de Puerto Rico la integración, promoción, desarrollo de planes y adiestramientos para esta ruta. La RCC 230 también exige que, para el 31 de diciembre de 2026, esta Oficina de Turismo presente un informe sobre el progreso de dichas gestiones ante las secretarías de ambos cuerpos legislativos.
Para demarcar la extensión del Frente Marítimo del Municipio Autónomo de Cataño, incluyendo el Malecón Edwin Rivera Sierra, como "Zona de Turismo Gastronómico", comprendiendo la Avenida Las Nereidas, desde la Calle Destino hasta la Avenida Barbosa, y la Avenida Barbosa, desde la Calle José l. Correa hasta La Puntilla de Cataño; establecer un Comité de Trabajo de la Compañía de Turismo de Puerto Rico, para que pueda identificar, tomar acción affrmativa y dar debido cumplimiento a todos los requerimientos dispuestos en esta Ley; incluyendo el establecimiento de acuerdos colaborativos con el Municipio de Cataño y/ o cualquier oh·a entidad pública o privada; desarrollar los planes de mercadeo y promoción que se estime necesario; someter un Informe Anual ante la Asamblea Legislativa pormenorizando su cumplimiento con los requerimientos y exigencias de esta Ley; coordinar con otras agencias; y para otros fines relacionados.
La Ley 24-2026 designa el Frente Marítimo del Municipio Autónomo de Cataño, incluyendo el Malecón Edwin Rivera Sierra, como 'Zona de Turismo Gastronómico'. Establece un Comité de Trabajo bajo la Compañía de Turismo de Puerto Rico (CTPR) para identificar y ejecutar requerimientos, coordinar con entidades públicas y privadas, y desarrollar planes de mercadeo y promoción. La CTPR deberá someter un informe anual a la Asamblea Legislativa y coordinar con múltiples agencias gubernamentales y el municipio para implementar la designación.
Para enmendar el Artículo 1 de la Ley Núm. 62 de 18 de julio de 2022, conocida como la “Ley para Demarcar la Extensión de la Avenida Boulevard (actualmente Avenida, Trio Los Andinos) de la Urbanización Levittown de Toa Baja como Zona de Turismo Gastronómico” con el propósito de ampliar dicha zona y designar como parte de la misma las siguientes extensiones adicionales: la Avenida Dos Palmas (actualmente Avenida Agapito Ortíz Rivera) en su totalidad hasta la intersección con la Avenida Boulevard; la Avenida Boulevard Monroig, (Avenida David Córdova Torrench) desde la intersección con la Calle Rosa de Tejas hasta la intersección con la Avenida Boulevard; la Calle Rosa de Tejas en su totalidad; la Avenida Los Dominicos, también conocida como Carretera 866, desde la intersección con la Avenida Boulevard hasta la intersección con la Avenida Amalia Paoli; la Avenida Amalia Paoli, identificada como Carretera 866, desde la intersección con la Avenida Los Dominicos hasta la intersección con la Avenida Gregorio Ledesma; y la Avenida Gregorio Ledesma, también identificada como Carretera 866, desde la intersección con la Avenida Amalia Paoli hasta la intersección con la Calle José E. Pedreira y para otros fines relacionados.
La medida enmienda la Ley 62 de 2022 para ampliar la designación de la "Zona de Turismo Gastronómico" en Toa Baja. Incluye nuevas extensiones de varias avenidas (Dos Palmas, Boulevard Monroig, Rosa de Tejas, Los Dominicos, Amalia Paoli, Gregorio Ledesma) y autoriza a la Compañía de Turismo a ajustar la zona a petición del Municipio de Toa Baja sin necesidad de nueva legislación. También modifica artículos para atemperar la ley base a estos cambios.
Para demarcar la extensión del Frente Marítimo del Municipio Autónomo de Cataño, incluyendo el Malecón Edwin Rivera Sierra, como “Zona de Turismo Gastronómico”, comprendiendo la Avenida Las Nereidas, desde la Calle Destino hasta la Avenida Barbosa, y la Avenida Barbosa, desde la Calle José I. Correa hasta La Puntilla de Cataño; y ordenar a la Compañía de Turismo de Puerto Rico a desarrollar planes de mercadeo, promoción y apoyo para dicha zona; y para otros fines relacionados."
La medida buscaba designar una sección específica del frente marítimo de Cataño, incluyendo el Malecón Edwin Rivera Sierra y partes de las avenidas Las Nereidas y Barbosa, como una 'Zona de Turismo Gastronómico'. Ordenaba a la Compañía de Turismo de Puerto Rico (CTPR) desarrollar planes de mercadeo, promoción, apoyo a comerciantes, coordinación interagencial y presentar un informe anual. Afectaba directamente al Municipio de Cataño y a la CTPR en sus funciones de planificación y promoción turística.
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