Qué propone
La medida buscaba designar el frente marítimo del Municipio Autónomo de Cataño, incluyendo el Malecón Edwin Rivera Sierra y tramos de las avenidas Las Nereidas y Barbosa, como una 'Zona de Turismo Gastronómico'. Ordenaba a la Compañía de Turismo de Puerto Rico (CTPR) desarrollar planes de mercadeo, promoción y apoyo, así como coordinar con otras agencias y someter informes anuales. La medida fue por la Gobernadora.
Pros
Contras
Intereses en juego
📜 Perspectiva histórica
Esta medida se inscribe en la estrategia de diversificación del turismo en Puerto Rico, un pilar económico que se ha institucionalizado desde la creación de la Compañía de Turismo en 1970. La designación de zonas específicas, como la propuesta "Zona de Turismo Gastronómico" en Cataño, busca replicar el modelo de desarrollo de destinos especializados que ha impulsado el Distrito del Centro de Convenciones y otros nichos como el turismo de cruceros y médico, aunque estos últimos han enfrentado desafíos de inversión y estacionalidad laboral.
En qué va
La medida (PC 335) fue y el Senado en 2025, pero recibió un expreso de la Gobernadora el 2 de octubre de 2025, impidiendo su promulgación.
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Última acción · 2 de octubre de 2025
Expreso
La lectura de coincidencia compara solo a favor vs. en contra de cada lado.
A favor (51)
Otras medidas sobre el mismo asunto, encontradas por significado (no solo por palabras).
Para demarcar la extensión del Frente Marítimo del Municipio Autónomo de Cataño, incluyendo el Malecón Edwin Rivera Sierra, como "Zona de Turismo Gastronómico", comprendiendo la Avenida Las Nereidas, desde la Calle Destino hasta la Avenida Barbosa, y la Avenida Barbosa, desde la Calle José l. Correa hasta La Puntilla de Cataño; establecer un Comité de Trabajo de la Compañía de Turismo de Puerto Rico, para que pueda identificar, tomar acción affrmativa y dar debido cumplimiento a todos los requerimientos dispuestos en esta Ley; incluyendo el establecimiento de acuerdos colaborativos con el Municipio de Cataño y/ o cualquier oh·a entidad pública o privada; desarrollar los planes de mercadeo y promoción que se estime necesario; someter un Informe Anual ante la Asamblea Legislativa pormenorizando su cumplimiento con los requerimientos y exigencias de esta Ley; coordinar con otras agencias; y para otros fines relacionados.
La Ley PC 913 designa el Frente Marítimo del Municipio Autónomo de Cataño, incluyendo el Malecón Edwin Rivera Sierra y tramos específicos de las Avenidas Las Nereidas y Barbosa, como una 'Zona de Turismo Gastronómico'. Establece un Comité de Trabajo adscrito a la Compañía de Turismo de Puerto Rico (CTPR) para identificar requerimientos, coordinar acuerdos colaborativos con el municipio y otras entidades, desarrollar planes de mercadeo y promoción, e informar anualmente a la Asamblea Legislativa. Afecta directamente a los negocios y residentes en el área designada, así como a la CTPR y al Municipio de Cataño en sus roles de planificación y ejecución.
Para demarcar la calle Palma y la calle Gonzalo Marín de Arecibo como “Zona de Turismo Gastronómico” que se conocerá como “Corredor Gastronómico Aracibo en la Villa del Capitán Correa” y ordenar a la Compañía de Turismo de Puerto Rico a desarrollar planes de mercadeo, promoción y apoyo para dicha zona; y para otros fines relacionados.
Ausente (2)
A favor (25)
Esta medida buscaba designar las calles Palma y Gonzalo Marín en Arecibo como una "Zona de Turismo Gastronómico" denominada "Corredor Gastronómico Aracibo en la Villa del Capitán Correa". Ordenaba a la Compañía de Turismo de Puerto Rico (CTPR) desarrollar planes de mercadeo, promoción y apoyo para esta zona. La iniciativa pretendía fomentar el desarrollo económico y la actividad comercial y cultural en el área.
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