Para designar la Carretera PR-39 conocida como la calle Cerra en Santurce del Municipio de San Juan como “Centro Gastronómico y Cultural Metropolitano”; autorizar a la Compañía de Turismo de Puerto Rico y al Instituto de Cultura Puertorriqueña al desarrollo conjunto de planes de mercadeo, promoción y apoyo de estos sectores; y para otros fines relacionados.
Qué propone
Crea la “Ley del Centro Gastronómico y Cultural Metropolitano” y designa con ese nombre la PR-39, conocida como la calle Cerra, en Santurce. Ordena a Turismo y al Instituto de Cultura preparar un plan conjunto de desarrollo turístico y cultural con promoción, mercadeo, adiestramiento y orientación a comerciantes sobre derechos contributivos, laborales y de otra índole; deben integrar al Municipio de San Juan y al DTOP. El plan debe cumplir con la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme y armonizarse con los planes territoriales aplicables; se revisaría integralmente cada diez años, o parcialmente antes si fuera necesario. No asigna una suma fija: ordena a Turismo, al Instituto y al DTOP solicitar los recursos necesarios en sus presupuestos, y a OGP y AAFAF asegurar los recursos que soliciten; también fija 180 días desde la aprobación para adoptar .
Pros
Contras
Intereses en juego
Qué cambió en comisiónsegún el entirillado del informe
Se incorporaron el Municipio de San Juan y el DTOP como participantes esenciales del plan, se autorizó al DTOP a reglamentar la ley y se asignó a OGP y AAFAF un papel en asegurar los recursos presupuestarios solicitados.
En qué va
La Cámara aprobó el proyecto el 12 de junio de 2025 y el Senado el 6 de noviembre; la Cámara concurrió con las el 18 de noviembre. Fue el 8 de diciembre de 2025 y recibió un el 7 de enero de 2026, por lo que no entró en vigor.
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Última acción · 7 de enero de 2026
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A favor (51)
A favor (28)
A favor (48)
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