Qué propone
La medida crea la "Ley para la Protección y Conservación de los Terrenos de Alto Valor Agrícola de la Autoridad de Tierras de Puerto Rico". Limita a la Autoridad de Tierras la disposición de terrenos de alto valor agrícola si el fin es incompatible con su uso óptimo. Impone restricciones a la Junta de Planificación, la Oficina de Gerencia de Permisos y los municipios autónomos para la aprobación de permisos sobre estos terrenos, buscando proteger la actividad agropecuaria.
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Última acción · 17 de noviembre de 2025
Referido a Comisión(es)
Otras medidas sobre el mismo asunto, encontradas por significado (no solo por palabras).
Para crear la “Ley de protección de tierras agrícolas, bosques y áreas naturales protegidas”; establecer la política pública y prohibición para la protección y conservación de estas áreas; establecer la responsabilidad de la Oficina de Gerencia y Permisos, el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales y a la Junta de Planificación de Puerto Rico para instrumentar reglamentos y procedimientos que protejan las tierras agrícolas, bosques y áreas naturales protegidas; y para decretar otras disposiciones complementarias.
La medida crea la "Ley de protección de tierras agrícolas, bosques y áreas ecológicas". Establece como política pública del Gobierno de Puerto Rico la protección de terrenos agrícolas y la conservación de bosques y áreas ecológicas, especialmente para evitar el impacto de proyectos energéticos industriales en estas zonas. Prohíbe el uso de tierras agrícolas, bosques y áreas ecológicas para la construcción de proyectos de energía a gran escala. Asigna la responsabilidad de instrumentar reglamentos y procedimientos de protección a la Oficina de Gerencia y Permisos (OGP), el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA) y la Junta de Planificación (JP).
Para declarar la política pública del Gobierno de Puerto Rico en torno al desarrollo agrícola de los terrenos comprendidos dentro del Valle de Bucarabones en el Municipio de Toa Alta, y declararlos como una reserva agrícola; ordenar la promulgación y adopción de una resolución de zonificación especial para estimular la producción y desarrollo agrícola; prohibir la aprobación de consultas de ubicación, la otorgación de permisos de construcción o de uso en contravención con dicha política pública; prohibir la segregación de fincas en predios menores de veinticinco (25) cuerdas; requerir la identificación de la titularidad de todas las fincas y el deslinde de las fincas con potencial agrícola que sean propiedad privada, de agencias gubernamentales y corporaciones públicas; desarrollar e implantar un plan para el desarrollo integral del Valle de Bucarabones; y para otros fines relacionados.
Intereses en juego
📜 Perspectiva histórica
Esta medida se inscribe en la historia de la protección de los terrenos agrícolas, que arranca con la creación de la Autoridad de Tierras en 1941 y la designación de reservas agrícolas como las de Lajas y Coloso. La medida busca fortalecer esta protección ante la presión constante de rezonificaciones y desarrollos, un reto histórico para la custodia y ordenamiento territorial.
En qué va
La medida, Proyecto de la Cámara 981, fue el 17 de noviembre de 2025 y apareció en Primera Lectura de la Cámara el mismo día. Posteriormente, fue referida a la Comisión de Agricultura para su análisis.
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Esta medida declara la política pública del Gobierno de Puerto Rico para proteger y desarrollar los terrenos del Valle de Bucarabones en Toa Alta como una reserva agrícola. Establece la prohibición de permisos de construcción o uso que contravengan esta política, veda la segregación de fincas a menos de veinticinco (25) cuerdas, y exige la identificación y deslinde de fincas agrícolas. Además, ordena el desarrollo e implantación de un plan integral para el Valle.
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