Qué propone
Esta medida, el P. del S. 1243, la Ley Núm. 82-2023 sobre Política Pública del Cuidado Informal. Ordena al Departamento del Trabajo y Recursos Humanos y al Departamento de la Familia a crear guías prácticas para que empleados que son cuidadores informales puedan ajustar sus horarios laborales para atender a adultos mayores y cumplir con sus empleos. Se les da 120 días para implementar estas guías y se renumeran artículos de la ley existente. Afecta directamente a cuidadores informales empleados, sus patronos y a las agencias gubernamentales encargadas de la implementación.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
La medida, P. del S. 1243, fue el 11 de mayo de 2026 y referida a comisión en el Senado de Puerto Rico el 14 de mayo de 2026, tras aparecer en Primera Lectura.
Generado por IA · puede contener errores y los argumentos a favor/en contra son posibles puntos de debate, no una postura oficial. Verifica con el texto oficial.
Última acción · 14 de mayo de 2026
Referido a Comisión(es)
Otras medidas sobre el mismo asunto, encontradas por significado (no solo por palabras).
Para enmendar los Artículos 2 y 4 de la Ley Núm. 180 de 27 de julio de 1998, según enmendada, conocida como la “Ley de Vacaciones y Licencia por Enfermedad de Puerto Rico”, a los fines de añadir definiciones de “cuidador” y “menor con impedimentos”; establecer una licencia especial con paga para empleados que sean padres, madres, tutores legales o custodios de menores con impedimentos, para asistir a citas médicas, terapias, evaluaciones, servicios de intervención temprana, reuniones del Comité de Programación y Ubicación y otras gestiones relacionadas con la condición del menor; disponer requisitos de notificación y certificación; prohibir represalias, acciones disciplinarias o el uso adverso de dicha licencia en evaluaciones de desempeño; facultar al Departamento del Trabajo y Recursos Humanos a adoptar la reglamentación necesaria; y para otros fines relacionados.
La medida PS 1242 enmienda la Ley de Vacaciones y Licencia por Enfermedad de Puerto Rico para añadir definiciones de 'cuidador' y 'menor con impedimentos'. Crea una licencia especial con paga de hasta tres (3) días laborables anuales, y hasta tres (3) días adicionales sin paga, para empleados que sean cuidadores de menores con impedimentos. Esta licencia permite asistir a citas médicas, terapias, evaluaciones y otras gestiones relacionadas con la condición del menor, afectando a empleados en el sector privado y público (excepto negocios con 15 empleados o menos) y a sus respectivos patronos.
Para enmendar los Artículos 3 y 5 de la Ley 82-2023 conocida como la "Ley sobre la Política Pública del Cuidado Informal de Puerto Rico" con el propósito de reconocer como un derecho de todo cuidador üúormal o cuidador a ser considerado como la primera alternativa para ser conh·atado como cuidador incidental cuando alguna entidad gubernamental asigne fondos para el cuidado de algún adulto mayor; y para oh'os fines relacionados.
Esta medida enmienda la Ley 82-2023 para establecer que todo cuidador informal o cuidador sea considerado como la primera alternativa a ser contratado cuando una entidad gubernamental asigne fondos para el cuidado de un adulto mayor. Busca formalizar y priorizar la contratación de cuidadores ya existentes en el círculo familiar o de apoyo del adulto mayor, afectando a las agencias gubernamentales que asignan fondos para servicios de cuidado y a los potenciales beneficiarios de dichos fondos.
Crea una cuenta gratis para opinar, comentar y seguir esta medida.
Aún no hay comentarios. Comparte tu opinión sobre esta medida.