Para crear la “Ley de Alternativas Sostenibles de Disposición Final de Restos Humanos”; autorizar la hidrólisis alcalina y la reducción orgánica natural como modalidades de disposición final en Puerto Rico; establecer los principios, requisitos y salvaguardas aplicables; facultar al Departamento de Salud de Puerto Rico a adoptar la reglamentación correspondiente; y para otros fines relacionados.
Qué propone
Crea una ley nueva de 20 artículos que autoriza expresamente la hidrólisis alcalina y la reducción orgánica natural como métodos de disposición final, sin eliminar el entierro, la cremación tradicional ni el traslado de restos. Exige certificado de defunción, permisos, consentimiento informado o instrucciones válidas de la persona fallecida, y cadena de custodia documentada; además prohíbe, entre otras cosas, mezclar restos y vender comercialmente el material orgánico resultante. Ordena al Departamento de Salud adoptar la dentro de 180 días de la aprobación y permite cobrar derechos razonables relacionados con los costos; aunque la ley entraría en vigor de inmediato, los métodos no podrían ofrecerse ni practicarse hasta que existan reglamentos y proveedores e instalaciones autorizados. Afecta a las personas que quieran escoger esos métodos, a sus familias y a los proveedores e instalaciones funerarias, cuya participación sigue siendo voluntaria.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
El P. del S. 1328 fue el 18 de junio de 2026 y tuvo primera lectura y referido a comisión el 19 de junio. El 16 de octubre la comisión no recomendó su aprobación; la medida figura como .
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Última acción · 16 de octubre de 2026
Comisión no recomienda aprobación de la medida
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