Qué propone
La medida PS 1379 el Código Civil de Puerto Rico (Ley 55-2020) y el Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011 (Ley 1-2011) para establecer deberes mínimos de administración, valoración y cumplimiento contributivo antes de que se particione o distribuya una herencia. Busca asegurar que las deudas, incluyendo las contributivas, se identifiquen y paguen, o se reserve un fondo para ellas, antes de la distribución final de bienes a herederos o legatarios. Afecta a todos los procesos sucesorales que involucren ingresos generados por el caudal, transacciones de bienes, o deudas contributivas conocidas o identificables.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
el Senado de Puerto Rico el 30 de junio de 2026, presentada por la senadora Soto Aguilú. Actualmente se encuentra en trámite legislativo.
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Última acción · 30 de junio de 2026
Otras medidas sobre el mismo asunto, encontradas por significado (no solo por palabras).
Para enmendar los Artículos 730, 1594, 1602 y 1603, y añadir los nuevos Artículos 1603A, 1603B y 1603C a la Ley Núm. 55-2020, según enmendada, conocida como “Código Civil de Puerto Rico”, a los fines de establecer reglas sobre el uso exclusivo de inmuebles hereditarios, la compensación por frutos civiles, la administración provisional de dichos bienes, y la liquidación de gastos, mejoras y créditos entre coherederos; y para otros fines relacionados.
La medida PS 1335 propone enmendar el Código Civil de Puerto Rico (Ley 55-2020) para establecer reglas claras sobre el uso exclusivo de inmuebles heredados antes de la partición final. Busca definir cómo se compensará a la masa hereditaria o a los coherederos afectados cuando uno de ellos o un tercero ocupe un inmueble hereditario sin acuerdo, y regula la administración provisional y la liquidación de gastos y mejoras entre coherederos. Afecta directamente a herederos, coherederos y poseedores de bienes inmuebles en procesos sucesorios.
Para enmendar el Artículo 1780 y añadir un nuevo Artículo 1780-A a la Ley 55-2020, según enmendada, conocida como “Código Civil de Puerto Rico”, a los fines de establecer salvaguardas en los procesos de partición judicial de propiedades heredadas; y para otros fines relacionados.
Esta medida enmienda el Artículo 1780 y añade un nuevo Artículo 1780-A al Código Civil de Puerto Rico (Ley 55-2020) para establecer salvaguardas específicas en los procesos de partición judicial de propiedades heredadas. Afecta directamente a los coherederos y cotitulares de bienes inmuebles que formen parte de una herencia y que cumplan con la definición de "propiedad heredada protegida", imponiendo al tribunal un proceso escalonado antes de ordenar la venta forzosa de dichos bienes.
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