Qué propone
Esta medida la Ley 203-2007, conocida como la 'Carta de Derechos del Veterano Puertorriqueño del Siglo XXI'. Ordena a la Oficina del Procurador del Veterano diseñar modelos uniformes para rótulos informativos sobre derechos de veteranos, que incluirán un código QR para acceso a información electrónica oficial. Establece plazos para la adopción de estos modelos y la sustitución de la rotulación existente, afectando a agencias gubernamentales estatales y municipales, así como a entidades privadas que ofrecen servicios al ciudadano.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
Esta medida legislativa (PS 1448) fue el 1 de septiembre de 2026 y se encuentra actualmente en la Comisión de Asuntos del Veterano y de la Familia del Senado, tras aparecer en Primera Lectura del Senado el 3 de septiembre de 2026.
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Última acción · 3 de septiembre de 2026
Referido a Comisión(es)
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para enmendar el Artículo 4 de la Ley 203-2007, según enmendada, conocida como “Carta de Derechos del Veterano Puertorriqueño del Siglo XXI”, a los fines de disponer que todo establecimiento comercial, desde donde una persona, natural o jurídica, proveedora de bienes y servicios que, por sí misma o a través de un oficial, agente, empleado, vendedor o representante del vendedor, realiza transacciones comerciales y ofrece para la venta o arrendamiento bienes o servicios a consumidores en Puerto Rico, de aplicarle, tendrá la obligación de diseñar y colocar en un lugar visible, un letrero, mediante el cual anuncie todo tipo de privilegios, descuentos u ofertas especiales que, como política institucional del comercio, se le extienden a los veteranos; y para otros fines relacionados.
La medida enmienda la Ley 203-2007 (Carta de Derechos del Veterano Puertorriqueño del Siglo XXI) para obligar a todo establecimiento comercial que ya ofrezca descuentos o privilegios a veteranos a anunciarlos visiblemente mediante un letrero (o medios digitales/folletos). Se ordena al Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO) a enmendar su reglamento para incluir esta disposición. Afecta directamente a los comercios que otorgan estos beneficios y a los veteranos que los reciben.
Para añadir un subinciso (h) al inciso G del Artículo 4 de la Ley 203-2007, según enmendada, conocida como la “Carta de Derechos del Veterano Puertorriqueño del Siglo XXI”, con el fin de establecer que todo negocio o establecimiento comercial que realice operaciones de venta o servicios al consumidor en Puerto Rico, ya sea de manera directa o mediante oficiales, agentes, empleados, vendedores o representantes, deberá exhibir, en un área claramente visible para el público, un rótulo que informe los beneficios, descuentos o incentivos que dicho comercio, como parte de su política interna, ofrece a los veteranos; y para otros fines relacionados.
La medida, al añadir el subinciso (h) al Artículo 4 de la Ley 203-2007 (Carta de Derechos del Veterano Puertorriqueño del Siglo XXI), impone a todo negocio o establecimiento comercial en Puerto Rico la obligación de exhibir un rótulo visible que informe sobre los beneficios, descuentos o incentivos que voluntariamente ya ofrezcan a los veteranos. El Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO) regulará los detalles del rótulo, y la Oficina del Procurador del Veterano supervisará el cumplimiento. Afecta directamente a los comercios que ya ofrecen estos beneficios y a los veteranos que buscan conocerlos.
“Para enmendar los Artículos 1, 2, 3 y 4 de la Ley 203-2007, según enmendada, conocida como “Carta de Derechos del Veterano Puertorriqueño del Siglo XXI”, a los fines de identificar expresamente a las mujeres veteranas en el texto de la ley, visibilizando y reconociendo su presencia y servicio en la milicia; y para otros fines relacionados.
La medida propone enmendar la Ley 203-2007, conocida como "Carta de Derechos del Veterano Puertorriqueño del Siglo XXI", para incluir expresamente a las mujeres veteranas en su texto. Específicamente, modifica los Artículos 1, 2, 3 y 4 para visibilizar y reconocer su servicio y presencia en la milicia, afectando la definición de "veterano" y el título de la ley para ser inclusivos en género.
Para enmendar el sub-inciso (f) de Inciso (G) del Artículo 4 y enmendar el Artículo 9 de la Ley Núm. 203-2007, según enmendada, conocida como la “Carta de Derechos del Veterano Puertorriqueño del Siglo XXI”; a los fines de establecer que toda localidad como centros comerciales, coliseos, salas de conciertos, instalaciones deportivas, museos y centros culturales, proveerá estacionamiento exclusivo para veteranos y veteranas; y para otros fines relacionados.
La medida busca enmendar la Ley Núm. 203-2007, conocida como la "Carta de Derechos del Veterano Puertorriqueño del Siglo XXI". Específicamente, modifica el Artículo 4(G)(f) para exigir que centros comerciales, coliseos, salas de conciertos, instalaciones deportivas, museos y centros culturales provean espacios de estacionamiento exclusivos para veteranos y veteranas. También enmienda el Artículo 9 para establecer una penalidad administrativa de $100 por estacionarse en dichos espacios reservados.
Para enmendar el subinciso (g) al inciso (C) del párrafo tercero del Artículo 4 de la Ley 203-2007, según enmendada, conocida como “Nueva Carta de Derechos del Veterano Puertorriqueño del Siglo XXI”, a los fines de aclarar que el descuento otorgado a los veteranos será del cincuenta por ciento (50%), en el importe total de la compra del marbete en su vehículo de motor; garantizar que el proceso de la transacción sea uno efectivo; y para otros fines relacionados.
La medida propone enmendar la Ley 203-2007, conocida como la 'Nueva Carta de Derechos del Veterano Puertorriqueño del Siglo XXI', para aclarar y garantizar que el descuento del 50% en el marbete de vehículos de motor se aplique al importe total de la compra, excluyendo multas asociadas. Afecta directamente a los veteranos propietarios de vehículos de motor en Puerto Rico que buscan acceder a este beneficio y a las agencias encargadas de su administración.
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